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GLOVO: A la involución social por la vía de la evolución tecnológica

Repartidores de Glovo

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Es sábado 25 de mayo de 2019, estamos en Barcelona, probablemente ya empieza a hacer calor en la ciudad condal. El nepalí de 22 años Pujan Koirala muere atropellado en un accidente por un camión municipal de basuras. El hecho sucede en la confluencia entre la calle Balmes y la Gran Vía, en pleno centro de Barcelona. El chico portaba a las espaldas una mochila de la empresa Glovo y trabajaba con una cuenta realquilada a otro compañero. Ni tan siquiera constaba en los registros de la compañía de reparto, tampoco en ningún sistema de seguridad social. Pujan, a los ojos de nuestro sistema socio-laboral, no existía. La compañía ofrece a la familia una indemnización total de 23.000 euros.

El accidente de Pujan no constará como accidente de trabajo, ni se investigará el grado de cumplimiento por parte de Glovo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Pujan, en realidad, no es acreedor de ningún derecho, ni tan siquiera es autónomo, aunque con sus carreras en bicicleta ha contribuido al beneficio de una empresa que, hoy, está valorada en más de 1000 millones de euros.

Días más tarde, algunos riders se concentran frente a la sede de Glovo, queman algunas de las icónicas mochilas amarillas de la compañía y claman justicia. Glovo condenará la violencia de la manifestación.

Ahora, como en las películas, toca el flashback: nos vamos a la primavera de 2015. Aterriza en Barcelona una firma presentada a sí misma como innovadora, tecnológica y que viene a revolucionar el mundo del reparto: en algunos minutos tienes tu pedido en casa. Puede ser comida de tu restaurante favorito, un producto de farmacia o cualquier otro producto de tu tienda de confianza. Todo directo a la puerta de tu casa. Se llama Glovo.

¿Qué ha pasado entre esa noche de 2019 y aquella primavera de 2015?, ¿Cómo una iniciativa que se presenta como innovadora y facilitadora de soluciones cotidianas, acaba conectando con un suceso tan dramático?

La respuesta es la siguiente: Glovo vino a plantear un negocio de pura extracción económica, con poca o ninguna voluntad de construir un proyecto social estable. No había venido a generar empleo. Lo dejó muy claro desde el principio: nuestros repartidores serán autónomos. Y en consecuencia han obrado. Frente a todo y frente a todos. Frente a la propia realidad material, de hecho, que nos dice que las personas que reparten para dicha compañía, condicionadas hasta el punto de ver limitadas sus horas y franjas de trabajo, geolocalizadas permanentemente y sometidas a reconocimientos faciales espontáneos y calificaciones constantes, son, en realidad, trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, debiendo verse protegidas por el conjunto de los derechos que se derivan de dicha condición y bajo la aplicación del Estatuto de los Trabajadores y del Convenio Colectivo sectorial adecuado.

Así lo ha entendido en múltiples ocasiones la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Así lo ha entendido, también, nuestro Tribunal Supremo. Sin embargo, la actitud de Glovo es desafiante hasta el final. Tan hasta el final que, la startup, ya ha anunciado que sus repartidores seguirán siendo trabajadores autónomos a pesar de la entrada en vigor, el 12 de agosto, del Real Decreto Ley 9/2021, en virtud del cual, mediante una reforma del Estatuto de los Trabajadores, se presume la laboralidad de este colectivo, aunque como ya hemos dicho, con la normativa anterior la propia justicia había determinado la condición de trabajadores de dichas personas.

Existe una diferencia muy relevante entre las ofensivas clásicas de las patronales de toda la vida y la estrategia de esta empresa: mientras aquellas primeras venían a plantear, por los mecanismos parlamentarios, sucesivas reformas liberales de nuestro sistema social y de relaciones laborales, Glovo viene, directamente, a insubordinarse frente a dicho sistema.

