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Eslovaquia debe indemnizar a un español cuyo hijo secuestró su madre eslovaca

Eslovaquia debe indemnizar a un español cuyo hijo secuestró su madre eslovaca

EFE

Estrasburgo (Francia) —

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló hoy a favor del español Juan José López Guió en su demanda contra Eslovaquia por no haber sido informado del procedimiento judicial sobre la permanencia de su hijo en ese país, al que había sido llevado ilegalmente por la madre.

Eslovaquia fue condenada por vulnerar el artículo 8 del convenio europeo de Derechos Humanos, relativo al derecho a la vida privada y familiar, y deberá indemnizar a López Guió con 27.000 euros (19.500 por daños morales y 7.500 en concepto de costas).

El hijo del demandante y de su compañera eslovaca, con la que convivía en España, nació en mayo de 2009. En julio de 2010, tras finalizar la relación, la mujer volvió a Eslovaquia, se llevó al pequeño con ella y, desde entonces, no han vuelto a España.

Tras la denuncia presentada en Eslovaquia por López Guió, de acuerdo con el convenio de La Haya sobre secuestro internacional de menores, los tribunales ordenaron el retorno del niño a España por traslado ilegal.

La madre del niño presentó sin éxito un recurso ante el Tribunal Supremo, pero el Tribunal Constitucional eslovaco intervino en diciembre de 2011 para anular la sentencia anterior y ordenar que el niño no volviera a España, pensando en su interés superior.

En un proceso del que López Guió no fue informado, el Constitucional argumentó también que el niño, ya de 3 años, estaba muy ligado a su madre e integrado en su círculo familiar en Eslovaquia.

Según la sentencia de Estrasburgo, que no se pronuncia sobre la vuelta del menor a España, la principal injerencia del caso es la cometida por la madre al retener ilegalmente al hijo en Eslovaquia.

Los tribunales de ese país, según el dictamen de la Corte europea, deberían haber mantenido la orden de retorno a su residencia habitual, en España, donde la Justicia “hubiera podido decidir sobre la situación del menor”.

El texto, que puede ser recurrido por el Gobierno eslovaco en un plazo de tres meses, asegura que “Eslovaquia no garantizó a López Guió el derecho al respeto de su vida familiar”, y que el Tribunal Constitucional eslovaco “generó una situación que no favoreció el interés superior del menor”.

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