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La Fiscalía rechaza la personación de Ignacio González “para defenderse” en el caso del ático investigado

El presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González

José Carlos Villanueva

Varapalo para los intereses del presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, al ver frustrado, por el momento, su deseo de personarse para ejercer su “derecho a la defensa” en la causa penal sobre la adquisición de su famoso y lujoso ático que instruye la titular del Juzgado Número 5 de Estepona, Mariana Peregrina.

Según ha podido saber eldiario.es de fuentes jurídicas el fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Málaga, Juan Carlos López Caballero, encargado personalmente del caso, se ha opuesto a la personación pretendida por el presidente madrileño en un escrito enviado a la juez Peregrina recientemente. Tras dicho trámite procesal la magistrada deberá pronunciarse en respuesta al presidente del Ejecutivo madrileño. Todo indica que rechazará su deseo, tras el contundente informe de la Fiscalía.

Considera la acusación pública que la única forma que tendría González para defenderse, tal y como pretende, sería en calidad de imputado, pero no puede ser tenido como tal en la causa, “pues en el momento presente no consta que tenga relación alguna con la entidad Coast Investors LLC, cuya inversión en España es el objeto de la investigación”, en alusión a la operación de compra-venta del inmueble.

El Ministerio Público argumenta que la investigación seguida en dicha causa “lo que pretende acreditar, ante la existencia de una estructura societaria ciertamente opaca, es quién o quiénes sean las personas físicas que sean los dueños de la referida entidad, y por ende, de los inmuebles que la misma adquirió en la localidad de Estepona (Málaga), extremo que es el presupuesto lógico, y necesario, de una posterior imputación”.

Así pués, según se hace constar en el escrito del fiscal, “la personación pretendida por el Sr. González, dado su tenor literal-para ejercer su derecho a la defensa- es en calidad de imputado, puesto que en nuestro sistema procesal y a diferencia de lo que ocurre en otros países (el arguido del Derecho portugués) dicha condición es el punto de partida para defenderse en el proceso penal”.

El fiscal va más allá en el documento al recalcar que “no cabe, pues, una personación preventiva de una futura e hipotética imputación”. De hecho, sostiene que tal situación estaría “vetada” para González en las diligencias previas que sigue la juez de Estepona, “dada la condición de persona aforada” que ostenta el gobernante autonómico.

En el escrito dirigido a la juez también se le recuerda al sucesor de Esperanza Aguirre el artículo 25 de la Ley Orgánica 3/1.983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, “careciendo el Juzgado que conoce del presente procedimiento de competencia para dictar un auto incriminatorio contra dicho señor”, en alusión a Ignacio González.

Por lo que respecta a la “apreciación” de González sobre la “falsedad de los hechos denunciados” por el Sindicato Unificado de Policía (SUP), el fiscal le recuerda que “nada impide el ejercicio de las acciones que estime pertinentes en defensa de su honor”, en referencia a la jurisdicción civil y penal que tiene a su alcance.

La admisión a trámite de la denuncia formulada en su día por el SUP, “no supone, como parece entender el solicitante” (González) , que la juez instructora “tenga por ciertos los hechos expuestos en la misma, pues si se ha iniciado la investigación judicial es para verificar la realidad de los mismos y su certeza”, según se recoge también en la respuesta de López Caballero.

No menos relevante resulta el criterio para seguir el rastro de quiénes están detrás de la estructura societaria que engloba Coast Investors, la sociedad radicada en Delaware (EE.UU.) que adquirió el inmueble de Estepona, primero alquilado y luego vendido a González y su esposa. Sostiene el fiscal que cuando se produjo la inversión de Coast Investors, en 2008, todavía no se contemplaba en el Código Penal la responsabilidad penal de las personas jurídicas (sociedades). Dicho supuesto se introdujo con motivo de una reforma en junio de 2010. “Es por ello que la investigación deba centrarse en esas personas físicas que sean las titulares reales de la inversión referida”.

La juez instructora quiere saber quién se esconde tras la empresa Coast Investors LLC . Dicha mercantil vendió el ático, el 18 de diciembre de 2012, a Ignacio González, su mujer, María Lourdes Cavero Mestre, por 770.000 euros.

Coast Investors aseguró que la citada mercantil radicada en Estados Unidos, que tiene como administrador al testaferro profesional Rudy Valner, adquirió el inmueble el 12 de mayo de 2008 por el precio de 750.000 euros, abonados mediante dos transferencias.

La magistrada está aún a la espera del resultado de una comisión rogatoria al banco Lloyds TSB Bank PLC de Londres, para que informe de las cuentas corrientes que la empresa tiene en esa entidad, identifique a sus titulares o autorizados, y concrete los movimientos contables de origen o destino a España, con indicación de las cuentas o destinatarios. Paralelamente, ha solicitado al Banco Popular, donde también posee cuenta Coast Investors, que le remita todas las operaciones realizadas por la empresa y Rudy Valner. Este último ha figurado como secretario en la entidad Egeda US, filial norteamericana de Egeda España, encargada de la gestión de derechos cinematográficos, y en la que aparece el productor y presidente del Atlético de Madrid, Enrique Cerezo.

La investigación judicial se inició en octubre de 2012, tras una denuncia del SUP, cuando el 31 de mayo de 2012 el sindicato policial puso en conocimiento de la Fiscalía de Málaga que el ático, valorado en un millón de euros según los denunciantes, no estaba escriturado y “podría tratarse de una adquisición en dinero 'negro' procedente de actividades delictivas'.

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