Un código de buenas prácticas para reducir la litigiosidad entre empresas y Administración
MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
El Foro Tributario de Grandes Empresas aprobó este martes el código de buenas prácticas tributarias, con el que pretende mejorar la colaboración entre las empresas y la Administración Tributaria y reducir la litigiosidad y los conflictos.
La reunión estuvo presidida por la ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado y contó con la asistencia del secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Carlos Ocaña, y el director general de la Agencia Tributaria, Juan Manuel López Carbajo.
Tras el encuentro, Salgado resaltó a los medios que la prevención es lo “más importante” en la lucha contra el fraude, así como facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes. “El código va en ese sentido”, indicó.
Fuentes de la Administración Tributaria aseguraron que España es el primer país que cuenta con un código así y afirmaron que los acuerdos alcanzados beneficiarán tanto a las empresas, aportándoles más seguridad jurídica, como a la administración, aumentando la eficacia en sus actuaciones de control.
Las mismas fuentes, que resaltaron el espíritu de cooperación que implica el Código, explicaron que beneficiará a todas las empresas que quieran acogerse y aseveraron que sus principales objetivos son aplicar políticas fiscales responsables y conseguir una mayor aproximación entre las empresas y la administración para reducir la litigiosidad.
De hecho, admitieron que la litigiosidad alcanza en España unos niveles muy elevados, que en el caso de los grandes expedientes fiscales puede llegar a alcanzar los quince años, por lo que cualquier mejora en este sentido es muy beneficiosa porque además permite incrementar temporalmente la recaudación.
El Código se divide en tres partes, una dedicada a la transparencia, buena fe y cooperación con la Agencia Tributaria en la práctica fiscal empresarial, otra sobre la transparencia y seguridad jurídica en la aplicación e interpretación de las normas tributarias por parte de la Agencia y otra sobre la reducción de la litigiosidad.
En la primera, se asegura que las empresas evitarán el uso de estructuras de carácter opaco con finalidades tributarias y colaborarán con la Agencia Tributaria en la detección y búsqueda de soluciones a prácticas fraudulentas en los mercados. Además, se señala que el Consejo de Administración u órgano equivalente estará informado por las políticas fiscales aplicadas por la compañía.
El segundo apartado del Código se dedica a la Administración Tributaria, que se compromete a aportar una mayor que seguridad jurídica en la aplicación de las normas, publicitando los criterios de aplicación general y posibilitando las consultas previas y el establecimiento de criterios sobre el tratamiento tributario de determinadas operaciones.
El último apartado del Código se dedica a la litigiosidad y explica que ambas partes procurarán minorar los conflictos y utilizarán todas las posibilidades que ofrece el carácter contradictorio del procedimiento inspector, potenciando el acuerdo en todas las fases.
Para conseguirlo, la Agencia facilitará lo antes posible el conocimiento de los hechos susceptibles de regularización, comunicará al contribuyente los hechos que influyan en la propuesta de regularización en el trámite de audiencia previo a las actas de inspección e incluirá en la motivación de los actos una valoración expresa de las alegaciones del contribuyente, entre otras cosas.