La portada de mañana
Acceder
Feijóo se alinea con la ultra Meloni y su discurso de la inmigración como problema
Israel anuncia una “nueva fase” de la guerra en Líbano y crece el temor a una escalada
Opinión - Junts, el bolsillo y la patria. Por Neus Tomàs
Sobre este blog

Espacio de opinión de Canarias Ahora

Risco Caído: Responsabilidad, compromiso e improvisación

Carlos García

0

Gestionar el espacio (territorio y celaje) que Risco Caído y los Espacios Sagrados de Montaña de Gran Canaria es un deber que han contraído las administraciones públicas, que han de cumplir con las obligaciones que se derivan de la condición adquirida tras su inscripción en Lista del Patrimonio Mundial (PM), con la categoría de Paisaje Cultural.

Desde entonces se han prodigado llamadas, desde las más altas instancias de la administración pública y de las esferas políticas y técnicas, apuntando a la responsabilidad que tal declaración supone. Esta responsabilidad se corresponde, sin duda, con la obligación de acatar las determinaciones de la UNESCO, de asegurar la protección eficaz del bien declarado como Patrimonio Mundial para las generaciones actuales y futuras.

En este artículo esbozo algunas ideas que buscan recapacitar, no tanto sobre esa responsabilidad, sino sobre el compromiso adquirido por las administraciones públicas, sea el Gobierno de España -como representante del Estado español en la Convención del Patrimonio Mundial-, sea el Cabildo de Gran Canaria, líder y motor del expediente que culminó con el preciado galardón. Asimismo, he estimado conveniente abordar en esta reflexión algunos planteamientos relacionados con la gestión del Paisaje Cultural que en mi opinión no están ponderados de manera correcta y que son fruto de la improvisación.

Previamente, he de señalar que la propuesta destinada a incorporar el Paisaje Cultural a la Lista del PM, liderada por el Cabildo grancanario, se sustentó en un dossier realizado según las normas que el Comité Intergubernamental de Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural [UNESCO] dispone para los sitios declarados como tal, así como para aquellos que optan a su declaración. Estas determinaciones se encuentran recogidas en las denominadas Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial, elaboradas y revisadas periódicamente por este Comité.

Sustancialmente, en el dossier que presentó la candidatura del Paisaje Cultural de Risco Caído y los espacios sagrados de montaña de Gran Canaria para su inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial, se tratan dos grandes aspectos. Uno dedicado a destacar los valores del bien cultural que aspira a ser distinguido como un valor universal excepcional, digno por tanto de adquirir la categoría de Patrimonio Mundial, y otro destinado a concretar cuáles son las acciones y medidas a implementar para lograr los objetivos previstos.

Este análisis trata, en primer término, sobre este segundo apartado, ya que deduzco que es en él donde se especifica el compromiso que adquiere el estado español (y todas las administraciones implicadas, singularmente el Cabildo), ante el Comité del Patrimonio Mundial-UNESCO. En este sentido, podemos observar que es en el Plan Integrado de Gestión (PIG), presentado en el Anexo IV del Dossier, donde quedan plasmadas las medidas y actuaciones que obligatoriamente se han de materializar para atender el compromiso adquirido.

En efecto, es en las propuestas que contiene el denominado PIG donde se aquilata el compromiso que se ha adquirido con UNESCO-Patrimonio Mundial y es por eso por lo que entiendo que hay que analizar algunos aspecto estructurales de su contenidos; al igual que considero conveniente exponer algunas referencias al informe de ICOMOS (documento signado con el Nº 1578 y titulado: Proposition d’inscription du site Paysage culturel de Risco Caido et montagnes sacrées de Grande Canarie, concretamente las Recomendaciones complementarias, relacionadas todas ellas con la planificación y gestión del Paisaje Cultural que, igualmente, deben entenderse como de obligado cumplimiento por la administración del Paisaje Cultural.

1. Sobre la Planificación de la Gestión del Paisaje Cultural.

Según la literatura especializada, la planificación de la gestión se ha convertido en la herramienta principal para administrar este tipo de bienes al que nos referimos. En los diferentes manuales de la UNESCO para la gestión del Patrimonio Mundial se argumenta que para llevar a cabo de forma eficaz las actividades encaminadas a la protección y la presentación del bien, metas que incorporan un objetivo más amplio como es el uso sostenible y la distribución de beneficios que se puedan generar, es necesario contar con un sistema de gestión que articule los distintos planes y programas que se han de realizar de forma coordinada y contando con ciclos de planificación.

