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Los Franco reclaman al Estado más de un millón de euros por los gastos del Pazo de Meirás desde la muerte del dictador

El Pazo de Meirás el día de su devolución al Estado el 10 de diciembre de 2020.

Paola Obelleiro

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El fallo de la Audiencia provincial de A Coruña, confirmando solo en parte la histórica sentencia que restituyó en 2020 al Estado el Pazo de Meirás, emblema del patrimonio que acumuló Francisco Franco durante la dictadura, constituye una derrota a medias para los herederos del caudillo. Sus siete nietos pierden la propiedad que ocupó la familia durante 82 años y cuyas llaves ya entregaron el pasado mes de diciembre, pero consiguen, al estimarse parcialmente su recurso, que la Justicia les reconozca derecho a ser resarcidos por los gastos de conservación y mantenimiento del singular castillo enclavado en Sada (A Coruña) tras la muerte del dictador en 1975. La factura para el Estado puede ser elevada y superar el millón de euros. 

Los herederos del caudillo, según hicieron constar en el juicio de julio de 2020 que dio lugar a la restitución al patrimonio público del Pazo de Meirás, desembolsaron unos 800.000 euros para mantener durante 45 años de democracia el dominio de más de nueve hectáreas. Lo más costoso fue la reconstrucción parcial emprendida a partir de 1994 por la hija de Franco para restaurar los grandes destrozos que sufrió el pazo tras un misterioso incendio nocturno que devastó partes centrales en febrero de 1978, meses antes de aprobarse la Constitución española.

El suegro de una de las nietas del dictador y partícipe de una rehabilitación que se prolongó hasta 2002, Luis Fernando Quiroga Piñeiro, testificó en aquel juicio que la familia desembolsó en total unos cien millones de las antiguas pesetas. Otro dato: los Franco aseguran que la propiedad ahora devuelta al Estado les costaba 60.000 euros al año en impuestos, contribución, seguros de vigilancia y las obligatorias aperturas al público que debían hacer cada viernes. Bien es cierto que esas visitas les supusieron un coste sólo los últimos tres años, cuando las encomendaron a la Fundación Francisco Franco, ya que antes, habían conseguido que el Gobierno de Alberto Núñez Feijóo las sufragase con dinero público. La Xunta pagó 39.200 euros en 2011 y 2012 para que la familia del general golpista cumpliese con su obligación legal de abrir las puertas de Meirás cuatro veces al mes.

Habrá que hacer muchos cálculos para determinar la compensación que deberá pagar el Estado a los Franco. La Audiencia, en su fallo emitido este viernes, da por probado que los herederos del caudillo, durante estas últimas cuatro décadas de democracia, realizaron “múltiples obras de rehabilitación y mantenimiento”, y considera obvio que si no fuese así y hubiesen abandonado el pazo, su estado ahora mismo sería “ruinoso”.

La cantidad que deberá abonarles el Estado por esos gastos se determinará cuando se ejecute la sentencia, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo o ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Además de darle a la calculadora, los herederos del dictador deberán reunir documentos y facturas para acreditar “la realidad e importe” de los gastos que dicen haber pagado durante estos 45 años. 

En todo caso, la cuantía que reclamarán estará muy alejada de los ocho millones de euros que pedían por el pazo cuando lo pusieron a la venta en una inmobiliaria. Una operación de la que tuvieron que desistir cuando el Estado presentó su demanda judicial en 2019 para reclamar la devolución de la propiedad. Y la reivindicación pecuniaria de los Franco será eso sí superior al “valor oficial de los bienes en litigio” estimado por la Administración, 714.168,33 euros. Es lo que vale el Pazo de Meirás a efectos fiscales. 

La Audiencia, al estimar parcialmente el recurso de los Franco, es muy crítica con la Abogacía del Estado porque en un primer momento, al presentar su demanda judicial, reconocía el derecho de la familia del dictador a ser compensada por “los gastos que legalmente proceda” pero luego, en el juicio, consideró que habían poseído el inmueble de “mala fe” y que por lo tanto debían devolverlo sin indemnización alguna. Y consiguió que la magistrada Marta Canales, autora de la sentencia en primera instancia que devolvió el pazo al patrimonio público, le diese la razón en ese punto. Hasta ahora.

La Audiencia, si bien tumba la pretensión de los Franco de conservar la propiedad y confirma su restitución al Estado, dictamina que los herederos del dictador no actuaron de “mala fe” y reconoce su derecho a ser resarcidos por los gastos de conservación y mantenimiento. Era una de las principales pretensiones de los Franco al recurrir la devolución del pazo de Meirás, recuperar lo que les supuso ocuparlo durante 45 años de democracia. En su favor, tenían el artículo 453 del Código Civil que establece que los “gastos necesarios”, es decir únicamente los catalogados como indispensables “para la conservación de la cosa” se deben abonar “a todo poseedor”, sea de mala o buena fe. 

La “política de la Transición de no molestar”

En el fallo de la sección tercera de la Audiencia de A Coruña, lo que sí confirma es que las denominadas Torres de Meirás, entregadas a Franco en plena Guerra Civil, en 1938, nunca fueron legalmente del autoproclamado jefe del Estado. Subrayan los tres magistrados que firman la sentencia emitida este viernes que el general golpista la ocupó pero fue el Estado quien sufragó todos los gastos durante las casi cuatro décadas de dictadura. Y al fallecer Franco, en 1975, sus herederos pasaron a ocupar el inmueble durante otros 40 años “de forma pública, pacífica, ininterrumpida y en concepto de dueños” pero sin ser realmente sus propietarios. Fue “simplemente la política de la Transición, de ir introduciendo modificaciones en el sistema político ’sin molestar”, estima la Audiencia. 

El Estado dejó que la familia del dictador siguiese utilizando el pazo para “no generar más tensiones de lo imprescindible en los momentos de la incipiente democracia”. “No se les reconoció su derecho de propiedad, simplemente ’no se molestó”. Y como consecuencia de ese “no molestar, de ese pacto de no agresión”, arguye la Audiencia, tampoco el Estado se preocupó hasta 2018 de buscar toda la documentación jurídica para reclamar la devolución del pazo. Su restitución al patrimonio no tiene que ver, ratifica la Justicia, con un acto “de revanchismo, sino de revisionismo y reparación”. 

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