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El Parlament pide al TC resolver el recurso contra Puigdemont y levantar las medias cautelares

El Parlament pide al TC resolver el recurso contra Puigdemont y levantar las medias cautelares

EUROPA PRESS

BARCELONA —

En el escrito del Parlament, el letrado de la Cámara Joan Ridao recuerda que cuando la Abogacía del Estado presentó un recurso contra la decisión del presidente de la Cámara, Roger Torrent, de nombrar a Puigdemont candidato, el TC acordó la suspensión del pleno solo si dicha investidura se pretendía hacer en ausencia del candidato.

Esta fue una de las dos medidas cautelares que adoptó el TC previas a admitir o no a trámite el recurso presentado por el Estado, que el tribunal todavía no ha abordado, y Ridao plantea que, una vez la investidura de Puigdemont ha decaído, ante la “pérdida del objeto” de la causa, debería abordarse el recurso para levantar las medidas cautelares a Puigdemont.

El letrado argumenta que la otra medida cautelar que se le impuso --la exigencia de que el candidato cuente con autorización judicial para acudir a la Cámara--, responde a la orden de detención que pesa sobre Puigdemont y que sólo alcanza al territorio español, pero consideran que, como ya no es el candidato a la Presidencia, deberían dejar sin efecto también esa medida.

Para el letrado es la primera vez en toda su historia que el TC, sin admitir a trámite la demanda del Gobierno,“ adopta en el seno de un procedimiento de impugnación, unas medidas cautelares no solicitadas por el recurrente, ni previstas en la Constitución” ni en otra ley procesal.

Por eso, de no resolverse este procedimiento, especialmente si no se atienden las consideraciones del Parlament, “podría darse la paradoja” de que el impugnante --el Abogado del Estado-- habrá conseguido los mismos efectos que pretendía con la impugnación, sin que el TC haya admitido si quiera el recurso.

Recuerda además que el TC ha aplicado esas medidas “pese a cuestionarse la posible pérdida de objeto del procedimiento”.

AFECTACIÓN DE LAS MEDIDAS

También expone que esas medias han tenido una “afectación directa” en los derechos de un diputado electo, en el derecho de representación popular del Parlament, y en los derechos de participación política de toda la ciudadanía de Catalunya.

Asegura que el TC ha determinado, “bajo la apariencia de medida cautelar”, la forma de cómo debe llevarse a cabo una sesión de investidura en el Parlament, al margen del resultado del proceso constitucional y habiendo impartido instrucción a este respecto al presidente y a los miembros de la Mesa, en un movimiento que tacha de extralimitación de sus funciones jurisdiccionales.

Por todo ello, solicita que tenga por formuladas las alegaciones que había requerido y acuerde pronunciarse sobre la admisión a trámite de la impugnación que solicitó el Gobierno central y, en esa resolución, atienda a las alegaciones acerca del alcance de las medidas cautelares acordadas.

También propone que, mientras se decide sobre la admisibilidad del recurso del Ejecutivo central, deje sin efecto las medidas cautelares atendiendo a la pérdida de objeto del procedimiento.

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