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Los magistrados progresistas rechazan la “interferencia sin precedentes” del Constitucional en el poder legislativo

Primer pleno del Tribunal Constitucional tras su última renovación, con Pedro González-Trevijano como presidente

Pedro Águeda

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Cuatro magistrados progresistas del Constitucional expresan en dos votos particulares su frontal oposición a la decisión de aceptar las cautelarísimas solicitadas por el Partido Popular contra la reforma del delito de malversación en el Código Penal, decisión adoptada por la actual mayoría conservadora del tribunal. Los magistrados Cándido Conde-Pumpido, Ramón Sáez e Inmaculada Montalbán tachan la decisión de la mayoría de sus compañeros, conservadores, de “insólita” y aseguran que constituye “una interferencia sin precedentes en la función legislativa”. María Luisa Balaguer añade que “en sus más de cuarenta años de existencia nunca el Tribunal ha aprobado una decisión igual, que supone alterar la voluntad manifestada por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados”.

“Esta pretensión de tutela cautelar [la solicitud de las cautelarísimas] desplaza de manera radical el objeto del control de este tribunal en sede de un recurso de amparo, desde el acto parlamentario –la admisión de enmiendas– a la validez de la norma en elaboración que soporta el texto de la proposición, con injerencia en la potestad legislativa de las Cortes Generales que la Constituciión proclama inviolables”, escriben Conde-Pumpido, Sáez y Montalbán.

Añaden los citados magistrados que la medida cautelar solicitada “carece de previsión legal para que pueda acordarse en un proceso de amparo” en el Tribunal Constitucional. Critican igualmente que la adopción de las cautelarísimas “anticipa el resultado del recurso de amparo y no es provisional sino irreversible, ya que provoca la desaparición definitiva de las enmiendas del texto que concluirá en ley orgánica, privando de finalidad al proceso”.

“De esta manera se desbordan los límites de la justicia constitucional que opera en nuestro modelo mediante un control sucesivo de validez de la ley, posterior a su aprobación, y se convierte el tribunal en árbitro de los procesos legislativos, desnaturalizando los fundamentos de la democracia parlamentaria”, añaden los mismos magistrados.

Conde-Pumpido, Sáez y Montalbán lamentan asimismo que la deliberación y resolución de este asunto ha generado una división en dos bloques en el Constitucional que “traslada a la opinión pública una imagen de mimetismo o seguidismo del enfrentamiento parlamentario y del conflicto político partidista”.

Los dos votos particulares coinciden igualmente en que ni el presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano, ni el otro magistrado con el mandato caducado, Antonio Narváez, deberían haber participado en la votación porque debería haberse admitido la recusación de ambos.

La magistrada María Luisa Balaguer añade, en su voto particular, que la intervención del Tribunal Constitucional “impide que el Parlamento acabe de conformar su voluntad, asumiendo así una competencia de la que carece”. “Y lo que es más grave, impidiendo que el órgano legislativo desempeñe la suya propia, constitucionalmente atribuida”, añade la magistrada.

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