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El Gobierno de Navarra aprueba el listado y los catálogos de protección de especies de fauna y flora amenazadas

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

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El listado incluye las especies, subespecies y poblaciones silvestres de fauna y de flora merecedoras de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, por su singularidad, rareza, o grado de amenaza, y que no figuren ya en el listado español de especies silvestres en régimen de protección especial.

Con el listado se establecen también los catálogos de fauna y de flora amenazadas de Navarra que las protegen estableciendo dos categorías de protección: en peligro de extinción y vulnerables.

El nuevo catálogo de especies de flora amenazadas de Navarra incluye 185 taxones, y son concretamente los no incluidos ya como amenazados en el catálogo español o que, figurando en éste, lo hagan con una categoría de menor amenaza. El catálogo de fauna se actualiza e incluye un total de 83 especies.

El trabajo de elaboración de este decreto se inició en con la presentación de un documento previo por parte del Servicio de Medio Natural del Departamento. La propuesta técnica se sometió a revisión de un panel de expertos y a continuación entre diciembre de 2018 y febrero de 2019, el proyecto de decreto foral ha estado publicado en el Portal de Gobierno Abierto para aportaciones y sugerencias de la ciudadanía.

Fruto de ese proceso, se recibieron 65 observaciones de las que 34 fueron aceptadas total o parcialmente y que se han incorporado al texto final, ha explicado el Gobierno navarro en un comunicado.

Entre las nuevas especies de fauna incluidas pueden señalarse varios insectos, coleópteros, aves y murciélagos que tienen su hábitat en la madera muerta de los árboles viejos, y cuya conservación es importante dada la relevancia que están adquiriendo en Navarra los bosques maduros.

Además, con la calificación de en peligro de extinción, figuran también aves esteparias como la avutarda y el sisón, y otras especies como la perdiz pardilla, la perdiz nival, el águila de bonelli, el martinete, el sapillo pintojo meridional, el bagre, la lamprehuela, el cangrejo autóctono, la libélula Gomphus Graslini y el mejillón de río.

COMPLEMENTARIO DE LA LEGISLACIÓN ESTATAL

Junto con su descripción, diagnóstico y justificación, la inclusión de una especie en el listado conlleva, entre otras, la prohibición de “recogerlas, cortarlas, mutilarlas, arrancarlas o destruirlas intencionadamente”, en el caso de las especies vegetales, y de “darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, así como la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y lugres de reproducción, invernada o reposo”, en el caso de los animales.

La inclusión en el catálogo compromete a la Administración Foral a llevar a cabo planes de conservación o de recuperación para garantizar poblaciones sostenibles en el tiempo. Como otras comunidades, en Navarra se mantiene vigente el listado de protección estatal, pero -a través de este nuevo decreto foral- a esa relación se añaden las especies que precisan de una protección especial en la Comunidad foral.

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