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El Govern insta al fiscal general a leer las leyes: “Un referéndum no es delito”
En la rueda de prensa posterior al Consell Executiu, ha argumentado que que la Ley Orgánica 2/2005 aprobada por las Cortes descartó que la convocatoria de un referéndum pudiera perseguirse con el Código Penal.
Además, ha asegurado que al Govern y al Parlament le asisten la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE con su artículo 49: 'Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el Derecho nacional o el Derecho internacional'.
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