La Fiscalía pide archivar la investigación contra dirigentes del PP en Sevilla por tráfico de influencias en la concesión de un tanatorio
La Fiscalía ha solicitado archivar la causa que investiga al presidente del PP de Sevilla, Ricardo Sánchez, y a otros altos cargos del partido por una supuesta trama urbanística en la concesión del tanatorio privado de Mairena del Alcor. Tras pedir en marzo ampliar la instrucción y citar a más testigos relevantes para la causa, el fiscal concluye que “procede ya el sobreseimiento de los hechos denunciados”, al descartar la comisión de delitos que había detectado la Guardia Civil.
Así lo recoge un escrito del Ministerio Público remitido al Juzgado de Instrucción número 1 de Carmona el pasado 2 de septiembre, tal y como ha avanzado ABC y ha podido comprobar este periódico. La postura del fiscal llega antes de que expire la prórroga de seis meses concedida en abril por el juez instructor, quien declaró entonces la causa “compleja” y ordenó continuar las pesquisas para valorar los indicios de delitos recabados durante meses por la Guardia Civil.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Carmona investiga desde mayo de 2024 las supuestas “irregularidades” que rodean la concesión por parte del Ayuntamiento de Mairena del Alcor –con el PP al frente de la alcaldía– de un tanatorio privado a la empresa familiar de un miembro de la ejecutiva regional del partido que dirige el presidente andaluz, Juan Manuel Moreno. La administración local autorizó en cinco meses el proyecto privado a la promotora familiar de uno de los cargos investigados (Rodríguez Roa), mientras que el proyecto de un tanatorio público llevaba ocho años paralizado.
Basándose en las conclusiones del atestado de la Guardia Civil, el pasado 5 de febrero el juez decidió imputar a un total de seis personas. Entre ellas, el líder del PP de Sevilla y delegado de la Junta en la provincia, Ricardo Sánchez, el actual alcalde de Mairena del Alcor, Juan Manuel López, y un miembro de la ejecutiva regional del presidente Moreno, Francisco Rodríguez Roa, por su posible implicación en delitos de tráfico de influencias, administración desleal y prevaricación.
La causa judicial parte de que la administración local “no actuó con arreglo a la normativa vigente” y sí “en favor de la mercantil” que promovió la construcción del centro privado. Todos los investigados declararon en marzo ante el juez y, al finalizar las citaciones, el fiscal consideró necesario ampliar las diligencias de instrucción “para el correcto esclarecimiento de los hechos”. Tras cuatro meses de pesquisas, concluye ahora que procede el sobreseimiento.
“Administración leal, no genial”
En primer lugar, el fiscal exculpa a Ricardo Sánchez, actual presidente del PP provincial y exalcalde de Mairena del Alcor, del delito de administración desleal que se le atribuía inicialmente por una supuesta “gestión desleal del patrimonio público”. El juez percibió que como alcalde tomó decisiones “por mero interés político” causando “un evidente perjuicio para los intereses públicos”, en alusión al dinero que se invirtió en el proyecto del tanatorio municipal que acabó estancado.
Como recuerda el Ministerio Público en su escrito firmado el 2 de septiembre, en la causa se reprocha a Sánchez una resolución de 2015, por la cual se adjudicaba la redacción del anteproyecto del futuro tanatorio municipal de Mairena del Alcor, con la posibilidad de que fuese “dictada a sabiendas de que no podía levantarse sin la previa modificación puntual” de las normas subsidiarias urbanísticas que habilitaran la construcción del centro tanatorio en el suelo del cementerio municipal, donde se pretendía llevar a cabo el proyecto.
No obstante, el Ministerio Público señala que la adjudicación de ese anteproyecto de un tanatorio municipal se basó en informes que avalaban la compatibilidad urbanística de los terrenos y que fue un informe posterior el que puso en duda la viabilidad del proyecto. “Lo contrario de administración desleal es administración leal, no administración genial”, subraya el fiscal, señalando que Sánchez contaba con respaldo técnico para tomar la decisión y que su renuncia a la alcaldía en 2019 “lo desvincula de los actos posteriores”, objetos de la causa.
