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La jueza Núñez vuelva a pedir al TSJA que investigue al diputado Carmelo Gómez por Mercasevilla

Carmelo Gómez.

Europa Press

  • La juez eleva por segunda vez la exposición razonada después de que el TSJA se la devolviera en enero por su “déficit argumental”

La juez María Núñez Bolaños ha elevado por segunda vez al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la exposición razonada para que investigue al parlamentario andaluz del PSOE Carmelo Gómez por el supuesto pago por parte de Mercasevilla de las nóminas por un valor total de 8.390,55 euros que percibió cuando trabajó para sociedades vinculadas al 'conseguidor' de los ERE Juan Lanzas mediante contratos que podrían ser simulados.

El pasado día 9 de enero, cabe recordarlo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA acordó devolver la exposición razonada a la juez dado su “déficit argumental” y a fin de que concretara la participación del aforado en los hechos que se relatan, motivo por el que rechazó, “por el momento”, la apertura de un procedimiento penal contra Carmelo Gómez.

Tras ello, la instructora citó a declarar a dos trabajadores de la empresa Maginae Solutions, uno de los cuales, en concreto una administrativa, aseguró que no vio trabajos materiales o informes realizados por el diputado.

En la exposición razonada, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez pide al TSJA que investigue tanto a Carmelo Gómez como a otras seis personas no aforadas ya imputadas en la causa, en concreto a Lanzas; a su cuñado, Ismael Sierra; al exdirector general de Mercasevilla Fernando Mellet; al exconcejal José Antonio García (PSOE); a María del Carmen Rodríguez, nuera del exdelegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, y al asesor fiscal de Lanzas, José Rodríguez López.

La juez, en esta exposición razonada difundida por el TSJA, considera que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de prevaricación “derivado de la firma de contratos”, de un delito de malversación de caudales públicos, “derivado de los distintos actos de disposición realizados sin control ni causa legítima”, y de un delito de falsificación de documento mercantil, “derivados de la confección, presentación y pago de las facturas”.

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