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VÍDEO | Consumo prohibirá la publicidad para menores de chocolate, azúcar, galletas, zumos, bebidas energéticas o helados

28 octubre 2021 - 11:42 h
El ministro de Consumo, Alberto Garzón, presenta los resultados del estudio sobre publicidad y sexismo elaborado por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) en el Ministerio de Consumo, a 8 de octubre de 2021, en Madrid, (España).

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha anunciado este jueves que su cartera regulará, a través de un real decreto, la emisión de publicidad de alimentos y bebidas no saludables cuando se dirija al público infantil y adolescente. Según Garzón, el sistema de autorregulación que lleva vigente desde 2005 se ha mostrado “insuficiente”, tal y como muestran los datos de sobrepeso y obesidad que afectan a los niños y niñas españoles y de los que la publicidad es una de las causas. 

La normativa afectará a cinco categorías de productos que no podrán hacer publicidad a menores independientemente del contenido de nutrientes. La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería. Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los zumos, las bebidas energéticas y los helados. Para el resto de categorías de productos, se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos cada producto.

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