Análisis

Albiol exculpado y el ex fiscal general, condenado: resultados opuestos en dos causas por revelación de secretos

10 de enero de 2026 22:45 h

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¿Cuándo se revela un secreto? ¿Es delito siempre desvelar información reservada? Las preguntas surgen a raíz del resultado judicial opuesto de dos causas recientes: la condena al ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de datos reservados y la exculpación del alcalde de Badalona, Xavier García Albiol, por haber proporcionado al pleno detalles de la atención médica a un sintecho fallecido en la localidad.

La primera condena de la historia de España a un fiscal general en ejercicio, duramente criticada dentro del propio Tribunal Supremo, se fundamentó en la ya célebre nota de prensa de la Fiscalía para desmentir el bulo que el diario El Mundo había publicado sobre el pacto ofrecido por Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, en su causa por fraude fiscal.

Según adujo el Supremo, el deber de confidencialidad de García Ortiz “no desaparecía” por el hecho de que la información sobre el pacto ofrecido por González Amador a la Fiscalía ya fuera de dominio público y hubiera sido desvelada por varios medios de comunicación. Es decir, aunque fuera información ya divulgada, el fiscal no podía darla.

Al contrario que el caso de García Ortiz, los datos que Albiol desveló ante un pleno municipal retransmitido en directo no se conocían porque formaban parte del expediente médico del hombre sin hogar fallecido en Badalona en junio de 2024 dos semanas después de ser atendido en Urgencias.

El caso contra Albiol fue archivado en agosto de 2025. El abogado Andreu Van den Eynde, que representa a la acusación de Guanyem Badalona, pidió reabrirlo a principios de septiembre. A la espera de la resolución del recurso por parte de la Audiencia de Barcelona, la sentencia del fiscal general se cruzó en el caso Albiol.

En su escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, Van den Eynde advierte a los magistrados que la sentencia del ex fiscal general “presenta singulares analogías” con el caso de Albiol. Considera el letrado que la interpretación de una revelación de datos que el Alto Tribunal tejió en la causa contra García Ortiz es aplicable al del alcalde de Badalona.

La comparación con el cirujano

La sentencia del Supremo sobre el ex fiscal general, argumenta Guanyem Badalona, “aborda un debate relevante sobre la imposibilidad de responder a una noticia con una revelación de secretos”. Van den Eynde, de forma nada casual, apostilla que el Supremo consideró punible este tipo de actuación “incluso con referencias específicas a supuestos de datos de salud”.

El abogado se refiere a uno de los apartados más polémicos de la sentencia contra García Ortiz, en el que el Alto Tribunal compara su actuación con la de un cirujano plástico que, según el Supremo, “nunca podría terciar en la polémica confirmando o desmintiendo la realidad de esa operación”.

Sin ser cirujano pero sí alcalde, eso mismo fue lo que hizo Albiol tras ser preguntado por una asociación vecinal por la muerte del sintecho.

“Como fue al Hospital de Badalona, tengo aquí, no el parte, porque eso es privado, pero sí el porqué murió esta persona, y se lo voy a leer textualmente. Me lo han enviado desde el Hospital, eh”, lanzó el político del PP al pleno. A continuación, difundió parte de los síntomas, el diagnóstico, las pruebas y el tratamiento médico al que fue sometido el sintecho en el Hospital de Badalona.

“Si usted cree que estoy violando su privacidad, me denuncia”, lanzó el alcalde a la líder de Guanyem Badalona, Dolors Sabater, que así lo hizo. Tras haberse completado la investigación, la defensa del alcalde, que ejerce el penalista Cristóbal Martell, logró otro éxito (como en las otras causas anteriores en las que ha estado investigado) con el archivo del caso. La Fiscalía también había pedido exculpar a Albiol.

La tesis fiscal fue asumida por el juez: el alcalde, dejó escrito el magistrado en el auto de archivo, no disponía de los “informes médicos” del sintecho que murió, sino tan solo de “unas notas preparadas por su equipo” para dar respuesta a la pregunta de los vecinos en el pleno. En esas notas que Albiol divulgó en el pleno se incluían tratamientos y diagnósticos del finado. Además, el alcalde no dio el nombre del paciente en el pleno (aunque todo el mundo sabía que se trataba del fallecido).

Albiol se salvó porque, a criterio del juez, divulgó datos médicos contenidos en unas “notas”, pero no el expediente completo (que no llegó a salir del Hospital, tan solo se consultó para dar la información al alcalde). Preguntó por unos datos para responder a los vecinos y, según declaró él mismo ante el instructor, “salvaguardar la honorabilidad del Hospital”, pero sin rebasar la línea roja penal.

Algo parecido (pero con resultado penal opuesto) ocurrió con García Ortiz: el propio ex fiscal general explicó que su petición para recabar datos sobre la propuesta de acuerdo del novio de Ayuso empezó para defender la profesionalidad de los fiscales encargados del caso, pues El Mundo les había atribuido la propuesta de conformidad, que en realidad salió de la defensa de González Amador.

En suma, dos causas en las que un superior pidió información reservada para responder y ser transparente ante la ciudadanía. Pero una es delito, y la otra (por ahora) no. Sí hay una diferencia: una la investigó el juez natural de Badalona y la otra un Tribunal Supremo de mayoría conservadora.