Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La izquierda presiona para que Pedro Sánchez no dimita
Illa ganaría con holgura y el independentismo perdería la mayoría absoluta
Opinión - Sánchez no puede más, nosotros tampoco. Por Pedro Almodóvar
entrevista Consuelo Castro Rey

La abogada del Estado que recibirá las llaves del Pazo de Meirás: “No sé por qué no se hizo antes”

Consuelo Castro, abogada general del Estado / EFE

Paola Obelleiro

9

Consuelo Castro Rey (Ourense, 1964) es la encargada, en calidad de abogada general del Estado, de recibir este jueves las llaves del Pazo de Meirás, la emblemática propiedad que ocupó Francisco Franco y su familia durante 82 años. Y de firmar el documento por el que el singular castillo enclavado en Sada (A Coruña) así como todos los bienes que allí albergan los herederos del dictador, pasan, por sentencia judicial y con carácter provisional, a manos del patrimonio público. La familia Franco ha afirmado en una nota enviada a última hora de este miércoles haber entregado las llaves de Meirás en un juzgado. La entrevista con elDiario.es se realiza tras la primera reunión, este lunes, entre las administraciones afectadas (estatal, autonómica, provincial y municipal) para tratar de determinar el uso y gestión de la mansión que de refugio literario de una de las grandes de las letras españolas, Emilia Pardo Bazán, se convirtió en escenario estival de la dictadura y dominio privado de los Franco.

Costó más de 40 años de democracia para conseguir que se restituya al patrimonio público una de las propiedades con las que se hizo Franco en la dictadura. No hay precedentes. ¿Por qué es tan complicado?

No es un consideración jurídica la que me pide, pero quizás como sociedad deberíamos hacernos esa pregunta.

La acción jurídica, con la demanda de la Abogacía del Estado, fue clave para que este asunto saliera adelante. Había un movimiento cívico muy fuerte por la devolución del pazo pero hasta ahora parecía impensable...

Se ha hecho ahora porque ha habido la voluntad política de hacerlo. No sé por qué no se hizo antes.

¿El precedente de Meirás abre camino para las demandas de otras administraciones por otras propiedades de los Franco, como la Casa Cornide de A Coruña o las estatuas del Pórtico de la Gloria?

Quizás sí. Es verdad que el caso del Pazo de Meirás es muy singular. No conozco la historia en detalle de otros bienes que pudieron haber sido objeto también de cambios sospechosos de propiedad. Pero evidentemente es una sentencia histórica la que por primera vez da un paso de este tipo y reconoce la propiedad pública de este bien. En ese sentido sí puede abrir caminos. No tiene por qué ser un precedente jurídico, porque la situación jurídica va a ser diferente seguramente, pero sí que como un reconocimiento judicial de propiedad de un bien de estas características, yo creo que no hay duda de que es una sentencia histórica.

A la Abogacía del Estado le costó esta demanda, tuvo que investigar y obtener pruebas para poder reclamar esa propiedad. La batalla va a ser aún larga en los juzgados...

Quiero poner en valor el trabajo de la Abogacía del Estado que hizo un trabajo exhaustivo, hizo un estudio jurídico a fondo de un asunto que no era fácil plantear, era muy complejo. Estuvimos un mes estudiando jurídicamente a fondo la cuestión hasta que tuvimos una tesis que creemos muy sólida y muy bien construida. Y luego también hubo una tarea de investigación para obtener pruebas, la más importante es la famosa escritura pública de 1938. Y también hay que reconocer el valor de muchas pruebas que nos facilitaron historiadores que investigaron este tema. Ahora quedan más batallas, la familia Franco ha recurrido esta sentencia ante la Audiencia provincial de A Coruña y después, seamos nosotros o sean ellos, iremos al Tribunal Supremo probablemente.

¿Hay posibilidad de que todo esto se revoque, que la propiedad, tras su entrega al Estado vuelva a los Franco?

Evidentemente la posibilidad existe porque nadie que trabaje en el mundo de la justicia puede decir cómo va a ser una sentencia, pero es posible. Ahora bien, dicho esto creemos sinceramente que la sentencia está muy bien pensada, y que los argumentos que nosotros presentamos son también muy sólidos la verdad. Confío en la solidez tanto de la sentencia como de nuestro argumentos. Pero más allá tampoco puedo decir.

