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La Abogacía arremete contra Bankia y Competencia por la investigación a nueve colegios profesionales

Una sucursal de Bankia.

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El expediente sancionador abierto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a nueve Colegios de Abogados por los supuestos sobrecostes aplicados por estos profesionales en las costas de las demandas presentadas contra Bankia por su salida a bolsa ha propiciado una virulenta reacción del Consejo General de la Abogacía Española.

El pasado viernes, el pleno de la Abogacía española aprobó una declaración institucional que refleja su “indignación” por ese expediente. “La CNMC podría estar protegiendo los intereses de Bankia al pretender controlar la adecuación a derecho de las resoluciones judiciales”, dice la nota, que subraya que “ni los Colegios de Abogados, ni el Consejo General de la Abogacía fijan estos honorarios, ya que es el profesional, lógicamente, quien pacta libremente con su cliente el precio de los servicios contratados en función de la complejidad del caso”. 

Según el Consejo, los colegios de abogados a los que investiga la CNMC (los de Valencia, Barcelona, Ávila, La Rioja, Vizcaya, Santa Cruz de Tenerife, Albacete, A Coruña y Sevilla) “realizaron -a requerimiento de los tribunales- informes no vinculantes y ajustados a derecho sobre las costas procesales en el caso Bankia”. “El importe de las costas tiene que ser aprobado por el tribunal en el que se tramitó el procedimiento”, añade.

Informes no vinculantes

El órgano que representa a los 83 colegios de abogados de España recuerda que “para establecer el importe de las costas, cuando el condenado discrepa del mismo, es preceptivo que los tribunales soliciten un informe a los Colegios de Abogados, ya que son estas entidades las que tienen legalmente atribuida esta función. Los informes no son vinculantes en ningún caso y es el órgano judicial que los ha solicitado el que aprueba definitivamente el importe con total libertad de criterio”.

“Es de sobra conocido que Bankia ha sido condenada por dar información falsa sobre su salida a bolsa y debe indemnizar a los afectados por la compra de acciones. Pero además, como ha perdido el proceso, debe hacerse cargo también de las costas derivadas de los procedimientos, reintegrando así al consumidor los gastos generados por su defensa. También es público que Bankia, a pesar de tener ya centenares de sentencias contrarias a sus intereses, no ofreció a los afectados soluciones extrajudiciales”, añade.

El Consejo General de la Abogacía Española se pregunta “por qué Bankia se empeña en asegurar que los Colegios de Abogados han ”inflado las facturas“ en los pleitos contra la entidad”: “¿Acaso está pidiendo un tratamiento especial que palíe el impacto de los múltiples pleitos en los que ha visto desestimadas todas sus pretensiones y ha sido condenada a abonar las costas procesales?”

“Lo más grave y preocupante”, a juicio de la Abogacía española, es que la CNMC “haga suya la denuncia de la entidad bancaria y pretenda controlar la adecuación a derecho de las resoluciones judiciales que han establecido con libertad de criterio el importe de los honorarios profesionales que debe abonar Bankia como resultado de la condena en costas. Y todavía lo es más que lo haga actuando contra los Colegios de Abogados, que se han limitado a cumplir una obligación legal”.

“A la vista de la actuación de la CNMC, se podría pensar que, más que proteger a los consumidores, este organismo protege los intereses de entidades financieras que no se han caracterizado precisamente por respetar los derechos ni los bienes de los ciudadanos”.

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