El Tribunal Superior tumba el PGO de Arona por ocho motivos distintos de nulidad

Blanca Salazar

Arona —

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha tumbado el Plan General de Ordenación (PGO) vigente en Arona, municipio del Sur de Tenerife, tras concluir que incurre en ocho motivos de nulidad diferentes. Tales incumplimientos guardan relación tanto con la tramitación como con la ordenación territorial de este controvertido planeamiento que empezó a tramitarse en 1997 y fue aprobado el 15 de julio de 2011 por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

Esta demoledora sentencia que deja por los suelos al Ayuntamiento aronero y al Gobierno de Canarias da la razón al concejal de la oposición José Antonio Reverón (de Ciudadanos por Arona) y al letrado Felipe Campos en la mayoría de las causas de nulidad que alegaron en el recurso con el que, aparte de tumbar el documento, querían probar que es un PGO plagado corrupción.

De hecho, esta demanda está estrechamente ligada a las denuncias penales con las que ambos han desencadenado el Caso Arona 1 (con 17 acusados de delitos de corrupción a punto de ir a juicio) y, entre otros, el Caso Arona 2 (con más de 20 políticos y técnicos imputados).

Por algo Arona, el tercer municipio en peso poblacional y económico de la provincia tinerfeña y uno de los imperios turísticos del Archipiélago canario, es considerado como una de las mayores burbujas inmobiliarias del país.

Ocho motivos de nulidad

La Sección Segunda de la Sala de Contencioso Administrativo del TSJC ya había anulado este planeamiento en septiembre de 2013 por carecer de evaluación ambiental estratégica, si bien ha seguido en vigor porque el Gobierno de Canarias recurrió el fallo ante el Tribunal Supremo. Ahora, además de ese motivo de nulidad, en esta nueva sentencia fechada el 25 de abril de 2014 y que aún no había trascendido públicamente, la misma sala del Tribunal Superior de Justicia canario también tumba el Plan porque durante su tramitación se incorporaron modificaciones sustanciales que no fueron sometidas a consulta ciudadana.

Otro motivo de nulidad recogido en este nuevo auto es el incumplimiento del estándar o cantidad de suelo que debía destinar el PGO a equipamientos y espacios libres, desajuste que ronda el millón de metros cuadrados al haber situado casi todos los parques urbanos del municipio en suelos protegidos (como volcanes, barrancos, laderas de montaña, zonas con protección arqueológica y la Reserva Natural Especial Malpaís de Rasca).

También forman parte del listado de vicios de nulidad referidos en esta sentencia el incumplimiento del modelo territorial establecido en el Plan Insular de Ordenación de Tenerife, clasificar como suelo urbanizable parcelas que habían sido objeto de parcelaciones urbanísticas irregulares y recalificar terrenos incluidos en ámbitos de referencia turística sin el correspondiente plan especial de ordenación.

La vulneración del porcentaje mínimo de viviendas destinadas a promoción pública (VPO) y la reclasificación arbitraria de unidades de actuación no gestionadas, eximiendo a determinados propietarios de las cargas urbanísticas que les corresponde asumir, son otros de los motivos que han llevado al TSJC a determinar que el PGO de Arona es contrario a derecho.

Arona cae al abismo de la inseguridad jurídica

Arona cae al abismo de la inseguridad jurídicaDesde su entrada en vigor, a finales de 2011, ya han sido estimados varios recursos que lo anulan parcialmente y uno que lo tumbó íntegro a mediados del año pasado. Pero la nueva sentencia deja una cosa clara: aunque el Gobierno de Canarias vuelva a recurrir esta anulación, su contundencia termina de precipitar a Arona al abismo de la inseguridad jurídica en la que comenzó a caer en picada libre desde 2007, cuando comenzó a estallar su burbuja inmobiliaria. Si el Ejecutivo regional optara por acatar la sentencia, este municipio de 80.000 habitantes pasaría a estar regido en pleno siglo XXI por un PGO del año 1987.

Más de 15 infracciones legales

Más de 15 infracciones legalesAparte de la cantidad de motivos de nulidad de este planeamiento tinerfeño, también resulta llamativo el tipo y número de incumplimientos legales que le atribuye esta sentencia: un total de 15 infracciones aún a pesar de que la sala especifica que deja varias presuntas infracciones sin analizar por estar claro que el documento impugnado es nulo. La mayoría de infracciones legales son de tipo ambiental y afectan a suelos protegidos.

En concreto, la sentencia determina que el PGO de Arona incumple la Disposición transitoria primera, apartado segundo, de la Ley 9/2006 sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente; el artículo 7.2 de la Ley del Suelo; el Artículo 63 de la Ley 4/1999 de Patrimonio Histórico de Canarias; tres directrices de Ordenación General de la Ley 19/2003 por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias y, por otra parte, el Anexo del Real Decreto 2159/1978 por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento urbanístico.

Bate de récord con cuatro infracciones el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias. Y por último, el auto recoge también varios incumplimientos del Plan Insular de Ordenación de Tenerife (PIOT).

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