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Los expresidents podrán ser revocados si son condenados

Alberto Fabra y Francisco Camps el día del traspaso del liderazgo

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Los expresidents de la Generalitat deberán informar una vez al año sobre las actividades propias de su cargo y podrán ser revocados en sus funciones, incluida su pertenencia al Consell Jurídic Consultiu, tras una condena en firme. La comisión de Coordinación, Organización y Régimen de las Instituciones de la Generalitat ha aprobado varias modificaciones de la Ley del Estatuto de los Expresidentes de la Generalitat.

Una de las modificaciones que más debate generó cuando se planteó fue si los expresidentes podrían o no ser revocados de este cargo. Con la ley modificada, en caso de condena en firme, un tercio de los diputados de Les Corts podrán proponer la revocación del cargo de expresident, incluido su puesto de trabajo en el Consell Jurídic Consultiu (CJC) como miembro nato.

El papel de miembros “natos” del Consell Jurídic Consultiu que la ley atribuye a los expresidents ha sido el principal punto de desencuentro en el debate, puesto que Compromís, Ciudadanos y Podemos, que pretendían suprimir esta prerrogativa, se han encontrado con el voto en contra de PP y PSPV.

En la práctica, los cambios legislativos aprobados hoy no afectan a ninguno de los cinco expresidents, ya que no hay ninguno en esta situación. Entre las modificaciones aprobadas se introduce la necesidad de que al menos uno de los dos empleados al cargo del expresidente sea funcionario y se reduce el uso de un automóvil del parque de la Generalitat sólo a su actividad como expresidente.

El uso de estos medios (local, personal y automóvil) será incompatible con el desempeño de cualquier otro cargo, y todos los expresidents deberán dar cuenta de su actividad una vez al año mediante un informe. 

Los argumentos en el debate

La posición del PP en el debate ha sido defendida por José Juan Zaplana, quien ha agradecido a los grupos el hecho de que se hayan abstraído de los nombres a la hora de plantear estos cambios, y ha explicado que “la pertenencia al Consell Jurídic Consultiu es importante es sí misma, por la experiencia que da el cargo”.

Manolo Mata, síndic del PSPV ha coincidido al señalar que hay que permitir que los expresidentes “tengan labores más allá de su presidencia, aprovechar sus relaciones sociales”. También ha destacado que el órganos “es útil y necesario, porque si no lo tuviésemos deberíamos acudir al Consejo de Estado” así como que los expresidents no tienen voto.

Para Mireia Mollà “es una lástima” que los grupos mayoritarios no hayan considerado la posibilidad de eliminar a los expresidents como miembros natos del CJC, un órgano del que “no se puede prescindir”, pero “en el que no tiene cabida un expresident”. “Camps no ha podido hacer más para empeorar la imagen del CJC. Que se le reserve ese espacio no hace más que ahondar en el descrédito que tienen determinados órganos estatutarios”.

El portavoz de Ciudadanos Toni Subiela ha defendido la necesidad de que los expresidents sólo deberían disponer de oficina y coche “cuando ejerzan la labor propia de su cargo”, y ha coincidido con Compromís y Podemos en que no deberían ser miembros natos del CJC, órgano que considera que debería ser suprimido. Fabiola Meco (Podemos) ha criticado que los expresidents dispongan de medios estables y permanentes, así como su pertenencia al CJC, aunque ha defendido la relevancia de este órgano y su necesidad en el marco del autogobierno.

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