Básicamente, un sistema de gestión se articula como un proceso de planificación, ejecución y monitoreo, cimentado sobre elementos institucionales y jurídicos que posibilita unos productos y resultados. En mi opinión, el PIG aludido se centra en describir los “productos o resultados” que se pretenden conseguir, dejando para el momento adecuado -que se debe entender que es en la coyuntura actual- una planificación pormenorizada de la gestión de las estrategias, propuestas y medidas que en él se contienen.

Por tanto, transcurridas casi tres semanas desde de la declaración, ya no estamos en el momento de ahora qué, sino en el de plantearnos el cómo y por dónde empezar. Es decir, nos encontramos con la necesidad de diseñar y activar la Planificación de la Gestión. Sin duda, esta es una labor que le compete al equipo de técnicos y profesionales que son los responsables de llevar a buen término estas tareas.

No obstante, en cualquier caso, creo que independientemente de que, antes o después, se formalice la planificación de la gestión, es preciso promover algunas actuaciones, que entiendo avaladas por razones de peso, y que precisan de una respuesta que debe ser inmediata. En este sentido apunto varias acciones que se han de acometer sin dilación.

a) Creación de los Parques Arqueológicos y/o Etnográficos de Risco Caído, Bentayga, Acusa y Barranco Hondo. El diseño y la implementación de estos sistemas generales favorecerá, acorde con la vigente Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, la protección de los atributos atributosmás relevantes del bien, situados todos ellos en la “zona núcleo” del paisaje cultural, lo que posibilitará su conservación (incluida la investigación), en concordancia con el uso público que deberá estar ajustado a la capacidad de carga que se determine para cada sitio. Solo con la articulación de estos instrumentos de ordenación se pueden garantizar los objetivos fijados para estos atributos que definen y caracterizan al Paisaje Cultural.

En la misma línea, en aras de una mejor protección y uso sostenible, es imprescindible diagnosticar, y adoptar las medidas necesarias para mitigar el impacto que produce, la afluencia de visitantes en otro de los atributos más relevantes del Paisaje Cultural, el Roque Nublo, que a ojos vista está la huella de las visitas incontroladas, debiéndose reconducir la situación sobre unos parámetros de planificación ajustados en primer término a la protección de este Monumento Natural.

b) En cuanto a la “presentación” es fundamental disponer de un Discurso unitario que explique las características del bien y sus atributos, basado en fuentes fidedignas. En este sentido es asimismo prioritario elaborar un Plan Interpretativo del Paisaje Cultural que sirva de soporte a la información y presentación del bien en todas las infraestructuras vinculadas, así como para todos los soportes impresos o digitales.

c) Respecto al futuro del desarrollo socioeconómico de las comunidades afectadas hay que mencionar las recomendaciones plasmadas en el Informe del ICOMOS citado, en particular las relativas al turismo, para el que recomienda la puesta en marcha de una nueva estrategia y la referida al sector primario, para el que demanda se asegure el agua para las actividades agrícolas actuales y futuras. También se apunta con el fin de proteger el medio y las poblaciones afectadas el desarrollo de un plan de preparación de riesgos para incendios y cambio climático.

d) Es evidente que si ICOMOS hace estos planteamientos es porque esos temas o no se han tenido en cuenta a la hora de presentar la propuesta, o bien no se han expuesto adecuadamente.

e) Otro tema que entiendo no queda explícito en el PIG, que es capital en la rendición de cuentas al Comité del PM, y que tiene que estar contemplado, sí o sí, es el sistema de evaluación y monitorización de la gestión.