Lazos familiares, pero sin trato de favor
Sobre Rodríguez Roa, coordinador del área de empresas en la Vicesecretaría de Economía, Hacienda y Empleo de la Ejecutiva del PP de Andalucía y consejero de RTVA por designación de su partido, la investigación apuntaba a un supuesto aprovechamiento de su posición política y familiar para favorecer a la empresa privada que promovió el tanatorio (Previpaz S.L).
Sin embargo, a ojos de la Fiscalía “decae dicha imputación desde el mismo punto en que el investigado no tiene cargo alguno en la empresa [en el momento de la concesión] y, como él mismo manifestó en su declaración ante el juez instructor, no intervino en ningún modo ni en la concesión del contrato ni en las negociaciones previas y posteriores al mismo”.
El escrito del Ministerio Público estima que, si bien Rodríguez Roa mantenía lazos familiares con los directivos de Previpaz y ocupaba un cargo en la Ejecutiva del PP andaluz, ningún testigo “le ha atribuido participación en la concesión y construcción del tanatorio”, ni consta “que tuviese cargo directivo alguno en la mencionada empresa en el momento en que se desarrollaron los hechos”.
Ni prevaricación ni tráfico de influencias
Por otro lado, la Policía Judicial detectó “incumplimientos reiterados de normas establecidas” en la tramitación del expediente de Previpaz S.L, que tuvo lugar bajo la alcaldía del actual regidor, Juan Manuel López. Según el atestado de la Guardia Civil, la promotora incumplió “manifiesta y reiteradamente” los trámites de audiencia legalmente exigidos, es decir, los plazos para subsanar las deficiencias que los técnicos municipales habían detectado en el proyecto presentado en la solicitud de la licencia de obra mayor, necesaria para construir el tanatorio en un polígono del municipio.
Aun así, la administración local resolvió “favorablemente” la petición, cuando debería haber notificado la “caducidad del expediente y no conceder licencia de obra”, según consta en el atestado. Con todo, el Ministerio Público descarta ahora que esas resoluciones “entren en la categoría de prevaricación” y entiende que pueden encuadrarse en prácticas habituales de una administración “de tamaño pequeño y con poco personal”.
Según el escrito del fiscal, “no podemos hablar entonces de prevaricación, porque no es una resolución que no pueda ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente aceptable o que suponga la sustitución del criterio técnico-jurídico por la pura voluntad del político”. Y atribuye el modo de proceder del Ayuntamiento de Mairena del Alcor al “campo de irregularidades derivadas del funcionamiento de una administración lastrada por los escasos recursos humanos y económicos, que obliga a este tipo de soluciones”.
Respecto a los indicios de prevaricación urbanística por la ausencia de licencias de obra mayor para algunas instalaciones del tanatorio (la cafetería y el horno crematorio), la Fiscalía apunta a que sí existieron dichas licencias, pese a que la Guardia Civil no las incluyó en su atestado. Además, subraya que las obras se iniciaron siempre tras la obtención de las licencias, y que la colocación de la primera piedra del edificio fue una actividad “meramente política y publicitaria”, sin que pueda considerarse un verdadero inicio de los trabajos.
Por último, en cuanto al delito de tráfico de influencias que se atribuía por “la concesión y obtención de resoluciones contrarias a las leyes y normas” y por mostrar un “trato más favorable que el recibido por la otra empresa que había intentado levantar un tanatorio en la localidad”, el fiscal también lo descarta, al no existir pruebas documentales ni testimonios que acrediten presiones sobre los técnicos municipales.
Por todo lo anterior, el Ministerio Público zanja que “una vez que se han agotado las diligencias necesarias para el correcto esclarecimiento de los hechos”, procede ya “el dictado de auto de sobreseimiento respecto de los hechos denunciados”. La decisión final corresponde ahora al Juzgado de Instrucción número 1 de Carmona, que deberá resolver si, como solicita el fiscal, archiva la causa o la mantiene abierta.
0