Glovo y otras compañías como Deliveroo, vienen a impugnar el concepto mismo de laboralidad, ofreciendo nulo valor al trabajo y devaluando por completo su papel. Su estrategia es clara: si no reconocemos la laboralidad del colectivo, ahorraremos costes en seguridad social, en salud laboral, en salarios, en fatigosas negociaciones sindicales. Nos tendremos que preocupar solo de una cosa: controlar los márgenes entre el coste del reparto y el precio del servicio. Y marketing, eso sí, mucho marketing.

La consecuencia de dicha lógica empresarial es francamente dramática. Son miles de riders recorriendo la ciudad a cambio de pocos euros por kilómetro, sometidos a jornadas sin los descansos mínimos legales que establece el Estatuto de los Trabajadores. Aunque el sol abrase en plena ola de calor, aunque diluvie o caiga un temporal de nieve, estos salen a repartir sin ningún derecho laboral ni protección. Los propios contratos de trabajo autónomo que la compañía hace firmar a sus repartidores, estipulan textualmente que las situaciones de incapacidad temporal y de baja por maternidad podrán dar lugar a la extinción de la relación. Nos encontramos, incluso, con casos de acoso sexual que no son abordados y reconocidos como tal por las empresas, al no aplicar política alguna en materia de salud laboral ni contar con protocolos en dicha materia. Finalmente, estas situaciones son sufridas por las repartidoras sin apoyo alguno.

Además, todas estas personas deben asumir el coste de su propia cotización, y no cotizan por las contingencias por las que cotizaría cualquier trabajador por cuenta ajena, dado que formalmente se encuentran integradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. No cotizan, por ejemplo, por desempleo. Obviamente, tampoco tienen reconocido el derecho a vacaciones retribuidas, ni la empresa asume la obligación de justificar el despido del repartidor ni de indemnizarle con 33 días de salario por año de servicio en caso de ser el mismo injustificado, como sucedería con cualquier trabajador. Lo hacen mucho más simple, tan fácil como desconectar al repartidor de la plataforma y listo.

Por otro lado, la condición simulada de trabajadores autónomos dificulta la penetración sindical en el sector. Estas personas no pueden constituir un Comité de Empresa o convocar legalmente una huelga, derecho fundamental que asiste a cualquier persona trabajadora en virtud del artículo 28 de la Constitución. Para ponerle la guinda al pastel, estas empresas son conocidas por desarrollar políticas antisindicales hacia los trabajadores que, pese a las inmensas dificultades derivadas de su propio estatuto jurídico, intentan organizarse: desde amenazas por intentar ponerse en contacto con organizaciones sindicales hasta espionaje.

Por supuesto, Glovo tampoco asume responsabilidad alguna en materia de prevención de riesgos laborales, dado que entiende que los repartidores son, en sí mismos, empresarios responsables de su propia seguridad, con lo que no se siente obligada a observar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Sucede, además, que la podredumbre tiende a extenderse como las manchas de aceite se extienden en el mantel. Es el problema y la irresponsabilidad de fomentar la precariedad y el modelo del “sálvese quien pueda” hasta extremos tan salvajes. Hace ya mucho tiempo que se observa cómo, algunos individuos, aprovechando la flexibilidad que ofrece la compañía para apuntarse al carro del reparto y crear rápidamente cuentas operativas, hacen el agosto realquilando cuentas. Esto es: riders subcontratando riders. Este era, de hecho, el caso de Pujan.

Glovo, en su acérrima defensa del trabajo sin compromisos, ha abonado en realidad el caldo de cultivo ideal para la generación de un campo de explotación recíproca. De explotación entre explotados. Y tampoco le interesa enterarse demasiado, porque cada kilómetro, lo corra quien lo corra, suena la hucha.

En resumen: aquella empresa que se presentó ante el mundo, la primavera del 2015, como la startup catalana de base tecnológica e innovadora, traía consigo, de la mano, un modelo productivo devaluador del trabajo, más propio del siglo XIX que de nuestros tiempos.