2. Sistema de Gestión. Algunas ideas sobre la Fundación Risco Caído y los espacios sagrados de montaña de Gran Canaria.

En las citadas Directrices Prácticas (Párrafo 108) se apunta que los bienes deberán, además de reunir las condiciones de integridad y/o autenticidad, contar con un sistema de protección y gestión adecuado que garantice su salvaguardia.“ Siguiendo esta directriz, en el dossier aludido, Anexo IV, en el organigrama de gestión y gobernanza del bien propuesto, se propone la creación de la ”Fundación Risco Caído y los espacios sagrados de montaña de Gran Canaria“ señalando que actualmente (hace referencia al último trimestre de 2018) está en proceso de constitución, indicando que se trata de una Fundación de carácter público, promovida por el Cabildo de Gran Canaria cuyos fines deben concentrarse en 1) la protección y conservación del bien y 2) en posibilitar uso sostenible del Paisaje Cultural, adoptando para ello todos los medios y mecanismos que la legislación le concede. Sea como fuere, la Fundación deberá responder a los compromisos adquiridos y ser el órgano que encaje la gestión y la planificación del Paisaje Cultural

Así, la Fundación debería articularse -en aras de procurar el desarrollo del PIG del Paisaje Cultural- en torno a una estrategia que facilite la puesta en marcha de aquellos dispositivos administrativos que permitan activar la gestión del Paisaje Cultural, teniendo en cuenta las consideraciones que al respecto propone UNESCO-Patrimonio Mundial.

Sin embargo, hemos de señalar que la fundación no va a gobernar, porque no puede ya que es legalmente inviable, el territorio sobre el que se asienta el Paisaje Cultural, aunque si podrá gestionar –tras la adopción de las medidas administrativas pertinentes- los diferentes usos y actividades de diferentes lugares, particularmente los de titularidad pública. Por ejemplo, sistemas generales, como los parques arqueológicos. No obstante, desde un organismo de estas características se puede realizar una amplia gama de funciones encaminadas a dar respuesta solvente a los objetivos planteados y compromisos adquiridos.

Por consiguiente, desde los órganos de gobierno de la Fundación se debe determinar qué es lo que hay que planificar y gestionar. Ordenar los asuntos -con sus prioridades- que hay que atender; precisar cómo, quién, en qué plazos y cuáles son los costes que supone, precisa de una estructura organizativa que facilite el desarrollo de una programación coherente que prevea los pasos a dar a corto, medio y largo plazo en todo lo relativo a la planificación y gestión del Paisaje Cultural.

En este sentido, de forma concisa apunto algunas consideraciones que estimo relevantes en la configuración de este ente autónomo.

Sobre su gobernanza, indicar que es imprescindible que las comunidades locales participen con garantías de representación fehaciente de la sociedad civil, donde tenga cabida los colectivos sociales vinculados que así lo deseen, así como otros grupos de interés que se vinculen.

Respecto a la estructura organizativa, la Fundación debe abarcar varias áreas de trabajo sobre las que organizar la gestión del Paisaje Cultural, entre las habría que considerar aquellas relacionadas con la Protección, Conservación e Investigación; la Planificación; la Difusión y Presentación (Interpretación) y, obviamente, otra sección destinada a la administración propia de este tipo de entes que atiende los asuntos cotidianos. Consecuentemente, la Fundación debe contar con una oficina técnica que deberá estar localizada en el ámbito del Paisaje Cultural, con recursos y medios suficientes para cumplir debidamente los trabajos asignados.

Entiendo que asumir estos planteamientos contribuye a fortalecer el propio concepto de Plan de Gestión del Paisaje Cultural y, en consecuencia, a optimizar su Sistema de Gestión, haciéndolo homologable a los experimentados en otros sitios del Patrimonio Mundial.

3. Sobre alguna propuestas vertidas en los medios de comunicación.

Han sido muchas y variadas las declaraciones realizadas por técnicos, activistas, literatos, diletantes, políticos y ciudadanía en general y entre ellas, además de propuestas asertivas, también encontramos algunas que podemos tildar de llamativas, como la idea de reavivar la crear de un Parque Nacional en la Isla, que no sabemos si afectaría al Paisaje Cultural, o la de “fusionar” la gestión de este bien declarado PM con la Reserva de la Biosfera de Gran Canaria. Esta última propuesta es para mí muy significativa y, por tanto, a ella me referiré ya que creo que no es momento para la improvisación. Al respecto considero

a. Hay que subrayar, como se especifica en las Directrices y en la literatura UNESCO relacionada, que el Paisaje Cultural tiene que contar con un mecanismo ad hoc, específico y exclusivo, para la gestión del bien cultural calificado como valor universal excepcional.

