El Defensor del Pueblo de Castilla y León corrige a la empresa pública de vivienda por impedir subsanar el acceso a un alquiler social
El Procurador del Común (el Defensor del Pueblo autonómico) de Castilla y León ha abroncado a Somacyl, la empresa pública más grande de la Comunidad autónoma y responsable de la promoción de vivienda pública, por no permitir subsanar documentación a una mujer que quería acceder a un alquiler social en Soria. Según la denunciante se produjo un problema técnico que impedía leer el código de verificación (CSV) de su certificado de empadronamiento, lo que afectaba a su puntuación, y no se le permitió corregir la situación. La afectada tiene abierta la vía judicial civil para hacer valer sus derechos, según ha informado la institución.
El Procurador del Común, que dirige Tomás Quintana, ha instado a Somacyl a garantizar que los solicitantes puedan subsanar defectos de la documentación para evitar su indefensión, puesto que se “rechazó de plano” valorar el mérito, lo que es “contrario a los principios de igualdad y objetividad”. La Junta de Castilla y León tiene delegada la gestión de las viviendas del parque de Vivienda Protegida en la sociedad pública Somacyl, “lo que exige el sometimiento pleno a la legalidad vigente”. Se exigen, por lo tanto, unos estándares mínimos de “seguridad jurídica, interdicción de la arbitrariedad y derecho a no sufrir indefensión”. Una indefensión que, entiende Quintana, se ha producido en este caso.
El responsable de esta institución ha reclamado a Somacyl que revise y corrija la baremación de la denunciante para que se reconozca la validez de los certificados que ha aportado, para que se le asigne la puntuación que legalmente le corresponda.
Somacyl, que se encarga de la Vivienda, Energía, los Recursos medioambientales y la Infraestructuras de la Comunidad, defendió que se valoraron los requisitos exigidos y se baremó la puntuación de los criterios a pesar de que los documentos habían sido entregados de manera “fraccionada”, lo que “inducía a confusión y no podía constatarse adecuadamente con el código seguro de verificación, al menos de uno de los dos documentos aportado”. Para el 'Defensor del pueblo' de Castilla y León, no se puede aceptar esta respuesta como “válida y suficiente”.
“Esta Procuraduría del Común no puede aceptar como una respuesta válida y suficiente a las alegaciones del solicitante, que el afectado tiene abierta la vía judicial civil para hacer valer sus derechos. Para Tomás Quintana, no es suficiente con que en la convocatoria se reconozca que el proceso de selección se rige por los principios de ”igualdad, concurrencia, objetividad, publicidad y transparencia“, sino que estos principios deben ser ”respetados para no convertirse en meras declaraciones de intenciones“.
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