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La Junta Electoral Central rechaza la petición de Vox para acudir a debates en la campaña de Castilla y León

Acto de presentación de candidaturas de Vox a las elecciones autonómicas de Castilla y León.

Iñigo Aduriz

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La Junta Electoral Central ha desestimado este viernes los recursos interpuestos por Vox contra los Acuerdos de la Junta Electoral de Castilla y León de 10 y 14 de enero de 2022, que rechazaron la inclusión de dicha formación política en los debates electorales que se celebren con motivo de las elecciones a las Cortes de Castilla y León de 13 de febrero de 2022.

En su acuerdo, la JEC recuerda que la Ley 3/1987, de 3 de enero, Electoral de Castilla y León “prevé la celebración de debates públicos durante la campaña entre candidatos a la presidencia de la Junta de Castilla y León de las formaciones políticas que tengan grupo parlamentario propio”. Y recuerda que “la formación recurrente”, la de la extrema derecha, “carece de grupo parlamentario en las Cortes de Castilla y León”.

Asimismo, el texto señala que la propia Junta Electoral ya señaló en un acuerdo anterior que “el pluralismo político establecido en el artículo 66 LOREG no se ve vulnerado por la ausencia en el debate de una formación que no tiene grupo parlamentario, en la medida en que la posibilidad de haber podido constituir grupo parlamentario en las Cortes es un criterio objetivo e imparcial para incluir a una determinada formación política en un debate de ámbito autonómico”.

“La proporcionalidad está por otro lado suficientemente garantizada mediante la previsión contenida en el punto tercero de la Instrucción de la Junta Electoral de Castilla y León, que prevé que los candidatos de las formaciones sin grupo parlamentario propio puedan ser objeto de 'información compensatoria suficiente'”, añade.

En este sentido, la JEC recalca que “no corresponde a las juntas electorales definir previamente en qué han de consistir esas medidas compensatorias las cuales, en su caso, se adoptarán por los medios de comunicación concernidos, en los términos que establece la Instrucción 4/2011 de la Junta Electoral Central que contempla, asimismo, la posibilidad de impugnar las concretas medidas adoptadas por cada medio de comunicación, según se trate de un medio de titularidad pública o de titularidad privada”.

El acuerdo adoptado es firme en vía administrativa y ha contado con el voto particular del vocal José Miguel Serrano Ruiz-Calderón, que sí ha considerado pertinente que Vox esté en los debates electorales. Contra la decisión de la JEC cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

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