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El Tribunal Supremo condena a dos años de cárcel al capitán del Prestige por delito medioambiental

Imagen de archivo del hundimiento del Prestige. Efe.

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El Tribunal Supremo ha condenado al capitán del petrolero Prestige a dos años de cárcel por un delito medioambiental. La primera sentencia contra Apostolos Mangouras se había limitado a la desobediencia.

El Supremo ha enmendado así, la decisión de la Audiencia de A Coruña de 2013 y ha considerado que la actuación el capitán del buque, cuyo vertido de crudo provocó una marea negra de 2.000 kilómetros en España y Francia en 2002, sí debe ser calificada como un atentado contra el medio ambiente.

La primera sentencia conllevaba una condena de cárcel de nueve meses aunque el capitán no debió entrar en prisión. El nuevo fallo llega cuando Mangouras ya supera los 81 años de edad. El Tribunal Supremo analiza ahora que el hundimiento del barco fue responsable de un desastre ecológico y que la sentencia corregida fue “ilógica, errónea y arbitraria” porque la documentación evidencia que el capitán sabía que el estado calamitoso del Prestige.

Esta calificación ha llegado 14 años después de que el barco se fuera a pique emanando petróleo sobre las costas de Galicia, Asturias, Cantabria y oeste de Francia. El nuevo fallo entiende que la manera de actuar de Mangouras, que tardó tres horas en aceptar el remolque de su nave una vez constatado que el casco estaba dejando escapar toneladas de crudo, está en el corazón de la catástrofe medioambiental y de ahí el delito ecológico. La sentencia también impone multas a las aseguradoras y la propiedad del barco. También ha confirmado las absoluciones de los marineros que acompañaban al capitán y del exdirector de la Marina Mercante, José Luis López-Sors.

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