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¿Puede un juez ser “amigo en Facebook” de una de las partes en un juicio? El tribunal de derechos humanos se pronunciará

¿Hasta qué punto una amistad en redes sociales tiene consecuencias en un tribunal?

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —

¿Puede un juez llevar un caso en el que es amigo en Facebook de alguna de las partes? ¿O son indicios de parcialidad y motivo de recusación? ¿Hasta qué punto una amistad en redes sociales tiene consecuencias en un tribunal? ¿Y una enemistad?

Este debate es el que tiene entre manos el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, donde se acaba de registrar una moción sobre si el vínculo de amistad en redes sociales entre un juez y una de las partes en el juicio puede constituir un motivo de impugnación.

El caso nace con una disputa sobre la custodia de un menor. La madre (y solicitante) envió el 16 de enero de 2017 una solicitud de revisión a la Autoridad de Protección del Menor y el Adulto (APEA, tribunal o instancia cuasijudicial) de Monthey (ciudad del cantón suizo de Valais). En ella pedía la anulación de todos los actos procesales en los que el ex presidente de la APEA había participado, alegando que él y el padre de la niña eran “amigos en Facebook”.

El mismo día, la demandante también informó al Tribunal Cantonal de Valais, ante el cual su apelación estaba pendiente, y reiteró la solicitud de anulación de los procedimientos llevados a cabo por la APEA. En julio de 2017, el Tribunal Cantonal desestimó la queja de enero del mismo año. Y en mayo de 2018, el Tribunal Federal desestimó su apelación.

Así, la pregunta que debe responder el Tribunal de Derechos Humanos es la siguiente: “Según el artículo 6.1 de la convención europea de derechos humanos, ¿la ”amistad en Facebook“ entre un juez y una de las partes es compatible con la garantía de un juez imparcial?”

Pero, ¿qué dice el artículo 6.1?

"Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial, establecido por la ley, que decidirá los litigios sobre sus derechos y obligaciones de carácter civil o sobre el fundamento de cualquier acusación en materia penal dirigida contra ella [...]".

El profesor de Derecho Constitucional y exletrado del Tribunal Constitucional Joaquín Urías tuiteaba recientemente el caso.

¿Por qué lo considera interesante? “Twitter está lleno de jueces y hace tiempo que se discute si el hecho de que estén escribiendo sus opiniones políticas o jurídicas les afecta como jueces”, razona Urías: “Ahí el TEDH está abriendo una vía muy interesante: la posibilidad de recusación a partir de tu vida en las redes sociales”.

¿La amistad en redes es suficiente para recusar? “Yo creo que por ser 'amigo' de alguien no cabe recusar”, explica el profesor de Constitucional, “pero si un juez, por ejemplo, se pelea gravemente contigo y te insulta en Twitter es cierto que se crea una enemistad que hace que ya no sea neutral. Igual si un juez opina sobre asuntos generales y después le cae a él mismo un asunto así”.

El abogado Gonzalo Boye apunta en este sentido: “Los jueces claro que pueden y deben ejercitar su derecho a la libertad de expresión; el problema surge cuando existen interacciones que pueden afectar a la imparcialidad de una u otra forma. Por ejemplo: si un juez me bloquea en Twitter, ¿cómo se debe interpretar eso? ¿O si me dedico a alabar y ser alabado por un juez?”

“Es especialmente interesante en España, donde la mayoría de los jueces en Twitter usan apodos para permanecer en el anonimato”, prosigue Urías: “Yo he tenido discusiones muy gordas con jueces anónimos que han llegado a insultarme. ¿Me da eso derecho a exigir que el Estado investigue quiénes son cada vez que yo tenga un problema judicial, no sea que el que me insultó sea el que me está juzgando? ¿Y los (muchos) jueces que apoyan públicamente a Vox van a ser objetivos conmigo, que siempre le doy caña a ese partido, o si les toco en un asunto van a tratarme mal por mis ideas políticas? Todo eso está latente en ese caso y de lo que diga el TEDH se derivarán muchas consecuencias”.

¿Sería más prudente que los jueces dieran un paso atrás en las redes sociales? “Que los jueces participen en el debate público dejando ver sus ideas políticas y que discutan en público sobre temas de actualidad es ya un riesgo”, entiende Urías: “A partir de ahí puede haber dudas sobre su imparcialidad. Si además usan apodos, es más grave aún... Porque nunca sabes si el que te está juzgando es el que opinó”.

Según explica el TEDH, “el caso acaba de ser comunicado el 28 de agosto al Gobierno suizo, con lo que aún tardará bastante en decidirse, dado que ahora las partes tienen que dar respuesta a las preguntas del tribunal”. 

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