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Otra oportunidad para acabar con la ley de Rajoy que permite el abuso de la costa
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Segunda oportunidad para acabar con la legislación de Rajoy que permite la ocupación abusiva de la costa

Raúl Rejón

12 de febrero de 2026 22:03 h

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“¿Qué es eso de prorrogar sin más durante 75 años una ocupación de la costa?”. Con esta pregunta ilustra la coordinadora de costas de Greenpeace, María José Caballero, lo difícil que es deshacer la fórmula de gestión del litoral creada en 2013 por el Gobierno de Mariano Rajoy y su ministro de Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete. Un modelo que, a la larga, se ha demostrado contrario a la ley europea. El Ministerio de Transición Ecológica intenta por segunda vez acabar con esa manera de permitir la instalación de negocios durante un siglo sobre una costa, en teoría, de dominio público.

La cuestión es que en Bruselas debieron hacerse una pregunta similar porque la Comisión Europea (CE) abrió un expediente sancionador a España en febrero de 2023 ya que la normativa nacional aún permite otorgar esos permisos de forma opaca y partidista y, además, “prorrogar las concesiones existentes hasta 75 años sin justificación”, según detallaba la CE.

Desde que se retocó la norma de costas en 2013 para poder alagar casi automáticamente durante décadas los permisos de factorías, chiringuitos o pasarelas, más de 300 infraestructuras obtuvieron esa amnistía, según los cálculos de Transición Ecológica.

En un primer momento, este Ministerio aprobó un reglamento en 2022 para acotar esas ocupaciones privadas tras la gracia que el PP concedió a muchas construcciones en su reforma legal de 2013 que “fue una reforma terrorífica”, sentencia Caballero.

Aquel nuevo reglamento incluía otra batería de medidas que, en teoría, iban encaminadas a que la costa cumpliera con su función de defensa ante los embates del mar. Una defensa que ha incrementado su importancia debido al recrudecimiento y multiplicación de los temporales marinos que trae el cambio climático. Entre sus últimos ejemplos más visibles: la destrucción de la playa de Matalascañas en Huelva debida a la borrasca Francis.

Cuando, según explica el Ministerio, se encontraba en el proceso de informar a Bruselas de lo que estaba haciendo para adecuar las leyes españolas –lo propio del procedimiento de infracción de la UE– llegó en diciembre de 2024 una sentencia del Tribunal Supremo que, a petición de la organización Afectados por el Deslinde de Costa Formentera, anuló el nuevo reglamento. Se volvió a la casilla de salida: la norma y el procedimiento diseñados por Arias Cañete.

Con ese procedimiento “no ha sido raro que se diera una autorización a un Ayuntamiento para la explotación de un chiringuito en la playa, pero que no se hiciera seguimiento de si ese Ayuntamiento realizaba una exposición pública con un pliego de condiciones para que se postularan distintas empresas y que se adjudicara con a un procedimiento transparente y legal”, ejemplifica Manuela Cuevas de Ecologistas en Acción.

Lo que nos dice Bruselas es que no se puede ocupar el litoral de esa manera y durante tanto tiempo. La Constitución establece que la costa es pública y ahora, además, debe protegernos así que solo puedes estar en la costa si no hay otro sitio donde puedas estar, aunque seas una papelera o una petroquímica

“Lo que nos dice Bruselas es que no se puede ocupar el litoral de esa manera y durante tanto tiempo –abunda la portavoz de Greenpeace– la Constitución establece que la costa es pública y ahora, además, debe protegernos así que solo puedes estar en la costa si no hay otro sitio donde puedas estar, aunque seas una papelera o una petroquímica”.

Ese fue también el procedimiento con el que el ejecutivo de Mariano Rajoy aprobó en 2016 (estando ya en funciones) la prórroga de ocupación de la papelera Ence en la ría de Pontevedra hasta 2073. A pesar de que la Audiencia Nacional falló en contra de ese nuevo permiso, el Supremo terminó por avalarlo. Lo que demuestra el paso del tiempo es que, una vez ocupada la costa, se hace muy difícil liberarla (el hotel de El Algarrobico en Almería es quizá el ejemplo más crudo).

El Ministerio explica que, tras las reuniones con la Comisión Europea, se ha optado por modificar el reglamento para “corregir” lo que tiene que ver con la duración, tramitación, otorgamiento, gestión, prórroga y extinción de los títulos de ocupación. “Se hace imprescindible para evitar que el procedimiento de infracción escale a una condena”, argumentan en Transición Ecológica.

Dunas sí, carreteras no

Al ser anulado el reglamento por el Supremo (la razón jurídica fue de tipo procedimental: no se había sometido bien a información pública), no solo decayeron normas sobre cómo invadir legalmente la costa, sino que también se perdieron disposiciones que incorporaban más superficie y elementos dentro de ese dominio público marítimo-terrestre que se protege. Por ejemplo, el decreto incluía como elemento de las playas casi cualquier duna y estableció que la línea que marcara el máximo nivel que alcancen las olas sirviera para decir: esto es playa (y por tanto dominio público) que debe preservarse y obligar a controlar qué puede o no levantarse sobre ella.

También se prohibió la construcción de carreteras paralelas y la circulación o aparcamiento en la zona de dominio público, no solo en la propia playa. En general, la normativa exigía que se tuviera en cuenta el nuevo contexto de crisis climática ante cualquier concesión de ocupación sobre el litoral.

“El Ministerio puede aprovechar el asunto de la infracción para lidiar con la intensificación de la presión sobre nuestras costas y la competencia entre los distintos usos de ese espacio”, reflexiona Marta García Pallarés, portavoz de una coalición estatal de organizaciones ambientales entre las que están –además de Ecologistas en Acción–, los Grupos Ornitológicos de Balears, la Fundación Juan Tábara o SOS Costa Brava y Mar Menor.

La plataforma pone el acento en un aspecto, a veces, poco observado: las aguas costeras. Y por eso consideran importante “ampliar la limitación de velocidad más allá de las zonas de baño” de embarcaciones tipo moto acuática, “prohibir la navegación paralela a la costa dentro de las zonas de baño no balizada y regular el fondeo de embarcaciones en estas zonas para evitar la masificación flotante”.

Esa utilización tan intensiva del litoral “afecta directamente tanto a la seguridad de las personas como a la conservación de especies y ecosistemas marinos clave”, remata García Pallarés. La amenaza de una sentencia europea le da una segunda oportunidad a la costa. Está por ver si esta vez va la vencida.