Retiran 8 puntos del carné de conducir... a un ciclista
Un ciclista ha sido sancionado, por dos infracciones en carretera, con la retirada de ocho puntos del carné y la suspensión del permiso de conducir durante un mes “a pesar de que circulaba en bicicleta”, según denuncia el despacho de abogados Deley.
Este critica que el “ánimo recaudatorio” de muchos consistorios explica que este colectivo sea víctima de la aplicación de medidas injustas, que corresponden a vehículos a motor.
En este sentido y ante la proliferación de casos similares, el bufete ha desarrollado una serie de puntos que deberán tener en cuenta los ciclistas en el caso de que sean sancionados por un procedimiento parecido, algo que, según asegura, “puede generalizarse ante las nuevas normativas que están acometiendo los Ayuntamientos frente a las infracciones ciclistas”.
Así, recuerda que cuando los agentes informen de la penalización y entreguen la multa en el acto, independientemente de que se firme o no, empezará a contar el plazo para recurrirla, que sólo se extenderá durante 15 días. En el caso de que envíen la multa por correo, recomienda recogerla para poder iniciar el recurso pues, de no ser así, se publicará en el Boletín Oficial correspondiente y se considerará notificado “a todos los efectos”.
Igualmente, advierte de que, en algunos casos, como en las denuncias del resto de viandantes ante una posible infracción de un ciclista, la presencia de testigos es “fundamental” porque podrán acreditar o desacreditar ante el órgano administrativo la correcta o incorrecta imposición de la multa. También las fotografías serán un elemento “a tener en cuenta”.
Finalmente, señala que, a la hora de recurrir, limitarse a manifestar excusas o justificaciones “suele servir de poco e incluso, en ocasiones, puede implicar un reconocimiento de los hechos imputados”. Por ello, aconseja incidir “tanto en los motivos de fondo (los hechos) como en los de procedimiento, buscando siempre argumentos que tengan un fundamento jurídico”.
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