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Eslovenia violó derechos de la UE al confiscar papeles del BCE, según Justicia

Eslovenia violó derechos de la UE al confiscar papeles del BCE, según Justicia
Bruselas —

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Bruselas, 17 dic (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) aseguró este jueves en una sentencia que Eslovenia incumplió su obligación de respetar el principio de inviolabilidad de los archivos de la Unión al proceder unilateralmente a la incautación de documentos pertenecientes a los archivos del Banco Central Europeo (BCE).

Además, al no haber colaborado debidamente con el BCE para eliminar las consecuencias ilícitas de dicho incumplimiento, Eslovenia también violó su obligación de cooperación leal con la Unión.

En 2016, las autoridades eslovenas procedieron a un registro y a la incautación de documentos en papel y en formato electrónico en los locales del Banco Central de Eslovenia.

Los documentos de los que se incautaron incluían todas las comunicaciones efectuadas a través de la cuenta de correo electrónico del gobernador en funciones por aquel entonces.

También figuraban todos los documentos electrónicos que se encontraban en el puesto de trabajo y en el ordenador portátil de este relativos al período comprendido entre los años 2012 y 2014 y documentos de esa misma época que se encontraban en la oficina de dicho gobernador.

Esas intervenciones se realizaron en el marco de una investigación sobre varios agentes del Banco Central de Eslovenia, entre los que figuraba el gobernador, de los que se sospechaba que habían incurrido en abuso de poder y de sus atribuciones oficiales durante la reestructuración de un banco en 2013.

Aunque el Banco Central de Eslovenia alegó que esas medidas vulneraban el principio de inviolabilidad de los archivos del BCE, pues todo acceso por parte de las autoridades nacionales a dichos archivos esté supeditado a la aprobación expresa del BCE, las autoridades eslovenas prosiguieron con el registro y la incautación de documentos sin hacer partícipe a este último.

En ese contexto, la Comisión Europea interpuso un recurso contra Eslovenia ante el TJUE, al considerar que con la incautación se vulneró el principio de inviolabilidad de los archivos del BCE y, por otro lado, que las autoridades eslovenas no habían mantenido discusiones constructivas para eliminar las consecuencias ilícitas de la vulneración de dicho principio, en contra de lo que exige la obligación de cooperación leal.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia da la razón a la Comisión.

La corte recuerda que, como el BCE es una institución comunitaria, el principio de inviolabilidad de los archivos de la Unión se aplica a sus documentos.

En ese sentido, el TJUE precisa que los archivos de la Unión incluyen los de las instituciones de la Unión, como el BCE, aun cuando se hallen en otros lugares que no sean los locales y edificios de la Unión. Es el caso del Banco Central de Eslovenia.

A la vista del gran número de documentos incautados y de las funciones que el gobernador de un banco central nacional debe desempeñar en el Consejo de Gobierno del BCE y, por consiguiente, también en el Sistema Europeo de Bancos Centrales y en el Eurosistema, el TJUE considera acreditado que los documentos incautados debieron incluir necesariamente documentos que formaban parte de los archivos del BCE.

Subraya que el protocolo sobre los privilegios y las inmunidades y el principio de inviolabilidad de los archivos de la Unión se oponen, en principio, a que la autoridad de un Estado miembro proceda a la incautación de documentos cuando estos formen parte de dichos archivos y las instituciones de que se trate no hayan dado su aprobación a tal incautación.

Asimismo, la obligación de cooperación leal se incumplió al no haber permitido al BCE identificar entre los documentos incautados aquellos relacionados con el desempeño de las funciones del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Eurosistema, y al no haber devuelto dichos documentos al Banco Central de Eslovenia.

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