El detalle de las compensaciones por los efectos de los incendios: ayudas para viviendas, daños personales o enseres
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un plan de ayudas económicas para los afectados por la gran cantidad de incendios que han asolado el país durante los últimos meses. El Gobierno cuantifica que desde el pasado 12 de junio se han sufrido 119 incendios forestales en España que afectan a la mayoría de las comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Valencia, Extremadura, Galicia, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja.
El Gobierno apunta que todavía es pronto para hacer una cuantificación de los daños provocados por todos estos incendios, si bien España aparece como el país más castigado durante este verano por las olas de la calor y las sequías. Hasta la semana pasada se habían cuantificado más de 286.000 hectáreas arrasadas por las llamas. Han sido tres personas las que han perdido la vida por estos incendios.
El Ejecutivo reconoce que estos incendios “han generado un grave daño medioambiental y graves desperfectos en infraestructuras y en bienes públicos y privados”. Por ello, justifica la creación de un paquete de ayudas para paliar el impacto de estas pérdidas. “Pese a no existir todavía un balance detallado de los daños provocados por estos siniestros y su cuantía, la magnitud de sus efectos y de las medidas necesarias para superar la grave perturbación de las condiciones de vida de la población provocada, para conseguir el pleno restablecimiento de los servicios públicos esenciales y para recuperar la normalidad en las zonas afectadas justifican la intervención en este momento de la Administración General del Estado”, apunta la nota.
Pese a que no se cuenta con la cuantificación definitiva, el Gobierno ha detallado este martes las ayudas que se han aprobado y cuya ejecución dependerá del Ministerio del Interior. Estas ayudas tratarán de paliar los costes por la destrucción de las viviendas, los fallecimientos, destrucción de enseres domésticos o los daños a establecimientos industriales y de servicios.
Según figura en la referencia del Consejo de Ministros, este es el detalle de las ayudas directas aprobadas:
- Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente, por valor de 18.000 euros.
- Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual hasta una cuantía máxima de 15.120 euros.
- Ayudas por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 10.320 euros.
- Ayudas por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 5.160 euros.
- Ayudas por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual, para su reposición o reparación, con un límite de 2.580 euros.
- Ayudas por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta el 50 por ciento de la valoración técnica efectuada por el Consorcio de Compensación de Seguros y con un límite de 9.224 euros.
- Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
- Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
- El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.
Las ayudas directas no son las únicas que se han aprobado por el Consejo de Ministros y contempla dotar a los distintos ministerios de la capacidad para emitir órdenes ministeriales que cubran otros daños. El documento publicado tras la reunión del Gobierno apunta que los distintos departamentos podrán declarar determinadas zonas de actuación especial, así como la emergencia de las obras necesarias para reparar los daños causados por estos siniestros en infraestructuras estatales.
Se contempla además que se puedan conceder ayudas por daños en las producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina. Queda en manos del Ministerio de Hacienda concretar la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.
Los gabinetes de Trabajo y Seguridad Social podrán desarrollar medidas laborales como bonificaciones y exenciones en las cuotas de la Seguridad Social. Por otro lado, se dará ayudas a las corporaciones legales para la reparación de infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales. Cubrirá hasta un 50%.
Una vez que se elabore un informe detallado sobre los daños causados por estos incendios forestales y se disponga de una valoración técnica de su cuantía, el Gobierno, en colaboración con las administraciones autonómicas y locales, podrá completar este real decreto con la adopción de otras medidas complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales a las que corresponde la competencia en materia de protección civil.
0