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El INE corrige en sus cuentas “graves deficiencias de control interno” heredadas de la etapa de Rajoy

El expresidente del INE y actual directivo de CEOE, Gregorio Izquierdo, junto a Luis de Guindos.

Antonio M. Vélez

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha logrado “solventar” las “graves deficiencias de control interno” que detectó la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) en su auditoría de las cuentas del ejercicio 2017, cuya opinión fue favorable, pero “con salvedades”, una situación inédita en los últimos años en el organismo que coordina los servicios estadísticos del Estado.

Las deficiencias contables detectadas por los auditores del Ministerio de Hacienda corresponden a un ejercicio en el que el organismo estaba presidido por el economista Gregorio Izquierdo, nombrado a propuesta de Luis de Guindos a finales de 2011 y cesado el pasado octubre.

Izquierdo, cuya gestión criticó con dureza el sindicato de Estadísticos Superiores del Estado, es un antiguo colaborador de Juan Iranzo (antes de su llegada al INE fue responsable de Estudios del Instituto de Estudios Económicos cuando el polémico economista era director general del 'think tank' de la CEOE) y en enero fue nombrado responsable de Economía del Servicio de Estudios de la patronal.

Tal y como explican fuentes del INE, “el 27 de septiembre de 2018 la Intervención Delegada emitió un informe de auditoría en el que expresó una opinión favorable, con salvedades”, a las cuentas de 2017. “Desde entonces, el INE ha realizado las gestiones y actuaciones necesarias para solventar dichas salvedades” y el informe de auditoría correspondiente a las cuentas anuales del INE de 2018, emitido el 3 de julio de 2019, “refleja una opinión favorable” y limpia de reparos por parte de la IGAE.

En su revisión de las cuentas de 2017, los auditores de Hacienda decidieron incluir dos salvedades relacionadas con la denominada cuenta 413, que recoge a los “acreedores por operaciones devengadas”. Tras una serie de comprobaciones relacionadas con los acreedores cancelados y los pendientes de pago del ejercicio 2016, la IGAE destacó que existía “un porcentaje no desdeñable”, de hasta el 21,63%, “que han resultado no conformes”. Esta circunstancia y otras como “las graves deficiencias de control interno detectadas en la gestión de los acreedores” llevaron a la IGAE a incluir una de las salvedades.

La otra, también relacionada con esa cuenta, se incluyó por “la no imputación al presupuesto de parte del gasto de la seguridad social a cargo de la empresa de los tres últimos meses del ejercicio”. Se cargó “al presupuesto del ejercicio siguiente, incumpliendo, en lo que se refiere a la imputación presupuestaria, el principio de presupuesto anual y los principios contables de devengo y de imputación presupuestaria”, según la IGAE.

Así, tal y como destacaba el informe de los auditores de Hacienda, “parte de las cuotas de la seguridad social a cargo de la empresa de octubre, noviembre y diciembre se imputan al presupuesto del ejercicio 2017 y otra parte de dichas cuotas, en concreto 4.206.879,73 euros, al presupuesto de 2018”.

Y, “en el ámbito de la contabilidad pública, existe un principio contable, el de imputación presupuestaria, directamente relacionado con la legalidad presupuestaria”, por el que “la imputación de las operaciones que deban aplicarse a los presupuestos de gastos debe efectuarse de acuerdo al criterio de que las obligaciones presupuestarias” deben imputarse al ejercicio en el que los gastos se realicen “y con cargo a los respectivos créditos”.

Ajustes y provisiones

Así, en sus cuentas de 2018, el INE ha realizado en la cuenta de “Resultados de ejercicios anteriores” un ajuste de 2.838.467,53 euros “para imputar gasto de la Cuota de Empresa de Seguridad Social de noviembre y diciembre de 2017”. También se recogen otros 2.129.149,83 euros en concepto de “cancelación parcial de acreedores por operaciones devengadas en ejercicios anteriores”.

Asimismo, “se ha realizado una dotación por deterioro de valor de créditos por importe de 815.780,88 euros, como resultado de una estimación global del riesgo de fallidos, por los deudores producidos a consecuencia del impago de sanciones en período voluntario” que contempla la Ley de la Función Estadística Pública.

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