Ocho años de cárcel a un responsable de un banco de alimentos de Almería por abusar de una mujer en exclusión social

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de ocho años y medio de cárcel a un antiguo responsable de un banco de alimentos de Almería por abusar sexualmente de una mujer en situación de necesidad a la que extorsionaba con comida. Los jueces entienden que el acusado actuaba aprovechando su “situación de superioridad” y la “marcada asimetría social y personal” que había entre ambos para exigir relaciones sexuales a cambio de entregarle comida y ayuda.

El condenado Víctor H.M era entonces el encargado de repartir alimentos a personas en situación desfavorecida de parte de la Iglesia Evangélica La Puerta en la localidad almeriense de Níjar. Sin permiso de los máximos responsables de la entidad, trasladó el almacén a su propia chochera, en 2014 contactó con una mujer que se encontraba en una “manifiesta situación de exclusión y necesidad”, según la Justicia. Primero le dio alimentos al margen de los cauces oficiales pero después empezaron los abusos.

La víctima, ante su insistencia, terminó accediendo. Lo hizo, según el Supremo, porque si situación era “desesperada” y no tenía “alimentos básicos para sus hijos a su cargo”. Cuando posteriormente la víctima se negó a seguir manteniendo relaciones sexuales con él, la respuesta del abusador fue “suspender la entrega de alimentos que le correspondían por asignación del Banco de Alimentos”. 

El Tribunal Supremo acaba de confirmar las condenas que le impuso primero la Audiencia de Almería y después el Tribunal Superior de Andalucía: ocho años y medio de prisión por un delito de abusos y otros 300 euros de multa por otro leve de estafa.

Los jueces tienen en cuenta varios argumentos para avalar en firme la versión de la víctima: estaba en una situación de “extremada necesidad y en consecuencia también de intensa vulnerabilidad”, el acusado tenía una proyección “altamente limitativa en la libertad” de la mujer y, por tanto, eso convierte en viciado el consentimiento que prestó. Finalemente, entiende el Supremo que existió “un plan” del abusador.