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Los bancos asumen el riesgo de un nuevo revés a sus hipotecas en la justicia europea por el uso del IRPH

Escaparate de una inmobiliaria.

Diego Larrouy

Euríbor es una de las palabras de jerga bancaria más conocidas por cualquier usuario con hipoteca. Su pago mensual depende de la evolución de este índice europeo y rige el interés que tendrá que pagar. Pero no es el único. Menos conocido es el IRPH (Índice de Referencia para Préstamos Hipotecarios), pero que puede provocar un nuevo quebradero de cabeza judicial para los bancos. Y así lo han reconocido varias entidades en documentación oficial a los reguladores del mercado.

El índice consiste en una media de los tipos de interés para préstamos hipotecarios de los últimos tres años y lo publica el Banco de España. En un comienzo se planteó como un sistema más estable, al tener menos fluctuaciones que el euríbor, sobre todo cuando éste estaba en niveles altos. Sin embargo, con el paso del tiempo se le ha considerado más caro que si estuviera referido al índice comunitario. Por ejemplo, según las estadísticas que publica el Banco de España, en junio el IRPH era de 2,041% y el euríbor del -0,19%. Pero lo que se juzga en concreto es si se aplicó a los contratos de forma transparente y con la comprensión por parte del consumidor.

Aunque en 2017 tuvo el aval del Tribunal Supremo, hay una cuestión prejudicial en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que estudiará la validez o no del uso del IRPH. El Abogado general, Maciej Szpunar, dará en septiembre sus conclusiones sobre el caso que, aunque no son vinculantes, suelen coincidir con la sentencia final del tribunal, que todavía se retrasará unos meses.

En total, en torno a un millón de préstamos dependen en los próximos meses de lo que concluya el TJUE. Y los bancos lo contemplan ya como un riesgo lo suficientemente relevante como para incluirlo en sus folletos continuados, un documento depositado ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que van actualizando. Tres de las mayores entidades de España así lo han hecho: BBVA, CaixaBank –que también incluye una advertencia en sus resultados del primer semestre– y Bankia. Un cuarto, Banco Santander, informó a la SEC, el equivalente al regulador del mercado en EE UU. Sabadell no lo ha publicado en estos informes pero sí lo ha tratado con analistas.

CaixaBank es la empresa más expuesta, al haber reconocido 6.400 millones de euros en hipotecas ligadas a este tipo de interés. Le siguen Banco Santander, con 4.300 millones, BBVA, con 3.100 millones, y Bankia, con 1.600 millones. Sabadell, según un informe de RBS, contaría con 800 millones en este tipo de préstamos y Bankinter no tendría exposición a esta sentencia, al no haber comercializado estos créditos. En total, más de 16.000 millones de euros en hipotecas referenciadas al IRPH.

Una sentencia contraria a los bancos podría abrir una situación que recuerde a la vivida hace unos años con las cláusulas suelo, otra herramienta utilizada en los contratos hipotecarios con intereses variables que fijaban un límite a la baja. Además, se sumaría a otros varapalos judiciales contra la banca española. De hecho, el abogado general que lleva este caso es el mismo que ya dictaminó sobre la abusividad de algunas cláusulas de vencimiento anticipado, aquellas que incluso con un único impago llevaban a la ejecución de un desahucio.

La Comisión Europea ya solicitó el pasado año en un informe al TJUE que dictaminase que el IRPH fuera anulado por falta de transparencia. Además, este mismo organismo publicó a principios de julio su informe sobre España de seguimiento tras el rescate financiero. En él figura una llamada de atención sobre el riesgo de que los bancos españoles tengan que afrontar una sentencia adversa sobre el IRPH. “Podría afectar a la rentabilidad de algunos de estos bancos”, apunta.

Pese a este contexto, Bankia y CaixaBank defienden en sus documentos al mercado que la probabilidad de que la sentencia sea contraria es “baja”. Para concluir esto, argumentan que al existir el TAE, el indicador del precio de un préstamo, o que se trate de un índice público limitan la falta de transparencia que se le pueda achacar. Así, las entidades confían en que se siga la sentencia del Supremo que sí avaló este instrumento. 

De no hacerlo, aseguran los bancos en sus distintos documentos que es “difícil” valorar el impacto, puesto que habría que ver por qué índice se sustituye y qué retroactividad se le aplica. Una estimación que se ha utilizado al hablar de este asunto fue la realizada por Goldman Sachs, que pronosticó una amplia horquilla de entre 7.000 y 44.000 millones de euros. Otras firmas de análisis han sido más conservadoras, fijando el posible impacto entre 3.000 y 7.000 millones, como el pronóstico de Morgan Stanley, o UBS, que lo sitúa en los 4.990 millones.

Aunque en el sector se plantea que son una pequeña parte de las hipotecas que están vivas actualmente, las cifras pronostican un importante impacto para las entidades financieras. Especialmente en un contexto en el que la rentabilidad y los resultados del sector no están en su mejor momento. Así se muestra en los resultados del primer semestre, con una caída del beneficio del 11% y unos ingresos congelados. 

Una media de 20.000 euros pagados de más

El presidente de la asociación de consumidores Adicae, Manuel Pardos, estima que la cifra de afectados puede llegar a 1,4 millones y una media de 20.000 euros por cada hipoteca pagados de más. “No sabemos el dato concreto porque los bancos no lo han dado”, asegura. Pardos defiende que se “engañó” a los clientes cuando se les dijo que con el IRPH se “limitaría las subidas”. “Es lo que decían también con las cláusulas suelo”, ha subrayado.

Aunque celebra que la Comisión Europea les haya dado la razón, considera “difícil” de pronosticar el resultado de la sentencia del TJUE. Según aventura, puede ser que busque una vía en la que se estudie “caso a caso” para “evitar las acciones colectivas”. Además, apunta que en los últimos dos años desde que el caso llegó a la justicia europea, los bancos han estado negociando “individualmente” con los consumidores cambios en sus contratos, por lo que puede que el número final de afectados sea algo inferior.

En definitiva, de confirmarse una sentencia contraria a la banca y favorable a los consumidores, sería un nuevo castigo al negocio principal del sector, el hipotecario, añadiendo un punto más a la preocupación sobre la reputación de las entidades financieras. Se uniría a otros reveses como los impuestos, los gastos hipotecarios, los vencimientos anticipados, las cláusulas suelo o los intereses de demora, todos ya sentenciados o judicializados.

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