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Unidos Podemos quiere eliminar de su ley LGTBI las multas por las ofensas homófobas en redes sociales

"Todes somos personas, todes tenemos derechos", pancarta en la manifestación del Orgullo Crítico en Madrid este 2017.

Marta Borraz

Ajustar las sanciones a la proporcionalidad y el respeto a los derechos y libertades fundamentales. Es el objetivo con el que Unidos Podemos- En Comú Podem- En Marea ha propuesto eliminar de su ley LGTBI, que el Congreso admitió a trámite el pasado mes de septiembre, algunos de los artículos que desataron la polémica cuando el grupo confederal registró la norma. Son aquellos que sancionaban por vía administrativa las ofensas al colectivo LGTBI “por cualquier medio”, incluidas las redes sociales, y el que posibilitaba destruir textos ofensivos sin orden judicial.

Así lo especifican las enmiendas que han registrado este martes, y que tendrá que debatir y votar el pleno, a esta ley, que pretende establecer un marco integral contra la discriminación con medidas en todos los ámbitos. El proyecto de Unidos Podemos, redactado por la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), recorre ahora su trámite parlamentario después de que el Congreso rechazara hace una semana la ley de mínimos del PP, que propuso una enmienda a la totalidad.

El régimen sancionador de la ley, que proponía multas administrativas por diferentes motivos, fue objeto de críticas por parte de abogados especializados y organizaciones en favor de la libertad de expresión como la PDLI. La norma abrió el debate sobre cómo conjugar este derecho fundamental y la protección del colectivo LGTBI frente a la discriminación. La formación ha decidido finalmente eliminar varios artículos para “ajustar el catálogo de infracciones a los principios de tipicidad, proporcionalidad y respeto a los derechos y libertades fundamentales”, según la justificación de las enmiendas.

Los preceptos que propone eliminar sancionaban “proferir, por cualquier medio o procedimiento, expresiones, imágenes o contenidos gráficos de cualquier tipo que sean ofensivas o vejatorias por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género o características sexuales contra las personas LGTBI y sus familias”. Eran varios los artículos que se referían a ello, mencionando en algunos de manera específica –en los referidos a la reincidencia– a los medios de comunicación, Internet y las redes sociales.

Además, otro de los artículos, también incluido en el régimen sancionador, contemplaba que ante cualquier infracción “se procederá al decomiso, destrucción, borrado o inutilización de libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto de las sanciones administrativas”. En el caso de haber sido cometidas a través de las tecnologías de la comunicación, “se acordará la retirada de los contenidos”, rezaba la propuesta.

Libertad de expresión y no discriminación

Todas estas referencias han sido eliminadas de las autoenmiendas registradas por Unidos Podemos, que “surgen del diálogo con el colectivo LGTBI y con otros grupos, como No Somos Delito, defensores de la libertad de expresión”, explica la diputada de En Comú Podem y portavoz de la ley Mar García Puig. “Las reacciones que recogimos y las reuniones que mantuvimos apuntaban en la dirección de que nos parecía justo modificar el régimen sancionador para que no ensombreciera el espíritu de la ley, que pone énfasis en lo estructural y en el ámbito educativo”.

Los colectivos que se opusieron al articulado por considerar que “amenazaban la libertad de expresión” y que la vía administrativa no es la adecuada para ponderar este derecho fundamental y el de no discriminación. La norma se llegó a denominar “la Ley Mordaza de Podemos” y, de hecho, esta referencia fue utilizada por el Partido Popular en el debate de la semana pasada para oponerse al proyecto de ley del grupo confederal. En el otro lado, los argumentos defendían que la libertad de expresión “no puede amparar la discriminación”.

Tras la polémica, Unidos Podemos se mostró favorable a retirar el articulo referido a la destrucción de textos y, finalmente, también ha propuesto eliminar el resto: “Creemos que hay ciertos matices porque no es lo mismo que se ofenda a un grupo vulnerable y discriminado que un grupo que no. Pero la libertad de expresión es un tema lo suficientemente delicado y nos preocupa mucho. Por eso hemos acabado considerando que al retirar estos artículos no estamos quitándole derechos al colectivo LGTBI y para la ley es mucho mejor retirarlos”, apunta García Puig.

Reducción de la cuantía de multas

Las enmiendas también proponen incluir el marco legislativo que justifica el Derecho Administrativo sancionador, es decir, las sanciones por vía administrativa porque “el derecho penal debe quedar reservado a las vulneraciones más graves”. Además, “cuando se pretende regular un régimen sancionador administrativo, ha de tenerse en cuenta que solamente ha de contemplar conductas que no sean constitutivas de delito y con un sistema menos gravoso que el penal”.

Así, Unidos Podemos sigue manteniendo tres tipos de infracciones divididas en leves, graves y muy graves. Para cada una contempla una horquilla de multa económica, que también propone reducir respecto al texto inicial. Así, las infracciones leves pasarían de multa “hasta 3.000 euros” a multa de “hasta 300 euros”; las graves de “multa de 3.001 hasta 20.000 euros” a multa de “301 hasta 6.000 euros” y las muy graves pasarían de multa de “20.001 a 60.000 euros” a multa de “6.001 a 12.000 euros”.

Las enmiendas mantienen como cosas sancionables los “actos que comporten aislamiento o menosprecio por causa” de la orientación sexual o identidad de género, impedir el acceso a una prestación a la que se tenga derecho por estos motivos o realizar prácticas laborales discriminatorias. Además, proponen multas para “el trato patologizador” de las personas trans por los profesionales de la salud, la difusión o elaboración en los centros educativos de libros y materiales “que atenten contra las personas LGTBI” o llevar a cabo terapias de conversión.

El objetivo de estas modificaciones es atender “al principio de proporcionalidad, a las limitaciones de la potestad sancionadora de la administración y a la atención al paradigma restaurativo”.

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