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Euskadi cierra el año con el máximo histórico de perceptores de RGI

Eduardo Azumendi

Vitoria-Gasteiz —

Un total de 62.817 familias recibían la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) durante el mes de diciembre, lo que significa el máximo histórico desde que esta prestación se puso en marcha a finales de la década de los años ochenta del pasado siglo. Se trata de la principal ayuda con la que cuenta Euskadi para combatir la pobreza y evitar que las personas con menos recursos caigan en la exclusión social.

Según los datos recogidos en un informe del Servicio Vasco de Empleo-Lanbide (organismo que gestiona esta ayuda), de los 62.817 perceptores registrados un total de 37.040 son mujeres y 25.739 hombres. La radiografía de los perceptores que ofrece el informe refleja en cuanto a las edades que la franja con más peso es la que va de los 30 a los 44 años, con más de 24.000 perceptores. Cerca de un 30% del total son pensionistas que o bien completan sus ingresos con una parte de RGI o directamente la perciben íntegra al carecer de otros recursos.

Del total de perceptores, 37.883 son españoples y el resto procede del extranjero. En los últimos meses, está creciendo el número de beneficiarios nacionales dado el recrudecimiento de la crisis. El paro provoca que estos ciudadanos recurran a la RGI cuando se han terminado otro tipo de ayudas o recursos familiares.

En la actualidad, un perceptor que vive solo puede cobrar 650 euros al mes, que suben a 923 en el caso de tratarse de un matrimonio con dos hijos. Entre los requisitos para acceder a la RGI (además de carecer de recursos económicos) figura el de estar empadronado y tener residencia efectiva en el País Vasco durante los tres años anteriores ininterrumpidamente. Si no se cumple ese requisito, se acepta el empadronamiento al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de solicitud si se pueden acreditar cinco años de vida laboral remunerada. Se hace una excepción con las personas que cobran una pensión pública o hayan sido víctimas de maltrato doméstico, que solo deben cumplir el año de empadronamiento.

Si no se cumple ninguno de los requisitos anteriores, deberán haber estado empadronados durante cinco años continuados de los diez inmediatamente anteriores.

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