SANIDAD PÚBLICA

SOS en los centros de educación especial de Andalucía para la incorporación de enfermeras escolares

Javier Ramajo

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La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía no ha encontrado “una respuesta clarificadora” por parte de la Junta respecto a las atenciones sanitarias específicas que requiere el alumnado con necesidades educativas especiales en los 60 centros específicos de educación especial de la comunidad autónoma. Son en ese tipo de centros donde se deben priorizar las demandas de servicios sanitarios que pueden proporcionar las enfermeras referentes (las denominadas 'enfermeras escolares'), reflexiona la Defensoría, pero la oportunidad de incorporar esa figura no parece estar en la mente de los responsables de las consejerías de Salud y Educación a tenor de una resolución de esta institución que promueve su regulación en esos centros especiales.

“Es una necesidad urgente y muy importante”, explica a elDiario.es Andalucía Inmaculada Garrido, directora pedagógica del centro de educación especial Purísima Concepción de Granada, de las Hermanas Hospitalarias, entidad miembro de Plena inclusión Andalucía. Sus 109 alumnos, dependiendo de cada caso concreto, requieren de ese “apoyo y atención sanitaria en el día a día del centro”, al margen de la escolar y asistencial. “No es algo puntual. Ellos necesitan y merecen tener esa ayuda sanitaria. Nosotros somos especialistas en la diversidad y estamos formados en algún sentido, pero hay situaciones que requieren de un perfil necesario. Aquí hacemos lo que podemos”, explica.

La oficina dirigida por Jesús Maeztu dice que la administración andaluza hace una “cuidada omisión” de ese alumnado con necesidades educativas especiales en centros específicos a raíz de una actuación de oficio iniciada hace ahora un año pese a que es “tradicionalmente demandante” de esos servicios sanitarios. La Junta, que con anterioridad había entendido la “pertinencia” de dotar con personal sanitario esos centros, acordó en abril de 2022 que cada centro siguiera disponiendo, al menos, de una persona de coordinación COVID y de una enfermera referente, si bien la Defensoría advierte de que la administración no aludía a que los centros específicos de educación especial “presentan características que necesitan actuaciones propias de las capacidades de enfermería (sistemas de sondas, respiradores, dispensaciones de fármacos y otras prácticas)”.

Crisis epilépticas

Para Francisca Orellana, directora del pequeño centro educativo ATUREM, de Sevilla, coincide con que las enfermeras referentes de los centros de salud han hecho una gran labor para el seguimiento de casos covid pero que la presencia de la enfermera escolar sería “urgente” dadas las situaciones “de apoyo sanitario” que se suceden “muy a menudo” como las crisis epiléticas entre el alumnado. “No somos profesionales sanitarios”, comenta a este periódico al tiempo que alude a la necesidad de tener “la formación para el control y la vigilancia de la salud” del alumnado, en este caso 24 personas.

La Defensoría explica que las enfermeras escolares son profesionales integradas, dependientes y adscritas al sistema sanitario que, en el contexto de la atención primaria, tienen incluidos entre sus desempeños una serie de servicios localizados entre el alumnado de determinados centros educativos. Según la experiencia de la institución, “se nos antoja harto complejo cumplir” las tareas asignadas a esas enfermeras y “evaluar los cuidados que se ofrece respecto de las necesidades de atención sanitaria para alumnos con perfiles tan especiales”.

“No apreciamos una asignación nítida de intervención para el alumnado con necesidades educativas especiales matriculado en los centros específicos garantizando que el compendio de atenciones que se ofrece a este alumnado incluye la atención de profesionales de la enfermería”, dice la Defensoría ante las argumentaciones de la Junta.

“Debemos interpretar que las acciones de coordinación o participación de planes 'para la realización de estos cuidados, se ha formado al propio niño y a su cuidador familiar a través de un proceso de educación sanitaria por parte de los equipos profesionales de referencia' no implican el diseño de incorporar a la enfermería escolar para tales cometidos”, detalla la resolución, que señala que “la cuidada omisión de este alumnado ―tan significativo y tradicionalmente demandante de estos servicios sanitarios― no aventura a deducir que el proyecto de esa ”enfermería de referencia“ esté concebido para dar cobertura a tan prioritarias necesidades de los chicos y chicas con necesidades educativas especiales”.

Un “elemento esencial”

“El modelo de Enfermería Escolar no viene a coincidir con la enfermería de referencia que se cita en la información de las consejerías de Educación y de Salud”, lamenta la Defensoría, que argumenta que “son frecuentes las quejas que se analizan en las que la atención a un determinado alumno incluye determinadas intervenciones propias de la profesión enfermera que, ciertamente, no se incluyen en las capacidades que ostentan las variadas categorías educativas dedicadas al alumnado con necesidades educativas especiales”. Eso provoca que “actuaciones sin una especial relevancia adquieran una dimensión dirimente para la propia escolarización del alumno puesto que no se dispone de profesional de enfermería acreditado que atienda el servicio”, dice la resolución, que insiste en que “la especialidad de la enfermería se eleva a la categoría de elemento esencial para asegurar, en muchos casos, la propia normalización de estos alumnos en sus centros de referencia”.

“Para estos chicos y chicas no es tanto un elemento que refuerza los valores generales en pro de la salud proactiva, preventiva y del bienestar de su comunidad escolar; es que la presencia de esa atención enfermera es lo único que puede garantizar la escolarización de esta tipología de alumnos con necesidades especiales. En ese escenario, no deja de resultar oportuno anticipar que la disponibilidad de estos recursos de enfermería en el ámbito de los centros específicos de educación especial supondría un innegable avance en los procesos de integración de este alumnado que, en muchas ocasiones, ve dificultada a presencia en un centro educativo debido, sencillamente, a la carencia de las intervenciones sanitarias puntuales que pueden ser asumidas por los perfiles de enfermería”.

En dichos centros específicos, “la aportación de la enfermería escolar resulta más oportuna y demandada, lo que pudimos ratificar con motivo de actuaciones y precedentes”, recuerda la Defensoría, que finalmente “prioriza la oportunidad elevada al rango de necesidad de disponer esta especialidad en el ámbito de la atención integral para el alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en los centros específicos de educación especial”. “El hondo concepto de incorporación, normalización e inclusión de estos niños y niñas en su natural entorno educativo debe saber incorporar el conjunto de recursos materiales y profesionales que la experiencia identifica como necesarios en la tipología de los centros específicos de educación especial”, resume la resolución.

En definitiva, la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía dirige una sugerencia a la Consejería de Educación y Deporte y a la Consejería de Salud y Familia “a fin de que de manera coordinada y negociada promuevan la regulación de la figura de la Enfermería Escolar destinada a la atención del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en los centros específicos de educación especial, así como la definición de sus funciones y prácticas profesionales en estos recursos específicos”.

Ni la consejería de Salud ni la de Educación han querido pronunciarse de momento respecto a esta sugerencia del Defensor.

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