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La Junta “no aprecia razones” para suspender la adjudicación de la mina de Aznalcóllar

Europa Press

La juez de Sevilla que investiga la adjudicación a la agrupación empresarial México-Minorbis de los derechos de explotación del yacimiento minero de Aznalcóllar ha dictado una providencia en la que expone que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía le ha remitido un oficio en el que asegura que “no aprecia razones que justifiquen suspender los efectos derivados de la adjudicación”.

En esta providencia fechada el 7 de septiembre, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez de Instrucción número 3 pone de manifiesto que la Dirección General ha remitido un oficio “sin firmar” en respuesta a su auto de 10 de agosto de cuya redacción “poco clara” se desprende además que “la aceptación del concurso se habría verificado de forma regular por la entidad aceptante Minera Los Frailes”, con lo que dicha Dirección “estima que debería seguirse el procedimiento ordinario”.

En dicho auto, la magistrada señalaba que un informe remitido anteriormente por la Junta sobre la aceptación del resultado del concurso internacional para la explotación de la mina “en modo alguno contribuye al esclarecimiento de la cuestión sobre la cual se interrogaba a la administración, y que en definitiva era informar si se había validado o no la aceptación presentada en nombre de la entidad minera Minera Los Frailes Sociedad Limitada”.

Así, la conclusión a la que llegaba este informe “es que la posibilidad de que sea una sociedad de propósito específico, con personalidad jurídica diferente a los licitadores y adjudicatarios, la que lleve a cabo la aceptación de la adjudicación de derechos mineros en concursos convocados por autoridades mineras, constituye una alternativa 'contemplada con naturalidad' en el contexto español, tanto en el ámbito minero como en otros relacionados con grandes proyectos de infraestructuras públicas”.

Este informe “valida por tanto la aceptación presentada en nombre de Minera Los Frailes salvo que queda otra interpretación de la redacción expresada y, en otro sentido, se pronuncie” el próximo jueves, en su declaración como imputada, la que fuera directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta María José Asensio Coto.

“Aunque ciertamente el anexo al informe también señala --de ahí la falta de claridad denunciada-- que el ganador del concurso internacional no tiene más que el derecho a iniciar la tramitación administrativa necesaria para obtener el permiso de investigación y, en su caso, la posterior autorización de explotación”, sostiene la juez, que por ello solicitó a la Junta que informara sobre “si la formalmente reconocida como adjudicataria ha aceptado no las condiciones fijadas en la resolución de adjudicación del concurso o, si por el contrario, dicha aceptación se encuentra pendiente de la suspensión”.

En la misma providencia de 7 de septiembre, la juez se refiere a la petición planteada por Emerita para que se requiriera al BBVA para conocer si los casi 93 millones de euros de la ampliación de capital que llevó a cabo Minera Los Frailes días antes de aceptar los derechos de explotación siguen depositados en la cuenta donde se pagaron o ya han sido retirados.

En este sentido, la instructora da cuenta de que el BBVA ha remitido un escrito en el que pone de manifiesto que el saldo de esta cuenta a fecha 18 de agosto de 2015 es de 92.284.658,10 euros, un extremo que pone en conocimiento de las partes personadas, “y, en particular, de la acusación particular que ejerce la entidad Emerita”.

A fin de “descartar las dudas sobre simulación de negocio que se exponen” por Emerita, la juez solicitó a Minorbis-Grupo México que acreditara documentalmente la liquidación del impuesto de actos jurídicos documentados correspondiente a la ampliación de capital de 8 de mayo de 2015.

En esta misma providencia, la magistrada hace referencia a un segundo oficio “sin firmar” remitido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, del cual se desprende “que se archiva el procedimiento iniciado para establecer una condición cautelar suspensiva en los efectos de la aceptación de la adjudicación de los derechos mineros sobre la reserva minera de Aznalcóllar”.

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