El informe del Poder Judicial considera que la Ley Trans puede discriminar a “mujeres no transexuales” y pide más controles

El borrador de informe que el Consejo General del Poder Judicial estudiará el próximo 20 de abril sobre la Ley Trans pone pegas a algunos de sus preceptos y exige, en general, más controles al proceso de cambio de sexo ante el Registro Civil: los ponentes especifican que “no cuestionan el derecho a la identidad sexual” pero sí critican, por ejemplo, que los menores de entre 14 y 16 años puedan cambiar su referencia en el Registro Civil solo con el consentimiento de sus representantes legales. También los vocales apuntan a que algunos artículos de la medida implican una “discriminación indirecta” de las “mujeres no transexuales”, indica el borrador. Y cita, por ejemplo, el deporte como una de esas situaciones.

El informe entiende que la Ley Trans tiene preceptos que “contradicen el derecho fundamental a la igualdad (art. 14 CE) en la medida en que propician el indeseado efecto de generar situaciones de discriminación positiva y, por tanto, de discriminación por lo general indirecta de aquellas personas no contempladas en su ámbito subjetivo de aplicación, especialmente significativa respecto de las mujeres no transexuales”. También apuntan a “aspectos oscuros y ciertas disfunciones” y recomienda que la norma consiga “garantizar que la modificación de la mención registral del sexo no permitirá eludir las obligaciones y responsabilidades frente a las víctimas de violencia de género con el fin de evitar que se produzcan situaciones fraudulentas”. 

Con un retraso de más de tres meses el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) llevará el dictamen a votación en un pleno extraordinario convocado para después de Semana Santa. El Anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, aprobado por el Consejo de Ministros en junio del año pasado, despliega un abanico de medidas en todos los ámbitos y contempla la autodeterminación de género para mayores de 16 años, es decir, les permite modificar su sexo legal sin necesidad de someterse a tratamientos médicos ni presentar informes psicológicos, como se les exige actualmente.

A pesar de las críticas, los ponentes no cuestionan este precepto en términos generales y, de hecho, lo suscriben, aunque piden mayores controles para los menores de 16. “La rectificación de la mención del sexo en el Registro Civil sin condición alguna debería quedar limitada a los mayores de 16 años, hecho que se justifica por la mayor facilidad para apreciar en ellos el grado de madurez suficiente y un grado de estabilidad en la situación de transexualidad con menor riesgo de remisión”, reclaman.

Deporte y violencia de género

Sin embargo, la propuesta de los ponentes del CGPJ encargados de revisar el texto, es muy crítica con algunos de sus preceptos. El informe pone como ejemplo las medidas referidas al deporte, un punto en el que “considera indispensable introducir las cautelas necesarias” para que las competiciones deportivas no supongan “la discriminación de mujeres deportistas no transexuales”. Algo que justifica apuntando a “la diferencia de las condiciones físicas existentes y de la superioridad física de la mujer transexual frente a la que no lo es”.

A los ponentes les preocupan las consecuencias derivadas de que las personas trans “puedan ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición” tras cambiar su sexo legal “como regla general”. Efectos “que paradójicamente pueden conducir a situaciones de discriminación de las mujeres y, por tanto, contrarias a la igualdad”, asegura el borrador nombrando el deporte o las pruebas físicas obligatorias para acceder a algunas profesiones.

Por ello, reclaman una redacción “mas precisa y clara” del artículo 40 del anteproyecto, el que asegura que “la rectificación registral permitirá a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición”. Y citan específicamente el ámbito de la violencia de género.

El texto aprobado por el Gobierno contempla que el cambio de sexo no alterará los derechos y obligaciones jurídicas contraídas por la persona antes de que hiciera la modificación, en concreto las derivadas de la Ley Integral contra la Violencia de Género, pero el informe considera que esta previsión “debe regularse mejor” porque “debe entenderse en el sentido de que la modificación de la mención del sexo del hombre no altere el régimen de protección que dispensa la ley a las víctimas de violencia de género ni permita eludirlo”.

Más requisitos para la franja de 14 a 16 años

La propuesta de informe dedica un apartado a la regulación del cambio de sexo legal que introduce la ley para los menores de edad. El texto permite el cambio de sexo legal a partir de los 12 años, no antes, en diferentes tramos: a partir de los 16 sin requisitos, entre los 14 y 16 con consentimiento de sus representantes legales, y entre los 12 y 14 mediante autorización judicial.

