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Unicaja niega “pago alguno” a Manos Limpias con quien no mantuvo “ningún tipo de relación de servicios”

EUROPA PRESS

SEVILLA —

La entidad financiera Unicaja ha asegurado que no ha realizado “pago alguno” al Sindicato Manos Limpias para que retirase su acusación contra el presidente de la entidad, Braulio Medel, y ha recordado que la defensa del presidente del banco pidió al de Instrucción número seis de Sevilla que “no se diera trámite” al escrito en el que Manos Limpias pedía levantar las actuaciones en lo referente a Medel.

El banco ha respondido así a las informaciones en que se le atribuye un supuesto pago de 470.000 euros a Manos Limpias, organización que se encuentra actualmente bajo investigación por haber llevado a cabo, presuntamente, chantajes contra distintas organizaciones y empresas.

A través de un comunicado, Unicaja Banco sostiene que “nunca” ha mantenido “ningún tipo de relación de servicios” con Manos Limpias, negando así “pago alguno” a esta organización cuyo secretario general, Miguel Bernard, ha sido detenido en una operación policial desplegada contra este sindicato y la Asociación de Usuarios de Banca (Ausbanc), a cuenta de una presunta trama dedicada a extorsionar a entidades bancarias. En total han sido arrestadas once personas relacionadas con Manos Limpias y Ausbanc, entre ellos los máximos líderes de cada una de estas organizaciones.

Unicaja, así, niega “ningún tipo de relación de servicios” con Manos Limpias y expone que “al igual que con otros muchos medios y empresas de comunicación”, la entidad bancaria “viene contratando, desde hace más de dos décadas servicios publicitarios con medios del grupo Ausbanc, sin que ello tenga nada de singular, pues así lo vienen haciendo también, salvo alguna excepción, la práctica totalidad de las principales entidades financieras españolas”.

“Derivar de lo anterior otro tipo de relaciones, causas o conclusiones como las que sugieren las referidas informaciones resulta no solo gratuito, sino además incongruente”, defiende la entidad, según la cual “de la posición que hayan podido tener en el pasado o tengan en el futuro” Manos Limpias o Ausbanc en la investigación que promueve el Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla sobre la presunta administración fraudulenta de la partida 31L de los presupuestos andaluces, el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares, “no se deriva ninguna consecuencia procesal como la que se sugiere respecto a Medel, por su antigua condición de vocal” en el antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA).

LA “ÚNICA CIRCUNSTANCIA”

Dicha vocalía, según defiende el banco, fue “la única circunstancia” que motivó su inclusión en las actuaciones judiciales y su comparecencia como investigado en la pieza separada que tramita el Juzgado de Instrucción número seis, relativa al procedimiento específico por el que la Junta concedió las ayudas investigadas en el caso de los expedientes de regulación de empleo fraudulentos.

En ese sentido, recuerda Unicaja que Medel “no se encuentra acusado” en el caso de los ERE. “Ha prestado meramente declaración y su situación procesal no es la de acusado, por lo que difícilmente se puede retirar una acusación que no existe”, defiende la entidad considerando que “las informaciones vertidas parten de premisas claramente erróneas o, como mínimo, faltas de rigor”.

Al respecto, abunda Unicaja que “la citación de Braulio Medel no se produjo a petición de Manos Limpias, ni de ninguna otra acusación, tampoco a instancias de la Fiscalía, sino que la acordó de oficio la anterior titular” del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, la juez Mercedes Alaya. Es más, rememora el banco que en aquella comparecencia, Medel manifestó que “sólo contestaría a las preguntas que le efectuaran el magistrado instructor, la Fiscalía, los abogados de la Junta de Andalucía y su propio abogado”. “Ni se le formuló pregunta alguna por el abogado de Manos Limpias, ni hubiera contestado a las preguntas que hubiese querido hacer” por esa parte, señala.

Respecto a la decisión de Manos Limpias de pedir el levantamiento de las actuaciones judiciales sobre Medel, Unicaja expone en su comunicado que “tras la presentación de un escrito, ciertamente insólito, de la representación de Manos Limpias interesando que se dejara sin efecto la imputación de Medel, imputación que nunca se ha formalizado judicialmente, fue la propia defensa de Medel, en escrito presentado al Juzgado, la que pidió que no se diera trámite a tal petición de Manos Limpias”.

“LA OPORTUNA PETICIÓN DE ARCHIVO”

Según Unicaja, en este último escrito se alegaba que “la defensa de Braulio Medel la ejercía él mismo a través de su propia representación procesal y que, en su momento procesal oportuno, una vez finalicen las declaraciones señaladas en la causa, cursaría la oportuna petición de archivo, lo que se comunicó al Juzgado, a la Fiscalía y a las demás partes de la causa, entre otras cosas, para evitar cualquier tipo de mala interpretación que las maniobras procesales de Manos Limpias pudieran propiciar”.

El contenido de dicho escrito, según Unicaja, se reiteró días después al Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, que “de conformidad con lo interesado por la defensa de Medel, acordó que la cuestión se resolverá en su momento procesal oportuno”.

“Desde que se acordó en 2014 la declaración de Braulio Medel en esta causa, no ha habido ninguna petición ni de la Fiscalía, ni del Servicio Jurídico de la Junta de Andalucía, ni tan siquiera de ninguna de las acciones populares, por las que se haya interesado su imputación judicial o la adopción de medida cautelar alguna” respecto al presidente de Unicaja.

LA DECISIÓN DE MEDEL

El banco, en ese sentido, defiende que la citada investigación judicial “no afecta en absoluto a la idoneidad de Braulio Medel para presidir Unicaja Banco y no existe ni la más remota relación entre dicha investigación y la decisión, ya comunicada de Braulio Medel de optar por la pertenencia al Patronato de la Fundación Bancaria Unicaja antes del 30 de junio de 2016, decisión consecuente, exclusivamente, con la legislación vigente, que no permite simultanear cargos en ambas instituciones más allá de la fecha indicada”.

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