La Justicia anula el nombramiento del director de la Fundación Auditorio Teatro
La Justicia ha anulado el nombramiento del actual director de la Fundación Auditorio Teatro, Tilman Kuttenkeuler, al frente de esta institución pública desde febrero de 2016. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Las Palmas de Gran Canaria estima así el recurso presentado contra la resolución que lo designó para el cargo al considerar que dicha decisión “no está suficientemente motivada”.
La jueza echa en falta la valoración de las propuestas realizadas por los demás aspirantes al puesto y que se detalle “por qué las mismas desmerecen a las del elegido” con el fin de ahuyentar alegaciones sobre arbitrariedad y confianza. Señala que así quedarían demostrados los principios de mérito e igualdad que exige el recurrente, Juan Márquez, exgerente de la Fundación Canaria de las Artes Escénicas y de la Música de Gran Canaria.
Con ello también se defendería el principio de igualdad de trato, especialmente, si se tiene en cuenta que el recurrente habla de incumplimiento de la cuarta base de la convocatoria, la que hace referencia a la experiencia y conocimientos en producción de artes escénicas como requisitos valorables. Además, alega el incumplimiento de los requisitos objetivos de la convocatoria como la homologación del título presentado, su traducción al castellano o la ausencia de la vida laboral.
Concretamente, Márquez alegó en su recurso que este nombramiento debía quedar anulado por falta de motivación, vulneración del procedimiento y de los principios de igualdad, no discriminación y transparencia. Por su parte, la Administración solicitaba que se desetimara este recurso ya que defiende que la resolución dictada es conforme a derecho.
La jueza hace referencia a que, a pesar de que se trata de una institución pública (participada por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y el Cabildo de Gran Canaria) y a que su nombramiento es un “cargo de confianza”, el Tribunal Constitucional considera que no se deben marginar los principios de mérito y capacidad. Además, recoge que debe aclararse qué se entiende por confianza, “pues de equipararse a que una persona sea afecta al órgano que toma la decisión se vulneraría la doctrina constitucional”.
Asimismo, recuerda que la posibilidad de justificar los nombramientos exclusivamente en motivos de confianza es considerada como un concepto al margen de los principios de mérito y capacidad por la Ley de la Función Pública Canaria.
Una línea en la que ya se ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el 18 de marzo de 2016: “es doctrina jurisprudencial consolidada la que establece que la legitimidad del ejercicio de la potestad discrecional solo es visible a través de la motivación de la decisión, lo que comporta la exigencia de que la decisión sobre la selección de la persona elegida sea rigurosamente motivada desde la perspectiva de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad”.
La sentencia rechaza la petición de la Fundación de que se inadmitiera el recurso por “falta de legitimación activa” para lo que aludían a la condición de jubilado de Márquez. La resolución judicial considera que esta condición no tiene relevancia en este caso.
La jueza declara la nulidad de este nombramiento y condena a la Fundación Auditorio Teatro de Las Palmas de Gran Canaria a las costas judiciales. No obstante, contra esta sentencia cabe interponer recurso en el plazo de 15 días.