El argumento estrella de estas empresas de plataforma para seguir actuando con total impunidad, es la defensa de sus trabajadores como verdaderos autónomos: ¿pero cómo se explica la situación de dependencia y subordinación de los riders hacia Glovo, Ubereats o Deliveroo sin reconocer su laboralidad? Incluso los más defensores de este modelo, durante las últimas semanas, han caído en el marco mental presentado por la denominada Ley Rider: en el momento en que Deliveroo amenaza con marchar de España y se habla de “trabajadores que se quedan en paro” o de “destrucción de empleo”, implícitamente se asume que no actuaban como autónomos ni entrepeneurs, sino como verdaderos trabajadores por cuenta ajena.

A nada que uno se detenga a analizar la composición del colectivo de repartidores y repartidoras, observa que estas empresas aprovechan la situación vulnerable de ciertos sectores de la sociedad, de entre los que reclutan a la inmensa mayoría de su personal de reparto. No es casual que la mayoría de riders sean personas jóvenes, migrantes o mujeres, tres sectores extremadamente precarios y por ello potencialmente tendentes a sufrir prácticas de explotación laboral. La inestabilidad característica de la actividad de los riders imposibilita construir proyectos vitales estables, siempre bajo la espada de Damocles de la incerteza. Algunos de los migrantes que desarrollan funciones como riders se encuentran además en situación irregular, lo que intensifica su dependencia respecto los ingresos que obtienen de estas plataformas, que ni tan siquiera les interpela como interlocutores.

Este modelo es una amenaza para el conjunto de la clase trabajadora. Su voluntad de expansión hacia otros sectores de actividad, como es el caso de la sanidad o la educación, es ya una realidad. El proceso es conocido popularmente como uberización y implica un pulso en toda regla a nuestra forma de entender el trabajo y su función social.

Ahora bien, afortunadamente, somos muchos y muchas las que tenemos claro que el trabajo ocupa un papel central en la vida de las personas. No podemos permitir que ninguna startup venga a sabotear uno de los valores más fundamentales de cualquier estado social. El trabajo supone un factor de integración social y de sustento de proyectos vitales y familiares, además de ser crucial en el sistema de previsión frente a múltiples contingencias y la vejez. Debemos defenderlo digno y revestido de derechos y protección. Aquí debemos mantener nuestras filas, firmes.

Con ese fin, desde Comisiones Obreras se han interpuesto dos denuncias ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Barcelona contra Glovo. Una defiende la laboralidad de sus riders, la otra denuncia la cesión ilegal existente en el caso de algunos riders puestos a disposición de Glovo por parte de terceras empresas. Se mantiene el compromiso de defender a capa y espada el trabajo como valor social central en la vida de las personas.

En las facultades de Derecho se acostumbra a explicar algo: el Derecho del Trabajo nace producto de duras luchas sociales. Luchas que germinan en un movimiento obrero que fuerza a los poderes públicos a legislar con el objeto de proteger a la parte débil de la relación entre el empresario y la persona trabajadora. A esto le llamamos, técnicamente, función tuitiva del Derecho del Trabajo, y ya es hora de que dicha función abrace a las personas que trabajan en el reparto de mercancías a través de plataformas.

Durante este último año de pandemia se han agravado las desigualdades sociales y ha crecido el índice de pobreza en países desarrollados, entre ellos España. Mientras esto ocurría, a su vez, las principales empresas del big tech como Amazon, Microsoft, Apple o Google han duplicado beneficios con el boom digital. La pandemia ha acelerado el avance digital y con ello la irrupción de prácticas que se visten de modernidad, como hemos visto con el caso de los riders. La digitalización no puede erigirse en factor de precarización, debe servir, en todo caso, como herramienta de emancipación. Debe facilitar la gestión de los problemas y necesidades de la vida diaria.

Las direcciones de Glovo, Deliveroo, Uber Eats y compañía, en un ejercicio de respeto y responsabilidad social, deben entender que su modelo de supuesta innovación tecnológica no puede pivotar sobre la depreciación extrema del trabajo, con el único objeto de incrementar sus márgenes de beneficio. Ello no supone, en realidad, evolución alguna, se trata más bien de una carga de profundidad irreparable sobre la línea de flotación del Estado social que, desde luego, ni el nuestro ni ningún otro pueblo puede permitirse.

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