El dictamen celebra que el derecho no quede restringido solo a los adultos porque “entraña un importante beneficio para los titulares del derecho” y “dota” a varios principios y derechos, como el derecho a la intimidad o el desarrollo de la personalidad, “de una mayor virtualidad”, pero considera que no someter a los adolescentes en la franja de entre 14 y 16 años a más requisitos que el consentimiento de sus progenitores “no cumple con el principio de especial protección de los menores de edad y, en términos de proporcionalidad, con la especial primacía de su superior interés”. En concreto, de aquellos que “carezcan del suficiente grado de madurez o cuya situación de transexualidad no esté estabilizada”. 

Por ello, estiman conveniente que a los menores de 14, 15 y 16 años se les exija también para modificar su sexo legal una autorización judicial mediante jurisdicción voluntaria como ya se contempla para quienes tienen entre 12 y 14 años.

Terapias de conversión

Otro de los puntos que critica el dictamen es el referido a la prohibición de las terapias para intentar modificar la homosexualidad o la transexualidad, cuya promoción queda considerada en la ley como “infracción muy grave”. El veto a estas terapias, que se producen normalmente en forma de intervenciones psicológicas para cambiar la orientación sexual o identidad de género de una persona, es visto por los ponentes como “especialmente favorable”, pero creen que no debería ser así en aquellos casos en los que se cuenta con el consentimiento de las personas. Algo que consideran “cuestionable por cuanto constituye una injustificada restricción de la capacidad de obrar de las personas”, rezan.

Condiciones para la reversión del cambio

Los jueces también piden al Gobierno que modifique el artículo que prevé en un plazo máximo de seis meses la reversión del cambio de sexo legal, es decir, permite a las personas que lo hagan, volver a su mención registral anterior si no ha pasado aún medio año. Esto, dicen los ponentes, “debería contemplarse con carácter absolutamente excepcional, predeterminando los casos y condiciones en los que ha de tener lugar, siempre bajo la decisión judicial y nunca de forma incondicionada ni ilimitada”.

Irene Montero: “Urge que sea una realidad”

Tras conocerse los principales puntos del informe, la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha asegurado que las personas trans y LGTBI “no merecen un nuevo cuestionamiento de sus derechos y menos desde las instituciones” y ha lamentado el retraso del CGPJ en emitir el informe, que, cuando se apruebe, será “estudiado” por el ministerio “y todos los aportes constructivos serán tenidos en cuenta”. La titular de Igualdad ha recordado otras normas contra las que el organismo cargó, como la ley de matrimonio igualitario, la de violencia de género o la ley del solo sí es sí. “Urge que la ley sea una realidad cuanto antes y que sea lo más ambiciosa posible”, ha dicho en Twitter.

El anteproyecto que ahora estudia el CGPJ fue aprobado en junio del año pasado por el Consejo de Ministros, una norma que introduce modificaciones en el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la de lo Contencioso, la de la sociedad de la información y la jurisdicción voluntaria, entre otras. La principal medida es la despatologización de la transexualidad, es decir, el reconocimiento del derecho a la autodeterminación de género por la que las personas trans puedan cambiar su sexo legal a través de una doble comparecencia en el Registro Civil con una separación de tres meses y sin más requisitos que la manifestación de su libre voluntad.

El anteproyecto, impulsado por el Ministerio de Igualdad y que desató tensiones en el seno del Gobierno, también incluye medidas como permitir que las mujeres lesbianas, bisexuales y sin pareja tengan acceso a técnicas de reproducción asistida, regula la filiación de los hijos de las parejas formadas por dos mujeres no casadas y promueve medidas para favorecer el acceso de las personas trans al mercado laboral, una mejora de la atención sanitaria que recibe el colectivo y la inclusión del respeto a la diversidad sexual en los currículums educativos.

Retrasos en los informes

Tal y como ha informado elDiario.es en las últimas semanas, el informe que el Consejo debatirá el 20 de abril ha sufrido retrasos desde que el ejecutivo remitiese el anteproyecto el 15 de diciembre. La norma de Igualdad fue enviada para que el informe fuese realizado por el trámite de urgencia, lo que daba 15 días al órgano de gobierno de los jueces para emitir y votar su dictamen, un plazo que se ha incumplido por más de cuatro meses. Lo mismo sucede en el caso del Consejo Fiscal.

En estos meses el departamento que dirige Irene Montero se ha dirigido en varias ocasiones, entre enero y marzo, para exigir celeridad al órgano de gobierno de los jueces. Igualdad, a través del Ministerio de Justicia, remitió varios apremios y poco después Carlos Lesmes, presidente del CGPJ, anunció que adelantaba el estudio del informe a un pleno extraordinario del 20 de abril, ocho días antes del pleno mensual ordinario.