Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La Justicia da la razón a una médica con embarazo de riesgo para cobrar guardias y la indemniza “por daños morales”

Archivo - Hospital Universitario de Toledo.

Carmen Bachiller

0

El Juzgado de lo Social número dos de Toledo ha dado la razón a una médica interna residente (MIR) del Hospital Universitario de Toledo al estimar íntegramente la demanda contra el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) y reconoce que fue sometida a una situación de discriminación por razón de sexo y vulneración del derecho de igualdad, por encontrarse embarazada.

La sentencia, que ha dado a conocer CSIF, condena al SESCAM a pagar una indemnización por daños materiales de 7.504,42 euros, además de otros 6.251 euros, en concepto de indemnización por daños morales. No obstante, se abre la vía para interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, en los cinco días siguientes a su notificación.  

“La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una importante sentencia sobre discriminación por embarazo que incluye como novedad la indemnización por daños morales”, explica el sindicato.

La sentencia del Juzgado de lo Social número dos de Toledo tiene fecha de 8 de febrero de este año y juzga los hechos ocurridos con esta profesional que tiene vinculación laboral con hospital toledano desde 2018, con un contrato prorrogado desde mayo de 2020 con jornada anual de 1.645 horas anuales, y un sueldo base de 1.131,36 euros mensuales, según recoge la sentencia.

Con motivo de su embarazo, fue objeto de informe por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales el pasado 2 de septiembre de 2020, que recomendaba “no realizar atención continuada a partir de la semana 24 de gestación” (extremo que se cumplía en su caso), además de “evitar el contacto con casos en investigación y confirmados para coronavirus, evitar la exposición a radiaciones ionizantes, no realizar turnos de más de 8 horas de duración en jornada ordinaria, evitar bipedestación prolongada y posturas forzadas y no realizar asistencia que requiera esfuerzo físico o supongan un estresante, como maniobras de RCP”.

Por estos motivos, se le indicó proceder a la adaptación de un puesto de trabajo compatible con su estado por riesgo durante el embarazo, que mantuvo entre octubre de 2020 y febrero de 2021 para pasar después a baja maternal. Actualmente se encuentra en periodo de lactancia.

La sentencia considera como hechos probados que durante dicho periodo de adaptación al puesto de trabajo no le fueron abonadas las guardias médicas. La Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Toledo se lo denegó por la vía administrativa y el caso ha llegado a los tribunales.

Por esas guardias debería haber percibido 7.504,42 euros. Se toma referencia que, en los meses previos a la adaptación de su puesto de trabajo, venía realizando un promedio de cinco guardias al mes (tres de ellas de día laborable y dos de día festivo).

“En el caso presente se aporta por la parte actora indicios suficientes y relativos a la vulneración de derecho fundamental alegada; consta acreditado el no abono de las guardias durante el periodo de adaptación del puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo”, dice la sentencia, en la que la magistrada-juez añade que “frente a tales indicios la empresa no aporta prueba alguna, ni de que la falta de abono responda a una justificación objetiva y razonable suficientemente probada”.

“Es intolerable que las trabajadoras perciban menos por estar embarazadas”

La responsable de Prevención de Riesgos Laborales de CSIF en el SESCAM, Victoria Gutiérrez, subraya que “es intolerable que las trabajadoras perciban menos por estar embarazadas. Es algo que el SESCAM está haciendo continuamente a pesar de que estar tipificado en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Además del embarazo y gestaciones de riesgo, las adaptaciones de puesto de trabajo por exposición a la COVID-19 también tienen derecho a cobrar las guardias”.

El sindicato recuerda que “hasta en dos ocasiones” hubo resoluciones denegatorias la Dirección Gerente de Atención Primaria del Área de Salud de Toledo a los recursos presentados por CSIF y la médico interno residente afectada, agotando la vía administrativa. “Es increíble que el SESCAM obligue a litigar continuamente para reconocer los derechos de sus propios trabajadores”, añade Gutiérrez.

El sindicato explica que “para acabar con la discriminación del SESCAM, está llevando a cabo una campaña informativa en la red de centros sanitarios y hospitalarios de la región asesorando a las profesionales afectadas sobre cómo reclamar el abono de las guardias no realizadas”.

síguenos en Telegram

Etiquetas
stats