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La Policía impide que contagiados con coronavirus abandonen el San Pedro

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La Policía Nacional a través de su Jefatura Superior de Policía La Rioja, dando cumplimiento a la Orden dictada por el Ministro del Interior, del pasado domingo, en la que fijaba los criterios de actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado mientras dure la situación coronavirus, ha puesto en marcha diferentes actuaciones para que dichas medidas sean adoptadas.

La Policía Nacional ha comenzado a desplegar dispositivos de control conjuntos con la Policía Local para garantizar la seguridad de la población y el cumplimiento de las medidas decretadas durante el Estado de Alarma amparadas en la Ley de Seguridad Ciudadana 4/2015, en la Ley 33/2011 de Salud y la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil y el Código Penal, para hacer frente a la situación generada por el COVID-19.

Estos cuerpos están desarrollando una labor conjunta con la que evidencian la “estrecha colaboración y coordinación” que mantienen en la tarea encomendada en estos momentos por el Gobierno de España, y que no es otra que proteger la salud y la seguridad de los ciudadanos de la Rioja y contener la propagación de dicho virus.

Medidas clave del Estado de alarma

Una de las principales medidas que se ha puesto en acción, es la realización de controles policiales aleatorios “fijos y móviles” en vías, espacios públicos y medios de transporte para “asegurar” que los ciudadanos cumplen las limitaciones de movilidad.

Desde el domingo pasado hasta el día de ayer más de ciento veinte indicativos han realizado más de cien dispositivos, tanto en las entradas y salidas de nuestra ciudad como en las diferentes calles del centro de Logroño, habiéndose realizado una detención por incumplimiento de las normas establecidas.

Estos controles están siendo más intensos “en aquellos lugares o franjas horarias que específicamente se ven afectados por las restricciones”, contando con una buena colaboración por parte de la ciudadanía, que cada vez está más concienciada, demostrando una vez más la solidaridad conjunta de la capital riojana. Se debe tener claro que “se trata de una labor colectiva que vamos a ganar entre todos”.

En este mismo sentido bajo los principios de proporcionalidad y necesidad, agentes del Cuerpo Nacional de Policía junto con agentes del cuerpo de Policía Local de Logroño están garantizando que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo así como la garantía de permitir la movilidad del personal perteneciente a entidades dedicadas a la prestación de servicios esenciales o al abastecimiento y distribución de bienes y servicios de primera necesidad.

Ambos cuerpos están acudiendo a los diferentes supermercados de nuestra localidad para garantizar los suministros básicos y recomendar a los ciudadanos que extremen las medidas de prevención, respetando la distancia de al menos un metro entre clientes, y entre los consumidores y los empleados a fin de evitar posibles contagios.

En este marco han sido numerosas las llamadas recibidas a la Sala CIMACC-091 en las que vecinos de diferentes urbanizaciones exponían que desde sus domicilios observaban cómo numerosas personas de su residencial permanecían en las zonas comunes de la misma, haciendo caso omiso a las indicaciones de permanecer en sus domicilios.

A este respecto algunas personas como los ciclistas y runners se les ha informado de que en la situación que estamos padeciendo y hasta que se vuelva a un estado sin riesgo para la salud, hacer deporte al aire libre está prohibido porque se exponen ellos y exponen al resto de los ciudadanos a que los contagios se propaguen. Es por lo que determinados ciudadanos han sido sancionados.

Por ello, se solicita responsabilidad a los ciudadanos cumplir con las medidas del Real Decreto de Estado de Alarma que sólo permite salir de casa para acudir a un centro sanitario, al puesto de trabajo, para la atención de personas mayores, discapacitados o menores, para la compra de alimentos, medicamentos o productos de primera necesidad, para gestiones con una entidad financiera (sacar dinero, por ejemplo) o por causa de fuerza mayor. En ninguno de estos supuestos se incluye hacer deporte.

Otra de las principales funciones a realizar durante el estado de alarma por las Fuerzas de Seguridad está siendo el “auxilio a las instituciones y a los profesionales sanitarios” para que estos puedan atender a los afectados por la epidemia.

En este sentido se ha mediado en varias ocasiones debido a que enfermos ingresados y contagiados en el Hospital de San Pedro han querido abandonar el hospital por lo que los agentes han debido intervenir para impedir esta situaciones. En relación a este aspecto se ha intensificado la colaboración con los profesionales sanitarios en todos los sentidos, así como la disposición de un punto fijo de un indicativo policial permanente en el Hospital de San Pedro.

Los preceptos legales que recogen las sanciones a imponer a los que no respeten las restricciones impuestas por el Gobierno

Ley de Seguridad Ciudadana, recoge las sanciones de carácter leve que se sancionan con multa de 100 a 600 euros para aquellos que retiren “vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las fuerzas y cuerpos de seguridad para delimitar perímetros de seguridad”. Estas multas podrían ascender hasta los 30.000 euros si hubiera desobediencias o resistencia a los agentes, “así como la negativa a identificarse a requerimiento” de estos o se facilitara “datos falsos o inexactos”.

Ley General de Salud Pública, donde se incluye “la realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población” siendo la sanción económica desde 3.001 a 60.000 euros. Se calificará como muy grave cuando el incumplimiento sea de forma reiterada ante las instrucciones recibidas de la autoridad pasando a ser la sanción económica en importes comprendidos entre 60.001 y 600.000 euros.

Ley 17/2015 Sistema Nacional de Protección Civil, siendo el precepto el incumplimiento de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados por los titulares de los órganos competentes o los miembros de los servicios de intervención y asistencia, así como de los deberes de colaboración a los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas o privadas. Oscilando las sanciones económicas entre 1.501 y 30.000 euros, en situaciones graves.

Finalmente, el texto hace referencia al Código Penal y, en concreto, a su artículo 556. Este señala que serán castigados con penas de cárcel de entre tres meses y un año aquellos que se resistieran o desobedecieran “gravemente” a los agentes de la autoridad.

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