b. Por otra parte, debo añadir que, si bien estas dos figuras de protección del Patrimonio (Natural y Cultural) cuentan con el aval de UNESCO, se sustentan en principios totalmente diferentes. No solo existe una diferencia conceptual, sino que las exigencias de UNESCO, en cuanto a los criterios de protección, planificación, gestión y monitorización, no tienen nada que ver según se trate de uno u otro caso, por no hablar de las normas y mecanismos previstos para su elección. No estaría de más que quienes abogan por esta alternativa sui generis leyeran, además de las citadas Directrices Prácticas, el Marco Estatutario de la Red Mundial de Reservas de Biosfera para entender las diferencias existentes entre ambas figuras, particularmente cómo se concibe la gestión en cada uno de ellos.

c. Más arriba se ha planteado que la Fundación RCESMGC no cuenta con facultades para gobernar el territorio del Paisaje Cultural, tampoco podría hacerlo si su ámbito de gestión se extendiera a la RBGC, lo que cual debemos considerar como otro hándicap que hace inviable esa idea de fusionar la gestión de ambas figuras.

d. Ciertamente, el territorio que abarca el Paisaje Cultural supone una quinta parte del ámbito que ocupa la Reserva de la Biosfera. Hay que anotar que en torno al 90% se localiza en la denominada Zona de Amortiguación, detectándose también que un sector del Paisaje Cultural, el ubicado en sus límites Norte y Noreste, en particular, el correspondiente a la Zona Núcleo del Paisaje Cultural, situado en los Riscos de Chapín, se encuentra en la Zona de Transición de la RB, o como el caso de Barranco Hondo, también en la Zona Núcleo que, simplemente, queda fuera de los límites de la Reserva.

e. Creo que más que gestión única lo que debe primar es la coordinación administrativa, concretamente en lo referido a la actualización de los planes de los espacios naturales protegidos (para lo que los cabildos cuentan con amplísimas competencias), que afectan a más del 90% del territorio que abarcan estos “territorios UNESCO” en Gran Canaria, ya que son los instrumentos de planeamiento de los espacios naturales protegidos – particularmente los de la Red Canaria y los de la Red Natura 2000- los que supeditan, con todo el peso de la ley, los usos y actividades permitidas, autorizables y prohibidas en prácticamente todo el territorio que cubren tanto una como otra figura internacional de protección de este extraordinario patrimonio natural y cultural, localizado en ese lugar etéreo denominado La Trasierra.

En distintas ocasiones, y variadas circunstancias, he manifestado mi posición ante la deficiente política, que para algunos casos también podría calificar como nefasta, que todos los gobiernos insulares han mantenido –desde hace cuarenta años- para con los espacios naturales protegidos, ya de la Red Canaria, ya de la Red Natura 2000.

En esta legislatura que se inicia, el gobierno insular debe impulsar imperiosamente la revisión de los planes de todos los espacios naturales protegidos, debiéndose, en mi opinión, iniciar esta tarea por aquellos que afectan al Paisaje Cultural, especialmente en aquellos que comprenden la Zona Núcleo.

Deberán ser pues los documentos de los Planes Rectores de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo y del Parque Natural de Tamadaba, y el Plan Director del Monumento Natural Roque Nublo -que habrán de recoger las disposiciones que para ello determina el PIO, actualmente en revisión- los que fijen, atendiendo a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, los usos y actividades a desarrollar en lo concerniente a la protección, conservación y desarrollo socioeconómico del Paisaje Cultural.

Resolver este quid es clave para la planificación y gestión del Paisaje Cultural. El nuevo gobierno insular tiene que responder a esta situación para poder dar coherentemente completitud a los compromisos adquiridos. Es fundamental incardinar en la planificación del Paisaje Cultural los planes de los espacios naturales protegidos que le afectan para disponer de una ordenación territorial que garantice su protección y uso sostenible.

Si hay habilidad y consistencia se podrá encontrar el camino para resolver una situación compleja. Habrá que dejar a un lado la improvisación y buscar en el diálogo, el consenso y la cooperación el modo de articular una planificación para el Paisaje Cultural que sea viable, sostenible, participativa, transparente y realista, de tal forma que se asegure la protección eficaz del bien declarado como Patrimonio Mundial para las generaciones actuales y futuras.

Sobre este blog

Espacio de opinión de Canarias Ahora

Etiquetas
stats