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La Audiencia archiva la causa sobre el incremento patrimonial del expresidente de la Fundación Osasuna
En el auto, contra el que no cabe recurso, la Sección Primera de la Audiencia asegura no se puede abrir un procedimiento cuando no hay un solo hecho que revista caracteres de delito.
Explica que, como reconoció el propio juez instructor, un incremento patrimonial injustificado en relación con los ingresos ordinarios del investigado “no es constitutivo de delito”, sin perjuicio de que por la cuantía y en relación con las obligaciones tributarias derivadas pudiera incurrirse en un delito contra la Hacienda pública, que en este caso no se invoca.
El tribunal alega que no consta que dicho incremento patrimonial tenga relación causal con el objeto de la investigación, por lo que “no existe en modo alguno razón para la incoación de la pieza separada”. Al respecto, la Audiencia añade que, salvo la mera apertura de una caja fuerte por parte del investigado, no se ha constatado indicio delictivo alguno.
Maquirriain continúa investigado dentro de la pieza principal abierta por los delitos de corrupción y societarios, según ha informado el TSJN en una nota.