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Interior prohíbe una concentración del 1 de mayo por ser “incompatible” con el plan de desescalada del Gobierno

Fragmento de la resolución de Interior

Oriol Solé Altimira

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El Ministerio del Interior ha prohibido la concentración convocada por sindicatos y entidades sociales catalanas para este 1 de mayo en la plaza de Sant Jaume de Barcelona. En su resolución, el ministro Fernando Grande-Marlaska valora que la protesta “puede suponer el contagio” del coronavirus entre los participantes de la misma y añade que las concentraciones en espacios públicos “no son compatibles” con el plan de desescalada aprobado por el Gobierno, pese a que el derecho de reunión y manifestación no está suspendido por el estado de alarma.

Colectivos como los sindicatos IAC, la CGT Enseñanza o la COS, el Sindicato de Inquilinos, la Marea Pensionista, Lluita Internacionalista o la Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Catalunya (FAPAC) habían pedido a la Delegación del Gobierno celebrar una concentración reducida –de 50 personas, todas ellas representantes de los convocantes, guardando la distancia física de dos metros y con mascarillas– con motivo del 1 de mayo al mediodía en la plaza de Sant Jaume, sede del Ayuntamiento y de la Generalitat.

La concentración no se llevará a cabo porque el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) no resolverá a tiempo el recurso presentado por los convocantes contra la prohibición de Interior. En una providencia, los magistrados dan tres días a la Fiscalía para que se pronuncie sobre si el tribunal competente para resolver el recurso es el TSJ catalán o el TSJ de Madrid al tratarse de una resolución del Ministerio del Interior. Otros TSJ autonómicos, como el de Aragón o el de Navarra, sí han permitido las concentraciones sindicales tras estimar los recursos en contra de las prohibiciones decretadas por las respectivas delegaciones del Gobierno.

En su resolución relativa a Barcelona, a la que ha tenido acceso eldiario.es, el ministro Grande-Marlaska prohíbe la concentración al apreciar “elementos objetivos de juicio suficientes” para concluir que la protesta “puede suponer el contagio” de la COVID-19 entre sus participantes. “Por más que se adopten medidas de seguridad”, añdade el ministro, la concentración también puede “extender” la enfermedad a los familiares, compañeros de trabajo y amigos de los participantes “contribuyendo con ello a incrementar la crisis sanitaria”. Además, el ministro ve “muy probable” que terminen asistiendo a la protesta más de 50 personas.

El ministro agrega que, más allá de que sean “estáticas o dinámicas” y de las medidas de seguridad que tomen los convocantes, la celebración de concentraciones en vías o espacios públicos como la prevista para el 1 de mayo en Barcelona “no son compatibles con el 'Plan para la transición hacia una nueva normalidad'” aprobado por el Gobierno este martes.

Recuerda además Grande–Marlaska que la Guardia Urbana de Barcelona ha emitido un informe en el que también desaconsejan la protesta porque “el riesgo de contagio de la enfermedad sigue siendo elevado”. “Aun cuando el derecho de reunión no se encuentra suspendido, la grave situación de crisis sanitaria actual impide permitir la celebración de la manifestación”, apostilla el ministro, citando una sentencia del TSJ andaluz que prohibió otra concentración.

Los sindicatos y colectivos sociales catalanes habían cursado la solicitud de concentración ante la Delegación del Gobierno en vez de el Departamento de Interior de la Generalitat porque el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) concluyó que debido al estado de alarma era el Gobierno quien tenía la competencia hasta entonces autonómica para autorizar o no concentraciones. Los magistrados decidieron prohibir una concentración el pasado viernes frente al Parlament porque los convocantes la habían comunicado a la Generalitat en vez de al Gobierno.

Cabe recordar que en la vista, la Fiscalía, además del argumento competencial, se mostró partidaria de poder celebrar concentraciones reducidas y bajo estrictas condiciones de seguridad ya que, según argumentó el Ministerio Público, el estado de alarma no impide manifestarse. Por contra, la Generalitat de Catalunya defendió prohibir la expresión de los derechos de reunión y manifestación ya que, a su juicio, el estado de alarma solo permite la “libertad deambulatoria” de los individuos, no de grupos reunidos para protestar.

Grande–Marlaksa también se opone a la resolución del TSJC porque, a su juicio, la Generalitat de Catalunya sí mantiene las competencias en orden público y autorización de concentraciones pese al estado de alarma. De ahí que en su acuerdo avance que la Administración General del Estado pedirá anular el auto del TSJC que resolvió que la competencia correspondía al Gobierno. Mientras tanto, y ante la “inacción” de la Generalitat para prohibir la concentración, Grande–Marlaska argumenta que debe ser Interior quien vete la protesta al suponer “una situación de riesgo para la salud”.

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