El Tribunal Superior de Justicia absuelve al hombre que había sido condenado por agredir a Carlos Martínez cuando era alcalde de Soria
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Soria que condenó a un hombre por agredir a Carlos Martínez, exalcalde de Soria. El Tribunal ha absuelto al acusado de los delitos de atentado contra la autoridad y lesiones leves al considerar, en aplicación del principio in dubio pro reo (en caso de duda, a favor del reo), que no existe prueba suficiente que permita atribuir con la certeza exigida la autoría de los hechos al acusado.
En este sentido, la Sala ha subrayado que existen contradicciones en las declaraciones testificales y no hay una identificación concluyente del autor de la agresión. En consecuencia, el TSJCyL ha dictado una nueva sentencia absolutoria y ha acordado no imponer las costas procesales en ninguna de las dos instancias. La resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, se hacen constar las testificales que no identificaban claramente al agresor, al no coincidir ni la estatura aproximada ni la ropa que llevaba.
“En definitiva, analizada toda la prueba practicada en el juicio oral, advirtiéndose las contradicciones que se han descrito, así como la falta de concreción, no de los hechos objeto de la denuncia, que tenemos por ciertos, sino de la identidad de quien aparece como acusado en el presente proceso, se está en el caso de aplicar el principio in dubio pro reo y, con estimación del recurso de apelación interpuesto, revocar la sentencia dictada por la Audiencia y absolver al acusado de los delitos de los que venía acusado”, dice la sentencia.
El tribunal aclara que “no es que los hechos analizados y que constituyen la base de la denuncia no sean ciertos, sino que no existe prueba bastante para, eliminada toda duda razonable, tener al acusado por autor de los mismos y entender que sucedieran de la forma que se narra en el escrito rector del proceso” por lo que le lleva a absolver al acusado “por cuanto sufre más la conciencia de la sociedad con la condena de un inocente que con la absolución de un culpable”.
La Audiencia de Soria había condenado al hombre a un año y tres meses de prisión por un delito de atentado contra la autoridad y otro de lesiones leves, por propinar dos puñetazos a Martínez, en un bar de la capital durante la celebración de un festejo en 2023. En concreto le impuso una multa de siete meses con una cuota diaria de 15 euros por el delito de atentado contra la autoridad, mientras que por el delito leve de lesiones le impuso otra sanción a razón también de 15 euros diarios. En concepto de responsabilidad civil, tenía que indemnizar con 240 euros a Carlos Martínez, actual secretario autonómico del PSOE.
Los hechos ocurrieron el 11 de junio de 2023, sobre las 00.30 horas en un bar situado en la plaza Mayor de la capital, durante la celebración del Lavalenguas, un festejo previo a las Fiestas de San Juan. El acusado, decía la primera sentencia, “guiado con ánimo de menoscabar el principio de autoridad y la integridad física del alcalde”, se dirigió hacia donde estaba diciéndole “prevaricador, hijo de puta”, y se abalanzó sobre él propinándole un puñetazo en la zona maxilar izquierda y otro que no le impactó. A consecuencia de la agresión, la víctima sufrió lesiones consistentes en traumatismo superficial, no acudiendo al médico por estos hechos, que tardaron en curar seis días de perjuicio básico según el informe forense.
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