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Anulan la sanción al agente que pidió la libertad de su primo narcotraficante

Anulan la sanción al agente que pidió la libertad de su primo narcotraficante

EFE

Madrid —

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El Supremo ha anulado la suspensión de un año que se impuso a un guardia civil por explicar al juez que un ciudadano al que se le habían incautado 319 kilos de hachís era un buen padre de familia según “sus fuentes” y debía ser puesto en libertad, sin explicar que, en realidad, se trataba de su primo.

El guardia, un sargento de Murcia, intercedió por su familiar, en prisión provisional después de que se le incautaran el hachís, con un escrito dirigido al juez de instrucción encargado del caso. En él señalaba que se trataba de un vecino “destacado por su cuidado como padre de familia” junto a su mujer “Paqui y sus dos hijos”.

El sargento atribuía su conocimiento del asunto a “sus fuentes”, sin dejar traslucir en ningún momento que su motivación obedecía a que, en realidad, se trataba de su primo carnal, Diego.

“Es una persona con una cantidad de amigos amplia por su carácter amigable y gentil y no ha sido nunca ligado a ningún grupo de riesgo delincuencial”, decía también, antes de añadir que “por las ocasiones en que el trabajo le ha hecho coincidir con este vecino”, sabía que “desde su infancia se ha dedicado a trabajar sin trasladar ningún problema”.

“Mis referencias encuadran a este vecino como una persona colaboradora con los demás y de buena conducta, que en cierto modo se corrobora por la sorpresa de su familia y vecinos del pueblo cuando han tenido noticia de su detención”, añadía.

El guardia cerraba la misiva pidiendo la libertad provisional al juzgado de Vélez Rubio (Murcia) “desde mi experiencia profesional y siempre en aras de ayudar a dar la mayor cobertura a los derechos de los ciudadanos”.

Pero el juzgado no atendió su recomendación y, por el contrario, escribió al jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Murcia pidiéndole explicaciones.

Pronto recibió una respuesta anunciando la apertura de un expediente disciplinario para el sargento, quien, según explico al juez el teniente coronel de la zona, era primo hermano del reo.

El sargento fue sancionado por el Ministerio de Defensa con un año de suspensión de empleo y sueldo por una falta muy grave de “abuso de atribuciones que cause grave daño a los ciudadanos o a la Administración”. El afectado recurrió ante el Tribunal Militar Central y éste confirmó la sanción.

Entonces el sancionado acudió ante el Supremo, y ahora el alto tribunal anula la sanción y obliga al Tribunal Militar Central a volver a estudiar el caso porque uno de los miembros que lo integraban cuando confirmó la suspensión, no era imparcial.

El Supremo señala que en el Tribunal Militar Central que decidió sobre el caso figuraba un general que había anteriormente formado parte del Consejo Superior de la Guardia Civil. Y este consejo abrió expediente y recomendó al ministerio la sanción que debía imponerse.

De este modo, quien formó parte del Consejo no es juez imparcial para integrar luego el tribunal que estudia el recurso y esa parte del proceso debe repetirse, señala el Supremo.

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