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La Agencia de Vivienda Social de Madrid vetará a quienes hayan ocupado una casa ilegalmente

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, entrega las llaves de su casa a una familia en riesgo de exclusión. / Flickr CAM

Sofía Pérez Mendoza

Las personas que estén ocupando una casa sin tener título legal para hacerlo no podrán acceder a una vivienda pública en Madrid. Su solicitud será desechada directamente sin considerar sus condiciones de vida y renta, según los nuevos reglamentos (aún en fase de borrador) de la Agencia de Vivienda Social (antiguo Ivima) y de la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo a los que ha tenido acceso eldiario.es.

La normativa de la Agencia de Vivienda Social de Madrid –de la Comunidad– no solo niega de plano la oportunidad de acceso a los 'okupas', sino que prohíbe que vuelvan a presentar una solicitud en los 15 años siguientes a contar desde la fecha de desalojo. Esta penalización se ha endurecido respecto al reglamento actual, que la sitúa en dos años. Según el borrador, únicamente esta situación “no será motivo de denegación de la solicitud para aquellos ocupantes sin título que abandonen voluntariamente la vivienda” antes del desalojo.

El reglamento de la EMVS, que depende en última instancia del Ayuntamiento de Madrid, mantiene las restricciones solo a okupas de pisos protegidos, un escenario que no esperaba la Plataforma de Afectados por la Venta de Vivienda Social (PAVPS) dado que Manuela Carmena se había comprometido a permitir la permanencia de personas en esta situación en los pisos ocupados si podían acreditar que llevaban en ellos más de dos años y cumplían con los requisitos de renta.

Fuentes de la EMVS consultadas por eldiario.es se escudan en que este reglamento “tiene que ver con la adjudicación, no con la regularización”. “La voluntad del Ayuntamiento es estudiar las circunstancias personales de cada familia afectada”, confirman desde el consistorio, aunque no hay ni rastro de esta voluntad en el borrador de su reglamento. Puntualizan en todo caso que “no se regularizará cualquier ocupación ilegal porque sí”. La normativa, aseguran estas fuentes, se aprobará el próximo 26 de abril “sin cambios sustanciales” a priori.

El delito de usurpación está recogido en el artículo 245 del Código Penal, que no ha cambiado tras la reforma del 1 de julio de 2015. En el caso de que sea sin violencia, queda redactado de la siguiente manera: “El que ocupare, sin la autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular con la pena de multa de tres a seis meses”. Las sanciones económicas suelen oscilar de media entre los 400 y los 600 euros, además del abandono de la vivienda ocupada.

Atención preferente para desahuciados

Las dos normativas, tanto la autonómica como la municipal, sí incluyen un apartado específico de atención preferente a personas afectadas por un desahucio ya efectivo o inminente. Estos expedientes se gestionarán de acuerdo a lo establecido en el capítulo de “especial necesidad” que recoge el reglamento, lo cual implica que se resolverán con mayor celeridad (aunque siempre con sujeción a disponibilidad de viviendas) si se acredita una disminución sobrevenida de ingresos y que la vivienda es (o era) residencia habitual.

“En el caso de lanzamientos por impago de las rentas se requerirá que la renta impagada exceda el 30% de los ingresos de la unidad familiar”, detalla la normativa, que solo habla de “lanzamientos inminentes” o “lanzamientos ya producidos en los seis meses anteriores a la fecha de solicitud”. El documento no especifica qué pasaría si el desahucio se ha ejecutado hace más tiempo.

La EMVS también dispone de un bloque de “situaciones de atención prioritaria” para las unidades familiares que puedan acreditar “pérdida o privación de la vivienda por sentencia judicial firme por falta de pago de rentas o por ejecución hipotecaria”. Además, tendrán que dejar constancia de su “insolvencia económica” para entrar en este supuesto.

Las alegaciones de los grupos de vivienda

El periodo de alegaciones, tanto para una como para otra normativa, ya han finalizado. La PAVPS ha pedido a los dos organismos públicos que “eliminen las trabas y penalizaciones a las personas que ocupen en precario”. “En la situación actual hay que intentar descriminalizar la ocupación. Si esto pasa es porque existe una emergencia a la que no se está dando respuesta”, argumenta la abogada Alejandra Jacinto. La plataforma denuncia que tener que dejar voluntariamente la vivienda antes de la adjudicación (si esta finalmente se produce) como condición para solicitar una vivienda pública deja a las familias en un impass de desprotección.

Los grupos de vivienda y los bancos coinciden en señalar que las ocupaciones son un problema grave y los desalojos “son difíciles de parar”. Por ejemplo, la PAH Centro (Madrid) asegura que la mitad de los casos que atienden actualmente responden a esta situación.

En este sentido, la abogada de la PAVPS recalca que “hay gente que ocupa porque sufrieron las consecuencias de la venta de vivienda pública a fondos de inversión”. Se refiere a la venta de lotes pisos protegidos de la EMVS y del Ivima a Blackstone (Fidere) y Azora-Goldman-Sachs (Encasa Cibeles), respectivamente, por precios por debajo de los tasados. El primer proceso, llevado a cabo durante los años de gobierno de Ana Botella, fue ilegal, según un informe de la Cámara de Cuentas. El segundo está siendo investigado en los tribunales por un posible delito de prevaricación.

Sí hay pisos vacíos

El Ayuntamiento de Madrid dejó de construir viviendas protegidas en 2012, el año que empezó a cocinar el proceso de venta a fondos buitre. El actual equipo de Manuela Carmena prevé levantar 770 durante este año y 3.600 a lo largo del mandato. Fuentes consultadas de la EMVS aseguran que a día de hoy la empresa no dispone de viviendas vacías en desuso. “Las que no están ocupadas se encuentran en algún punto del proceso de gestión: pueden estar esperando ser adjudicadas, a formalizar el contrato para que los vecinos entren a vivir o están destinadas a programas de emergencia residencial”.

La Agencia de Vivienda Social de Madrid, dependiente de la Comunidad, admite que tiene 268 casas vacías “que se están remodelando y adaptando para que puedan ser entregadas y adjudicadas”. No detalla si tiene previsto construir más inmuebles, aunque precisa que se “alcanzará el compromiso electoral de poner a disposición 1200 viviendas”.

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