El Supremo rebaja tres años la condena por una agresión sexual en La Rioja con la Ley de Solo sí es Sí

El Supremo rebaja tres años la condena por una agresión sexual en La Rioja con la Ley de Solo sí es Sí

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación contra una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de La Rioja y confirmada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de La Rioja por un delito de agresión sexual en la que rebaja la condena impuesta al aplicar la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual por ser más favorable para el condenado.

Las sentencias dictadas por los dos órganos judiciales de La Rioja lo fueron antes de que entrara en vigor la nueva Ley sobre delitos contra la Libertad Sexual. Y ha sido el Tribunal Supremo en el recurso de casación contra la Sentencia que dictó la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja el que ha aplicado la nueva legislación.

El Alto Tribunal rebaja de 12 a 9 años de prisión la condena impuesta a un hombre que agredió sexualmente a una mujer, tras ponerle un cuchillo en el cuello, en un descampado de la Rioja, al aplicar la nueva normativa que es más beneficiosa.

La Sala explica que la legislación reformada establece un arco que oscila entre 7 y 15 años, el mismo máximo que la anterior regulación, pero señala que el suelo, en cambio, es sensiblemente inferior, en parte, “lógica secuela de la unificación de los anteriores abusos con las agresiones sexuales”.

Aunque rebaja la pena por el delito de agresión sexual, la Sala mantiene la pena de 1 año de prisión por un delito de obstrucción a la justicia, por lo que la nueva condena por los dos delitos queda, finalmente, en 10 años de prisión.

Se trata del tercer condenado por delitos sexuales en La Rioja que se beneficia de rebajas en su pena tras la entrada en vigor de la Ley del Solo sí es Sí.

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