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Sobre este blog

La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, constituida en 1990, es una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuyo fundamento lo constituye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Aunque el ámbito de afiliación de la APDHA y su área directa de actuación sea el territorio andaluz, su actividad puede alcanzar ámbito universal porque los Derechos Humanos son patrimonio de toda la Humanidad.

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El aislamiento: la cárcel dentro de la cárcel

prision Badajoz carcel centro penitenciario

Marta García Aparici, área de Cárceles

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El sistema penitenciario español clasifica a las personas presas en grados, el primer grado se corresponde con el régimen cerrado o aislamiento, el segundo grado es el régimen ordinario y el tercero, con el régimen abierto.

Según la Ley Orgánica General Penitenciaria, el régimen cerrado será de aplicación a presos peligrosos o inadaptados a los regímenes ordinario y abierto. Pero, ¿quién decide si un preso es peligroso o está inadaptado? No es el juez penal que ha conocido la causa, ni el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, ni la Fiscalía, es el centro penitenciario, que tomará la decisión teniendo en cuenta factores como la naturaleza de los delitos cometidos, la pertenencia a organizaciones delictivas, comisión de infracciones disciplinarias graves o muy graves, etc.

Lo cierto es que este régimen cerrado o aislamiento contraviene las bases propias de un sistema orientado a la reinserción y reeducación,  desde el punto de vista personal y social, principalmente, porque el primer grado suele cronificarse, entrando el centro penitenciario en un bucle estigmatizador del que no suelen salir.

¿Dónde viven exactamente los presos en aislamiento? El módulo de aislamiento suele estar formado por galerías, cada galería está formada por varias celdas y un patio, que habitualmente está cubierto en su totalidad por una verja metálica. Las galerías son como una caja de resonancia, donde cualquier ruido se escucha y donde el sonido de las puertas de las celdas, eléctricas y metálicas, puede resultar inaguantable. Las celdas miden unos cuatro metros de largo por dos de ancho, cuentan con una cama anclada al suelo, mesa de cemento, baldas, aseo y ducha.

Pero, ¿Cómo vive una persona clasificada en primer grado en una cárcel española? Permanece recluido en una celda de 20 a 22  horas diarias, y saldrá al patio de 2 a 4 horas.

Las celdas en aislamiento son individuales por lo que la mayor parte del día transcurre en absoluta soledad. No pueden ir al comedor a realizar las tres comidas diarias, la comida la reciben por una trampilla, por lo que ni siquiera ven a  los ordenanzas que les reparten las raciones de comida.

A pesar de que en todas las galerías hay un arco detector y de que los funcionarios deben contar con raquetas detectoras, a día de hoy cuando el preso sale al patio diariamente, se le suele cachear de forma manual, con la tensión que ocasiona este trato y la vulneración de la intimidad personal que supone.

Las comunicaciones con el exterior están muy restringidas, pueden comunicar por locutorio (con cristales) una vez a la semana durante cuarenta minutos, y tienen derecho a un vis a vis familiar una vez al mes,  cuya duración oscilará entre una hora y media y tres horas. Las quejas sobre la higiene de las salas de comunicación son constantes por parte de los internos y sus familiares, no suele funcionar el aire acondicionado en verano y en invierno, no es difícil que esté estropeada la calefacción, por lo que es un lugar insalubre para menores y personas mayores.

Según el Reglamento Penitenciario, los internos en régimen de aislamiento tienen que tener diseñado un programa de intervención específico que garantice atención personalizada, por equipos técnicos especializados y estables. Es decir, tendrían que tener actividades programadas, cursos y talleres ocupacionales, pero ésta no es la realidad. La realidad es que no tienen absolutamente nada que hacer en todo el día, no existe un programa personalizado como exige la ley, no tienen acceso a la sala de informática, ni al gimnasio, ni actividades educativas o culturales. No tienen nada que hacer, excepto pensar.

Las consecuencias para la salud del régimen de aislamiento a corto, medio y largo plazo son nefastas, principalmente para la salud mental del que finalmente cumplirá su condena y tiene que salir y reintegrarse en una sociedad totalmente ajena para él, y para el que en ningún caso se le ha preparado.

Pero también a nivel físico, la cárcel amplifica las enfermedades y adelanta la muerte. Hay un mayor número de muertes dentro de prisión en comparación con la población general y una relación directa entre el tiempo de duración de la condena y la probabilidad de enfermar y morir una vez cumplida esta. Por otro lado, el número de suicidios ha aumentado. En 2017 murieron 188 personas en las cárceles del Estado español. De ellas, 35 fueron suicidios.

Según la última estadística de Instituciones Penitenciarias del pasado mes de octubre, en las cárceles españolas se encuentran 988 personas presas en aislamiento, 929 hombres y 59 mujeres.

Imagínese pasar 22 horas seguidas en una celda. En Andalucía, tenemos personas presas que llevan entre dos y ocho años en régimen de aislamiento.

Desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía entendemos que el régimen de aislamiento es además de inconstitucional, una forma de cumplimiento de las penas inhumano y degradante, donde los malos tratos y la tortura son prácticas denunciadas habitualmente por las personas presas.

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La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, constituida en 1990, es una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuyo fundamento lo constituye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Aunque el ámbito de afiliación de la APDHA y su área directa de actuación sea el territorio andaluz, su actividad puede alcanzar ámbito universal porque los Derechos Humanos son patrimonio de toda la Humanidad.

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