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La reforma del Código Penal sobre maltrato animal y sus “vacíos legales”

La reforma del Código Penal sobre maltrato animal y sus "vacíos legales"
Madrid —

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Madrid, 25 ene (EFE).- La reforma del Código Penal sobre maltrato animal, actualmente en tramitación, seguirá su cauce parlamentario con el debate previsto próximamente en el pleno del Congreso de un texto polémico, que según expertos jurídicos, exige mejoras “muy necesarias” para impedir que sea un retroceso en la tipificación de delitos.

Según la organización INTERcids, formada por jueces, magistrados, fiscales, procuradores, agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad y otros muchos profesionales pertenecientes al sistema de operadores jurídicos expertos en protección animal, “si no se enmienda, este proyecto de ley sería la peor reforma del Código Penal en relación con el maltrato animal desde que se tipificó como delito en 2003”.

En un comunicado, la entidad vuelve a apelar hoy a los grupos parlamentarios para que, ante el próximo trámite de debate y votación en el pleno del Congreso, corrijan “errores manifiestos” para evitar “vacíos legales” e “impunidad” en el régimen jurídico de los animales.

De ese modo, junto con la Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA), exigen, entre otras cosas, suprimir la multa como pena alternativa a la prisión.

Y es que, según alegan, la posibilidad de condenar con multa a quien comete un delito de maltrato animal de gravedad es una novedad –no existe en el Código Penal vigente, ni en los anteriores- que ha suscitado amplio rechazo entre diversos ámbitos de operadores jurídicos. El propio Consejo Fiscal alertó de que eso puede mermar el efecto disuasorio de las penas por delitos contra los animales.

Así, de mantenerse la multa como pena alternativa a la prisión, hechos graves que en la actualidad están siendo enjuiciados en España por delitos de maltrato animal podrían ver reducida la pena solicitada por las acusaciones a una mera multa.

Dicha pena económica resultará “irrisoria” atendiendo a la gravedad de muchos de tales hechos, como los que implican a actividades lucrativas de cría ilegal de cachorros, con un gran número de animales maltratados, y “para cuyos responsables una simple multa no tendrá ni efecto punitivo, ni disuasorio a futuro”, alertan desde INTERcids.

El texto del dictamen plantea suprimir la explotación sexual de animales como delito independiente, de modo que solamente si se causan lesiones a un animal podrán ser denunciables estas conductas, advierte INTERcids.

“No solo no se ha corregido el término 'explotación sexual', que era la mejora necesaria, sino que se han eliminado del delito esos actos”, que no siempre causan lesiones o son difícilmente acreditables. “Por ello, si sale adelante el texto tal cual está redactado resultarán impunes, a pesar de la peligrosidad social de estas conductas acreditada en estudios e investigaciones”.

La privación del derecho de porte de armas “debe estar prevista independientemente” de si el delito se ha cometido con arma de fuego o no, asegura INTERcids, que exige, por otra parte, “corregir errores técnicos en los rangos de penas”.

También avisa de que la agravante de penas prevista en el texto “limita su aplicación a los casos de violencia en la pareja”, pero el maltrato animal “puede ser instrumentalizado” contra los humanos en otros contextos de violencia interpersonal, que deberían suponer “un plus de reproche penal”.

Considera igualmente que el decomiso de animales “no está regulado correctamente” en el proyecto, por lo que no se impedirá que un animal pueda regresar con su maltratador una vez este haya cumplido la pena de inhabilitación para la tenencia de animales.

Otra de sus peticiones es que se garantice que las conductas consistentes en hurto, sustracción, robo y apropiación indebida de toda clase de animales sigan siendo consideradas delictivas, así como amenazar a una persona con agredir a su animal, acosarla atentando contra su animal, etc.

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