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Condenan al alcalde de Cádiz 'Kichi' a pagar 3.000 euros a Teófila Martínez por calumniar al anterior gobierno del PP

Condenan al alcalde por calumniar al anterior gobierno del PP por el 'caso Loreto'

Europa Press

CÁDIZ —

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado al alcalde de Cádiz, José María González (Por Cádiz Sí se Puede), por un delito de calumnias con publicidad cometido contra el anterior gobierno local del PP por el 'caso Loreto' y le ha impuesto una multa de 5.400 euros (18 meses a diez euros diarios) así como la obligación de indemnizar a los actuales concejales populares Teófila Martínez e Ignacio Romaní con 3.000 euros para cada uno.

En la sentencia, fechada el 28 de enero, a la que ha tenido acceso Europa Press, se considera probado que el primer edil ha cometido un delito de calumnias por afirmar en una reunión con vecinos y periodistas en 2016 que el anterior equipo de gobierno del Partido Popular suministró agua contaminada “a sabiendas” en el barrio de Loreto.

Asimismo, el tribunal ha absuelto a González del delito de injurias. Sin embargo, cabe recordar que la sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo (TS).

Por otra parte, la Audiencia Provincial ha absuelto por supuestos delitos contra el honor al exconcejal de Medio Ambiente Manuel González Bauza y al jefe de Gabinete del Ayuntamiento gaditano, José Vicente Barcía, por las declaraciones que realizaron sobre el 'caso Loreto' contra el anterior equipo de gobierno del PP.

Cabe apuntar que la acusación particular --realizada por el PP-- solicitó penas de 24 y 14 meses de multa para los acusados por un presunto delito continuado de calumnias con publicidad y otro de injurias con publicidad.

En julio de 2018, el Juzgado de lo Penal número 5 de Cádiz absolvió al primer edil, a su jefe de Gabinete y al exconcejal de sendos delitos continuados de calumnias e injurias tras asegurar en dicha reunión que “no hay explicación que justifique dejar a sabiendas a un barrio consumir agua contaminada durante varios días”, una absolución que fue recurrida por la acusación particular encabezada por la exalcaldesa de Cádiz Teófila Martínez.

Sin embargo, la sección cuarta de la Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso presentado por la acusación particular y ha condenado al primer edil por un delito de calumnias con publicidad.

'CASO LORETO'

El 14 de febrero del pasado 2017 el alcalde de Cádiz ratificó ante la juez del Juzgado de Instrucción número 3 de Cádiz que el anterior equipo de gobierno “entre el 19 de septiembre y el 13 de octubre de 2014 se distribuye agua no apta para el consumo --en el barrio de Loreto--, pese a que los informes de la UCA aconsejaban poner en conocimiento de las autoridades sanitarias los índice de e.coli y de bacterias que formaban parte del agua que se estaba suministrando”. No obstante, aseguró que con dichas manifestaciones “no hubo una voluntad de difamar ni injuriar a nadie personalmente”.

Además, afirmó que esperaba “que pase lo que tenga que pasar”, porque “como no hubo una voluntad de difamar ni injuriar a nadie personalmente”, espera “que se archive y se deje paso a lo que de verdad pasó para que nunca más vuelva a ocurrir, no por una cuestión política o de revanchismo”.

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