Las medidas de la nueva Ley de Autónomos para respaldar la maternidad
La nueva Ley de autónomos que ya ha entrado en vigor incluye medidas de respaldo a la maternidad, entre las que se incluye que las madres o padres estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de baja maternal/paternal, la adopción o el acogimiento. La Ley de Autónomos también premia con una exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de hijos menores o dependientes.
Para respaldar a las mujeres autónomas que hayan tenido hijos la Ley de Autónomos prevé que aquellas que hubiesen cesado su actividad por maternidad, adopción o acogimiento y tutela y se reincorporaran al trabajo durante los dos años posteriores a la fecha del cese, podrán disfrutar de unatarifa plana de 50 euros por un periodo de 12 meses si esa trabajadora optó por la base mínima. Si, por el contrario, lo hizo por una base superior a la mínima tendrá una bonificación del 80% sobre la cuota por contingencias comunes.
La nueva Ley de Autónomos ha entrado en vigor esta semana después de su publicación en el BOE y en ella se incluye una batería de medidas históricas para los más de tres millones de autónomos afiliados a la Seguridad Social, un espaldarazo para un colectivo que ha sido protagonista de la creación de empleo en España desde que en 2014 la ocupación levantó el vuelo, poniendo fin a seis largos años de crisis económica.
¿A cuántos autónomos riojanos afectará esta nueva Ley?
Entre las medidas estrellas de la Ley de Autónomos está que los autónomos que lo deseen podrán cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un empleado a su cargo. También se reconocen los accidentes “in itinere” (de vuelta e ida al trabajo). Ambas medidas ya están en vigor.
En 2018 serán diez las medidas que comiencen a aplicarse, entre ellas la ampliación de la tarifa plana de 50 euros, que pasa de seis meses a doce para nuevos trabajadores o para aquellos que no lo fueron en los dos últimos años. Además, los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización en función de sus ingresos y darse tres veces de alta y baja en el año.
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