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El juez sentencia que todo el patrimonio de la Obra Social de Caja España, salvo un libro, pertenece al banco andaluz Unicaja

Sede en León de Fundos, la entidad heredera de la Obra Social de la Caja, cuyo grueso del patrimonio se queda en la entidad bancaria andaluza

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El juzgado de Primera Instancia nº 9 de León ha rechazado la millonaria reclamación monetaria, de patrimonio artístico e inmobiliaria, que exigía la Fundación Obra Social de Castilla y León (Fundos) -heredera de la obra social de Caja España- al banco andaluz Unicaja. La resolución supone un jarro de agua fría sin paliativos para la fundación: De reclamar una treintena de edificios, 4.000 obras de arte, libros y dinero en metálico por un valor de 100 millones de euros, a conseguir únicamente la traducción del siglo XVI de un libro de medicina del siglo I. Este es abrumador resumen de la sentencia emitida por el juzgado leonés que ha dado la razón a Unicaja Banco.

La sentencia desestima de manera (casi) completa la reclamación de Fundos, y le da (casi) plena razón a la entidad bancaria andaluza, que únicamente deberá devolver el libro 'La materia médica de Dióscorides' de Andrés Laguna, médico humanista español del siglo XVI que adaptó al castellano. Así, al menos con esta decisión en primera instancia, la entidad financiera andaluza no tendrá que desprenderse del patrimonio que Fundos consideraba que se le debía asignar, al entender que hubo irregularidades en el traspaso del mismo durante los sucesivos procesos de integración que vivió Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria (España Duero).

La sentencia determina que se siguieron criterios contables y alude también a la falta de acreditación de la parte demandante del valor concreto y de la propiedad de los bienes demandados, tanto en lo que atañe a los inmuebles -cerca de una treintena dispersos por distintas localidades de Castilla y León- como en el caso de las casi 4.000 obras de arte o los documentos históricos. En un documento de 37 páginas de marcado carácter técnico, el juez desgrana los argumentos para rebatir la demanda de Fundos y se alude a las declaraciones prestadas durante el juicio por más de una veintena de responsables de las entidades implicadas y se concluye que “la estimación que se produce de la demanda es parcial; exclusivamente respecto a un único libro” y, “dada la complejidad del procedimiento y las dudas que genera” no se imponen costas a ninguna de las partes.

Sobre la reclamación del pago de 26,5 millones que la parte demandante consideraba que restaba por transferir a la Fundación del total de 40 de tesorería que figuraban en el Anexo 1 del Proyecto de Segregación, la sentencia señala que “la actora retuvo la cuantía de 40 millones de euros que aparecía a su favor como activo excluido de la segregación, con lo cual, cantidad alguna debe abonarle, postulando, en definitiva, la íntegra desestimación de la demanda”.

El citado libro es el único objeto que el juez estima en la demanda como propiedad de Fundos. Por ello, ordena su reintegro “en perfectas condiciones” y en caso contrario la indemnización correspondiente “con el valor de mercado que tuviera tal bien al momento de llevarse a cabo dicha valoración” antes de “absolver a meritada demandada (Unicaja) del resto de los pedimentos contenidos contra la misma”. El director general de la fundación Fundos, con sede en el edificio Botines de Gaudí en la capital leonesa, Chema Viejo, realizó una primera valoración de la decisión judicial argumentando que el magistrado realiza una “estimación parcial” de su denuncia, a pesar del escaso éxito patrimonial conseguido, y reforzado por el hecho de que no impone las costas procesales a ninguna de las partes. Y matizó que por ahora no se ha decidido si recurrirán el dictamen judicial, para lo que disponen de un plazo de 20 días.

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