Ahora también está el tema de los bienes que los Franco tienen en el pazo. No se mencionaban en la demanda inicial, ni durante el juicio. Habrá que abrir muchos cajones, hacer inventarios más detallados para determinar qué es de los Franco y que es del Estado. ¿Por qué no se pidió el depósito de los bienes antes de que saltara la alarma de que la familia quería vaciar el pazo en camiones?

Porque entre otras cosas no se sabía lo que había allí dentro. De hecho, ni siquiera cuando se declaró el Pazo de Meirás Bien de Interés Cultural se permitió la entrada a la Xunta de Galicia en algunas estancias. No sabíamos lo que teníamos allí dentro. La verdad es que cuando nos planteamos presentar esta demanda, nos centramos en estudiar la historia jurídica del inmueble. Los bienes, la verdad, en aquel momento, eran una cuestión secundaria. Y porque, repito, no sabíamos lo que había dentro. Ahora, bueno, habrá que discutir efectivamente, en fase de ejecución de la sentencia, si esta afecta a algunos, a todos o a ninguno de esos bienes.

¿Puede que ninguno de esos bienes acabe siendo entregados con el pazo cuando haya sentencia definitiva?

Esa es una discusión que hay que dejar para cuando la sentencia sea firme, y haya que hacer la ejecución definitiva. Hay argumentos jurídicos para entender que por lo menos una parte de los bienes muebles que hay allí dentro tienen que seguir el mismo destino jurídico que el pazo. El Código Civil dice que los bienes muebles que se hayan colocado dentro de un inmueble con el ánimo de incorporarlos definitivamente a él o de servir a la misma finalidad que un inmueble han de seguir el mismo destino jurídico. Forman parte integrante de él y tienen que tener la misma suerte jurídica. La cuestión va a estar en dilucidar cuáles de los bienes que hay allí en Meirás han obedecido a este propósito de unirlos al inmueble de manera definitiva, o bien de servir a la misma finalidad del inmueble, por ejemplo. Si el inmueble servirá como residencia oficial, los bienes del Patrimonio Nacional que se hayan introducido ahí como para dar ornato a la residencia de un jefe del Estado pues obviamente se pusieron ahí para servir a la misma finalidad del inmueble. Pero no puedo decir ahora con carácter general, hay muchísimos bienes allí.

El inventario que se hizo confirma que hubo un expolio continuado. Patrimonio Nacional comprobó que allí hay bienes que son suyos...

Sí, sobre todo el estudio que hizo una conservadora de Patrimonio Nacional, es verdad que hay pruebas de que hay bienes de Patrimonio Nacional. Ahora bien, no quiero entrar en cuestiones muy técnicas, da igual que sean o no de Patrimonio Nacional. La cuestión que se va a plantear es si esos bienes se ven afectados por la sentencia. Si la sentencia no se extiende al final a los bienes, pues habrá que presentar otra demanda. Pero sí creemos que la sentencia debe extender sus efectos a una parte importante de estos bienes, por la razón por la que fueron colocados ahí. Son las reglas del Código Civil.

¿Las omisiones y errores en la declaración BIC de la Xunta de 2008, que no hizo un inventario del interior del pazo, pueden ser una baza, como dicen los Franco, para quedarse con esos bienes?

Pues no, no porque la declaración de BIC no tiene nada que ver con la propiedad de los bienes. Lo único que determina es que los bienes estén sujetos a un régimen de protección por su valor cultural. Esa protección se traduce en que para venderlos o desplazarlos, hay que comunicarlo previamente a la Administración, esta lo tiene que autorizar. Pero no condiciona la propiedad del inmueble. No tiene nada que ver. El hecho de que la Xunta no inventariase los bienes se debe en gran parte a que no pudieron entrar en muchas estancias del pazo porque no lo permitió el Tribunal Supremo, al que habían recurrido los herederos de Franco para impedirlo.

¿Es posible que todo esto se pueda zanjar, como propusieron los Franco, con una negociación “por un precio razonable”?

No lo creo, pero no es una decisión que nos corresponde a nosotros los abogados.

¿La batalla se dará en los juzgados?

Efectivamente, la batalla está en los juzgados. No me corresponde a mí la decisión de si puede haber o no una negociación.

¿Hay “trasfondo político” en este pleito como dicen los Franco?

El pleito lo ha resuelto una juez. Francamente, yo no creo que ningún juez en este país dicte sus sentencias por motivos ideológicos o políticos. Me parece una falta de respeto al Poder Judicial señalar que la sentencia obedece a motivos políticos o ideológicos.

Etiquetas
stats