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Los seres humanos hacemos la historia en condiciones independientes de nuestra voluntad.

Imponer la idea franquista de unidad de España

Imagen de archivo de agentes antidisturbios de la Policía Nacional formando un cordón de seguridad en Barcelona para impedir el referéndum del 1-O.

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Dar entrada al poder judicial en la respuesta a un problema de naturaleza política no puede conducir nada más que al disparate. Cuando esto ocurre en relación con el problema constitucional más importante con el que ha tenido que enfrentarse la sociedad española en sus dos experiencias democráticas, la republicana de 1931-39 y la monárquica-parlamentaria de 1978, el disparate no solamente puede perturbar el funcionamiento ordinario del sistema político, sino que puede acabar conduciéndolo a una crisis sistémica.

Me temo que esto es lo que ocurrió con la decisión de aplicar el artículo 155 de la Constitución en noviembre de 2017. Políticamente, la aplicación del 155 puso de manifiesto que no servía para nada. Mariano Rajoy entendió que resultaba imposible suspender la autonomía catalana y dirigir dicha nacionalidad desde el Estado. De ahí que, aunque en el momento inicial, en la intervención por la mañana en el Senado, se transmitió la idea de que se intervendría Catalunya el tiempo que fuera necesario hasta que se volviera a una normalidad aceptable, inmediatamente se actuó en sentido distinto, limitándose el alcance del 155 por la tarde a la sustitución del president de la Generalitat por el presidente del Gobierno para convocar las elecciones al Parlament en el mes de diciembre. En eso consistió políticamente la aplicación del 155. Catalunya estuvo intervenida entre el momento de la disolución del Parlament y el de la elección del nuevo president de la Generalitat tras las elecciones de finales de diciembre de 2017. Unos meses en los que, además, no se adoptó ninguna decisión digna de mención por quienes gestionaron, supervisaron habría que decir, en nombre del Gobierno de la nación la dirección de la Comunidad Autónoma.

Si el 155 se hubiera limitado a esto, no habría pasado nada que no pudiera ser corregido sin dificultad. El problema no vino del 155 tal como figura en la Constitución. Vino de la destitución del Govern con la finalidad de que no fuera su president, sino el presidente del Gobierno de la nación, el que convocara las elecciones al Parlament. Por este resquicio penetró el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, aprovechando la pérdida del fuero jurisdiccional del President Puigdemont y demás miembros del Govern y de la presidenta Carme Forcadell y demás miembros de la Mesa del Parlament, para residenciar la conducta de todos ellos durante el procés ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. 

En ese momento “se jodió” la Constitución Territorial de 1978. En realidad “se jodió” con la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010 sobre la reforma del Estatuto de Autonomía para Catalunya. Sin dicha sentencia el problema de la independencia de Catalunya no habría hecho acto de presencia. De hecho, no hizo acto de presencia en los cuatro años que el Estatut estuvo en vigor. Pero el efecto deletéreo de dicha sentencia se hizo visible con la judicialización del problema, que tenía su origen en ella, a finales de 2017.

Lo que supuso esa intervención de la Fiscalía General del Estado, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo fue imponer la idea franquista de la unidad de España, en la que los nacionalismos catalán y vasco no tienen cabida. Esa era la idea de Ciudadanos y sigue siendo la idea de VOX de manera expresa y de manera implícita con un peso enorme en el PP. Políticamente no se puede imponer. Franco sí pudo. En democracia, incluso con las hipotecas de la Constitución de 1978, no se puede. Pero judicialmente sí se puede intentar imponerla. 

En esto ha consistido la persecución judicial del procés. Intentar imponer la interpretación franquista de la unidad de España, que no se puede imponer políticamente. Sustituir por decisiones judiciales el pacto entre el Parlamento de la nacionalidad y las Cortes Generales ratificado en referéndum por los destinatarios del mismo. Y perseguir penalmente a los nacionalistas que no acepten esta interpretación. Que afecta no solamente a Puigdemont o Junqueras, sino también a cerca de un millar de ciudadanos catalanes cuyos nombres no son conocidos fuera de Catalunya. La persecución judicial tiene la finalidad subrepticia de esterilizar políticamente al nacionalismo catalán. 

Se trata de una tarea imposible. Pero el coste que tiene para la democracia española está siendo ya muy alto y puede llegar a ser insoportable. El nacionalismo catalán forma parte de la constitución material de España y, en democracia, no se podrá prescindir de él para la dirección política del país. 

Cuál va a ser el resultado final de este intento de respuesta judicial está todavía por ver. Si España no fuera Estado miembro de la Unión Europea y si no existiera el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, como en la España de Franco, la Fiscalía General del Estado y el Tribunal Supremo habrían actuado sin control de ningún tipo. Afortunadamente ya no es así. Y de ahí que todavía no esté dicha la última palabra en el terreno judicial. Los tiempos de la justicia son lentos, pero no hay que desesperarse. La imposición de la idea franquista de la unidad de España por vía judicial se ha producido con vulneración de derechos fundamentales, sobre la que tienen que pronunciarse todavía el TEDH, por un lado y el TJUE, por otro. 

El problema de fondo, el de la integración de Catalunya dentro del Estado español, se resolvió en 1978 mediante la fórmula de un pacto entre el Parlament y las Cortes Generales y la ratificación de dicho pacto por los ciudadanos de Catalunya en referéndum. Así se aprobó el Estatuto de 1980 y así se aprobó también la reforma del Estatuto de 2006. Estuvo cuatro años en vigor sin que se produjera ningún problema. Al contrario. Disminuyó la conflictividad entre Catalunya y el Estado ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo, el TC estimaría parcialmente el recurso interpuesto por el PP, anulando el pacto entre el Parlament y las Cortes Generales y desconociendo el resultado del referéndum, es decir, haciendo añicos el pacto constituyente de 1978. De aquellos polvos…

Desde la STC 31/2010 se vienen produciendo fricciones más o menos intensas, de manera casi permanente. La mayor parte en Catalunya. Pero la falta de integración satisfactoria de Catalunya en el Estado también puede generar incidentes en la gobernabilidad de este último. Es el caso de la investidura tras las elecciones del pasado domingo, que no podrá producirse sin el concurso del nacionalismo catalán. A pesar de que el nacionalismo catalán no ha tenido un buen resultado en estas elecciones, su concurso resulta imprescindible. 

Sobre Puigdemont escribí el 6 de julio: “Puigdemont para no juristas”. Volveré, porque hay que estar atentos a las singularidades que concurren en su situación actual.

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